Captación de imagen en lugar público

AutorLaura Caballero Trenado
Páginas45-46
CASO XIII
CAPTACIÓN DE IMAGEN EN LUGAR PÚBLICO
Supuesto de hecho
En marzo de 2007, doña Elba Pastrami, conocida modelo y actriz, se en-
cuentra realizando un reportaje fotográfico para una renombrada revista de
moda. La sesión se desarrolla en la playa pero la publicación elige un empla-
zamiento discreto y alejado, de tal manera que no sea accesible a paparazzis
ajenos a la cabecera. La actriz posa en varios trajes de baño pero realiza va-
rios cambios de indumentaria, circunstancia que es aprovechada por varios
paparazzis, que toman fotografías de la actriz estando ésta semidesnuda para
venderlas posteriormente a otras revistas, que no dudan en publicar las foto-
grafías. Doña Elba se enfada muchísimo y decide tomar acciones judiciales. El
asunto llegará finalmente al Tribunal Supremo, que determina intromisión ile-
gítima en los derechos a la intimidad y a la propia imagen de doña Elba.
Cuestiones
1. ¿En qué artículo de la LO 1/1982, de 5 de mayo, de Protección Civil del
Derecho al Honor, a la Intimidad Personal y Familiar, y a la Propia Imagen se
regulan las intromisiones ilegítimas?
2. Doña Elba es una conocida actriz y las imágenes se captan en un lugar
que, en principio, es abierto al público. Con carácter general, ¿influyen estas
circunstancias? ¿en qué medida?
3. La precitada Ley Orgánica protege el derecho a la imagen frente a todo
tipo de intromisión ilegítima. Lea detenidamente los preceptos 2.1, 7.5, 7.6 y
8.2. Según la fundamentación jurídica contenida en la STS 518/2012, de 24
de julio, ¿reúne la localización (la playa) las condiciones de lugar público?

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