Concepción significativa de la acción

AutorAntonio Sólon Rudá
Cargo del AutorJurista brasileño de Riachão, Maranhão
Páginas213-236
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FUNDAMENTOS DE LA TEOR ÍA SIGNIFICATIVA DE LA IMPUTACIÓN UN NUE VO CONCEPTO PARA EL DOLO Y LA IMPRUDENCIA BA JO LA FILOSOFÍA DEL LENGUA JE
1. CONSIDERACIONES PRELIMINARES
El concepto de acción se ha mostrado al largo de los años como uno
de los problemas más serios y de difícil solución en el ámbito del Derecho
Penal. Lo que han buscado los doctrinadores penalistas no es más que un
concepto de acción que, en las palabras de Ramos Vázquez, tenga «validez
general, sea de tipo filosófico, sea de tipo práctic297. Aún, según éste au-
tor, no se ha logrado éxito en virtud del erróneo punto de partida que han
adoptado dichos autores298. En esta investigación no vamos llevar a cabo
una discusión conceptual sobre la acción, situación que ha sido objeto de
muchos embates dogmáticos a lo largo de décadas y siglos, involucrando
los más notables penalistas, como Radbruch, Armin Kaufmann, Mezger y
Welzel, solo para citar algunos. Nuestro objetivo aquí no es otro sino expo-
ner de forma abreviada el concepto de acción propugnado por Vives Antón,
al cual denominó «acción significativa». Veamos.
297 Véase en Ramos Vázquez. Concepción…, p. 269.
298 Véase en Ramos Vázquez. Concepción…, p. 269.
§ 1º
Concepción significativa de la acción
§ 1º
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ANTONIO SÓLON RU DÁ
2. PRESUPUESTOS METODOLÓGICOS
Y FILOSÓFICOS
La teoría de la acción significativa no puede resumirse tan solamente
a un autor, y tampoco a una sola base filosófica, siendo necesario que se
tenga en cuenta todos los aspectos conceptuales. Así, son dos los medios
por los cuales la doctrina ha llegado a un concepto significativo de acción.
El primer presupuesto fue traído por Vives Antón que llegó a un re-
sultado tras partir de la «filosofía del lenguaje» del filósofo austríaco Witt-
genstein y de las comprensiones que ha hecho Habermas sobre este filósofo,
denominándola de «teoría significativa de la acción»; en cuanto al segundo
presupuesto, fue desarrollado por el americano George P. Fletcher , apo-
yado en Hans Welzel considerado el principal mentor y desarrollador del
finalismo. Por tanto, los resultados pensados por Fletcher, a pesar de haber
partido de presupuestos distintos no logró caracterizarse como diferente
del obtenido por Vives Antón, pero lo denominó «de teoría intersubjetiva
de la acción»299. Sin embargo, en nuestra investigación solo manejaremos
las concepciones del español Vives Antón, pues la consideramos como su-
ficientes como punto de partida metodológico para nuestro concepto de
imputación significativa.
Antes de Vives Antón, y antes del funcionalismo teleológico-norma-
tivo, el concepto de acción se acomodaba en la doctrina como un concepto
óntico, aunque otros aspectos hayan sido presentados como alternativa al
ontologismo presente por décadas y la acción era tenida como algo fun-
damentado en el ser (ontologismo). La acción, antes de su nuevo ropaje
metodológico significativo (Wittgenstein + Habermas) era centrada en la
intención del agente que «mágicamente» era buscada por medio del as-
299 La concepción de Fletcher ha sido presentada por medio de su conferencia titulada
«Aproximación intersubjetiva al concepto de acción» que ha sido proferida en la
Universidad Pablo Olavide, en Sevilla, España, en 1998, traducida al español por
Francisco Muñoz Conde.

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