Comentario a la Sentencia de la Corte Suprema, de 29 de diciembre de 2017

AutorPilar Moraga Sariego
CargoProfesora Asociada, Facultad de Derecho de la Universidad de Chile, Centro de Derecho Ambiental
Páginas143-146
www.actualidadjuridicaambiental.com
143
Iberoamérica
Chile
Publicado en Actualidad Jurídica Ambiental el 16 de enero de 2018
Comentario a la Sentencia de la Corte Suprema, de 29 de diciembre de 2017
Autora: Pilar Moraga Sariego, Profesora Asociada, Facultad de Derecho de la Universidad
de Chile, Centro de Derecho Ambiental
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Fuente: Corte Suprema Rol N°100.805-2016, Sentencia de 29 de diciembre de 2017
Temas clave: Participación ciudadana, consulta indígena, incompetencia, ultra petita
Resumen:
El 29 de diciembre de 2017 la Corte Suprema dicta fallo en el que desestima los recursos de
casación en la forma y el fondo, presentados por el Servicio de Evaluación Ambiental
(SEA), la Empresa Mediterráneo S.A. y otros, en contra de la sentencia dictada por el
Tercer Tribunal Ambiental de Valdivia el 17 de noviembre de 2016 que acoge reclamación
de José Cayún Quiroz y anula la Resolución de Calificación Ambiental (N°128 de 6 de
marzo de 2014, dictada por la Comisión de Evaluación Ambiental de la Región de Los
Lagos) del proyecto “Central de pasada Mediterráneo”, de 210 MW de capacidad instalada,
y el acuerdo del Comité de Ministros (Resolución Exenta N°105 de 29 de enero de 2016,
dictada por el Director Ejecutivo del Servicio de Evaluación Ambiental, que ejecutó el
acuerdo N°16/2015 del Comité de Ministros, adoptado en la sesión ordinaria de fecha 2 de
noviembre de 2015).
Tales recursos se fundan en las omisiones de hecho y derecho que sustentan el fallo, así
como la infracción de las reglas de la sana crítica.
Entre las cuestiones debatidas resulta interesante destacar los argumentos de los
recurrentes, quienes consideran que el objeto de la reclamación presentada ante el Tercer
Tribunal Ambiental de Valdivia por parte de José Cayún Quiroz excede el ámbito de las
observaciones realizadas durante el proceso de evaluación de impacto ambiental, por una
parte, y se refiere a la legalidad de la RCA, por otra, lo cual configura la incompetencia del
Tercer Tribunal Ambiental de Valdivia y la causal de ultra petita en la dictación del fallo.
La controversia se centra en la evaluación del impacto sobre el medio humano, vinculada a
la negativa por parte de la autoridad ambiental de realizar la consulta indígena en el marco
de la evaluación de impacto ambiental del proyecto central de pasada Mediterráneo.
1 Se agradece a los Centros Fondap N°1511019 y 1511009.

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