¡Qué bien me habría venido una cláusula de ajuste de precio!: Sentencia de la AP de Barcelona de 29 de julio de 2011

AutorTeresa Mínguez
Páginas9-11

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La Sentencia de la AP de Barcelona de 29 de julio de 2011 (caso Habitat) se ocupa del proceso de adquisición por Promociones Habitat ("Habitat?) de la división inmobiliaria del grupo Ferrovial, Ferrovial Inmobiliaria, S.A. (?FeInmo"), adquisición que requirió aumentar el capital de Habitat y nuevas aportaciones que, en el caso, procedieron de nuevos inversores.

El 28 de diciembre de 2006, los entonces accionistas de Habitat y los nuevos inversores (denominados conjuntamente como los "Nuevos Accionistas") firmaron un contrato de toma de participación de Habitat, en virtud del cual, los Nuevos Accionistas se comprometían a suscribir una ampliación de capital social por importe de 1.745 millones de euros, de suerte que devendrían propietarios del 45,28% de Habitat (el "Contrato de Toma de Participación").

El porcentaje de participación en el capital de Habitat tras la suscripción de las nuevas acciones se calculó sobre la base de un valor compañía de 618 millones de euros (que correspondía a un valor compañía antes de la suscripción de 393 millones de euros, más los desembolsos de los Nuevos Accionistas por importe de 225 millones de euros).

La junta de accionistas de Habitat acordó la ampliación de capital el 27 de septiembre de 2007 a la que concurrieron los Nuevos Accionistas. Entre dicha Junta y el Contrato de Toma de Participación, el administrador de Habitat, sus socios y los Nuevos Accionistas mantuvieron diversas reuniones informativas, en las que según aduce el grupo de Nuevos Accionistas demandantes (los "Demandantes") se ocultó información financiera y económica de Habitat, de suerte que al parecer en el momento de la suscripción del aumento de capital, Habitat se hallaba en causa de disolución con unos fondos propios negativos.

En noviembre de 2007, se comunicó a los Nuevos Accionistas un balance de situación que confirmaba la pésima situación económica de Habitat, que poco más de un año después fue declarada en concurso de acreedores.

No he tenido ocasión de examinar el Contrato de Toma de Participación pero de la descripción que del mismo se hace en la sentencia parece ser el típico contrato que los abogados de M&A estamos acostumbrados a ver. Una suerte de "acuerdo marco" que contiene un extenso descriptivo de la operación de adquisición de FeInmo y que establece las obligaciones de las partes hasta completar el proceso de adquisición.

Pues bien, al parecer dicho Contrato no incluía dos previsiones, en mi...

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