Bibliografía

AutorBoletín Oficial del Estado
Páginas537 - 548

Page 537

Revista de Libros
Quintero Olivares, Gonzalo: «La imagen de la Justicia en "El Quijote", en Cervantes y en su tiempo» Quaderns Fòrum, IX. Il.lustre Col.legi d´Advocatsde Tarragona, desembre, 2005, 38 pp

I

Recientemente se ha impreso una lección magistral del catedrático de Derecho penal de la Universidad Rovira i Virgili, Gonzalo Quintero Olivares, coincidiendo con el último centenario de la aparición de la inmortal novela de Miguel de Cervantes. Se trata, como el mismo autor indica, de un breve y sustancioso texto que responde a la clausura del curso académico de ese año y subsiguiente apertura del de la Escuela de Práctica Jurídica del Colegio de Abogados de Tarragona (p. 3), patrocinador de la publicación. Sin ser obra específicamente dedicada al Derecho punitivo ni al procesal penal, se aproxima extraordinariamente a algunos de sus aspectos, que son los que voy a resaltar; de ahí, que me haya parecido merecedora, por su calidad, de esta noticia.

El prof. Gonzalo Quintero aborda el Derecho penal con una visión cercana y accesible. Es autor de monografías y comentarios científicos de gran valía -¡claro es!- y de sólida formación clásica; mas igualmente es capaz de producir escritos, siempre técnicos, pero con una impronta de cómoda divulgación, así como sorprendernos con originales narraciones al margen de su especialidad. Su literatura fácil, servida con una pluma brillante, se muestra claramente en esta edición oportuna que retoma la senda trazada por autores como Rafael Salillas (1905) o Luís Arroyo (1993). Ahora, un siglo mas tarde de la investigación del gran criminalista y penitenciarista español, la Dirección General de Instituciones Penitenciarias ha reeditado (Madrid, 2006) el fascículo de la Revista Penitenciaria (mayo, 1905) que contiene el excepcional trabajo referido a la criminalidad del momento histórico, con ocasión del cuarto centenario de El Quijote. Igualmente, en el mismo año citado aparece, de la mano del Instituto de Estudios Jurídicos Internacionales, el Seminario celebrado con anterioridad bajo el título «El Derecho en la época del Quijote» (Navarra, 2006), coordinado por el prof. de Historia del Derecho Aguilera Barchet, concordantes muchas de sus ponencias con la aportación de Quintero. Un año antes, en 2005, la Univer-Page 538sidad de Alcalá dio a la luz un librito con la aventura "extrayéndola del global" de los galeotes (1.ª parte, cap. XXII), sumándose así también a la conmemoración del citado evento.

II

Como bien dice el prof. Quintero Olivares los problemas que tuvo Cervantes con la justicia criminal, a lo largo de su vida, lo fueron con la cárcel (pp. 7 y 14), bien porque la padeció directamente o vio el sufrimiento de los demás al respecto. Después de una resumida pero enjundiosa semblanza biográfica de nuestro personaje (I, pp. 9 ss.), los siguientes apartados de la separata se dedican al tema genérico de «la justicia de la época cervantina» (II, pp. 17 ss.) y al concreto asunto de «las ideas sobre la justicia y la libertad en Don Quijote y la cultura europea» (III, pp. 29 ss.).

En relación al capítulo contextual, el prof. de Tarragona nos regala algunas interesantísimas precisiones. En primer lugar, nos recuerda como el desconocimiento del principio de legalidad en la etapa referida nos impide, con propiedad, hablar de «delitos y penas», aunque existían leyes criminales con severísimos castigos (p. 17). En segundo término, detecta que la penalidad que conoce Cervantes se va haciendo progresivamente más dura (p. 22), lo que no es óbice para que se produzca un aumento de la criminalidad organizada «con lenguaje propio (jerga de germanía)» (p. 23) y un paralelo crecimiento de la exhibición de la represión penal, especialmente de la pena de muerte, ejecutada en lugares públicos, los «humilladeros» (p. 24), y aplicada a un gran número de infracciones aún a las que hoy consideraríamos como menos graves.

En materia de procedimiento y como tercer punto, Gonzalo Quintero se hace eco del proceso inquisitorio de la época, «que habría de durar siglos» (p. 18) y de la admisión como prueba legal del tormento, sistema que se desarrolla a través de dos órdenes jurisdiccionales especiales, religioso el uno, la Inquisición -que «se dedicaba a velar por las buenas costumbres cristianas a golpe de tortura y hoguera» (p. 24)- y civil el otro, la Santa Hermandad (pp. 18 y 19). Por último, señala como la ideología penal se rige por el pensamiento dispar de Alfonso de Castro, teólogo fanático, cuya obra es «una apoteosis de alabanza al ius puniendi» (p. 26) y de Diego Covarrubias, «personaje bien diferente del anterior» (loc. cit.), más técnico y apegado a la lógica de la norma y para Quintero más merecedor de atención que la prestada siempre al penalista franciscano.

La parte postrera del trabajo se contrae al análisis de las propias ideas de Cervantes expresadas en El Quijote. Su sentimiento del Derecho se compendia por Quintero Olivares en dos aspectos que advierte en su obra universal y que compendian todos los demás: la justicia y la libertad (pp. 30 y 31), «principios rectores de la ética quijotesca» (p. 32), que no importa se manifiesten con una dosis equidistante de piedad y equidad -«criterio para interpretar la ley cuando ésta deje espacio para ello» (p. 37)- como en los correspondientes episodios de los galeotes o de los consejos al Sancho gobernador de Bara-Page 539taria, pues el Hidalgo manchego no necesariamente identifica «la solución legal con la respuesta justa» (p. 36).

Excusado es decir que todo el fascículo se jalona de abundantes y precisas notas (71 en total), que sitúan perfectamente la información que se va aportando en el texto, completando así una obra amable, meritorísima y llena de interés para el jurista.

Carlos García Valdés

Catedrático de Derecho penal UAH

Fernández Aparicio, Juan Manuel: Derecho Penitenciario Comentarios prácticos, Sepín, Madrid, 2007, 318 pp

I

El autor, Fiscal de la Audiencia Provincial y de Vigilancia Penitenciaria de Jaén, nos ofrece en el presente texto sus cocimientos de reconocido experto en lo relativo a una materia que fue una de las novedades más trascendentes y creadoras de la vigente Ley General Penitenciaria, introducida en su título IV: el Juez de Vigilancia Penitenciaria. Órgano jurisdiccional ampliado y convertido después, para su correcto funcionamiento, en Juzgado, con la dotación precisa del personal correspondiente figurando entre los miembros que lo componen, con toda lógica y en destacadísimo lugar, el representante del Ministerio público.

El libro tiene una parte dogmática (hasta la p. 180) y otra formada de la recopilación de anexos legislativos. Excusado es decir que mi atención descriptiva y crítica va a centrarse en la primera, sin perjuicio de la reconocida utilidad de tal addenda.

Vaya por delante mi juicio positivo acerca del valor de estas reflexiones, aportadas por quien está «a pie de obra» en la trascendente tarea de controlar la ejecución penal. La función principal otorgada a...

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