La Comunidad Valenciana aprueba los planes de control de la carpa y el cangrejo rojo americano para los Parques Naturales del Hondo y la Albufera

AutorCarlos Javier Durá Alemañ
CargoInvestigador del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Páginas160-161
Recopilación mensual n. 95, Noviembre 2019
160
Publicado en Actualidad Jurídica Ambiental el 25 de noviembre de 2019
La Comunidad Valenciana aprueba los planes de control de la carpa y el cangrejo
rojo americano para los Parques Naturales del Hondo y la Albufera
Autor: Dr. Carlos Javier Durá Alemañ. Investigador del Centro Internacional de Estudios
de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: DOGV núm. 8661, de 22 de octubre de 2019
Temas Clave: Biodiversidad; Planes de control; Especies exóticas invasoras; Red Natura
2000; Espacios naturales protegidos
Resumen:
En virtud del Real decreto 630/2013, de 2 de agosto, por el que se regula el Catálogo
Español de Especies Exóticas Invasoras, tanto la carpa (Cyprinus carpio) como el cangrejo
rojo americano (Procambarus clarkii) son especies alóctonas incluidas en el Catálogo Español
de Especies Exóticas Invasoras, ya que su presencia supone una amenaza grave para los
ecosistemas acuáticos y sus especies autóctonas características.
El artículo 15.3 del citado real decreto establece que las comunidades autónomas
elaborarán estrategias de lucha contra las especies exóticas invasoras, de conformidad con
el artículo 64.7 de la Ley 42/2007, de 13 de diciembre, del patrimonio natural y de la
biodiversidad. En este sentido, el real decreto indica que «En la elaboración de las
estrategias se dará prioridad a aquellas especies que supongan un mayor riesgo para la
conservación de la fauna, flora o hábitats autóctonos amenazados... Asimismo, se dará
prioridad a la elaboración de estrategias que afecten a espacios naturales protegidos y
espacios de la Red Natura 2000». Asimismo, el artículo 10.5 del Real decreto 630/2013
establece que «se podrá contemplar la caza y la pesca como métodos de control, gestión y
erradicación de las especies incluidas en el catálogo cuya introducción se produjo con
anterioridad a la entrada en vigor de la Ley 42/2007, de 13 de diciembre, cuando este
objetivo quede recogido en los instrumentos normativos de caza y pesca y se circunscriba a
las áreas de distribución ocupadas por estas especies con anterioridad a esa fecha». El
contenido de los planes de control se basará en los puntos definidos en el artículo 16 del
Real decreto 630/2013, y será accesible a través la página web de la conselleria competente
en materia de medio ambiente.
De acuerdo con este marco legislativo y la normativa autonómica vigente conformada por
el Decreto 213/2009, de 20 de noviembre, del Consell, por el que se aprueban medidas
para el control de especies exóticas invasoras en la Comunitat Valenciana, modificado por
el Decreto 14/2013, de 18 de enero, del Consell, y la Orden 10/2014, de 26 de mayo, de la
Conselleria de Infraestructuras, Territorio y Medio Ambiente, por la que se modifican los
anexos del Decreto 213/2009, de 20 de noviembre, del Consell, por el que se aprueban
medidas para el control de especies exóticas invasoras en la Comunitat Valenciana, y se
regulan las condiciones de tenencia de especies animales exóticas invasoras; y teniendo en
cuenta los importantes impactos adversos producidos por la carpa en los ecosistemas de los
parques naturales de L’Albufera y de El Hondo, y por el cangrejo rojo americano en el

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