Bibliografía

AutorLa Redacción
Páginas619-624

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Repercusiones jurídicas de la guerra

Repercusiones jurídicas de la guerra ("Deutsches Recht", núms. 34-35, del 31 de agosto de 1940).

La guerra se plasma en la legislación de una manera palpable. El Decreto del 29 de julio de 1940 del Reich nos brinda un ejemplo. Se ocupa de todas aquellas personas que tenían derecho a exigir periódicamente pago en especie. Piénsese, por ejemplo; en obreros campesinos, en usuarios, etc. La legislación de abastecimientos ha hecho imposible jurídicamente, en muchos casos, esas obligaciones. El citado Decreto, resolviendo dudas de la práctica, establece la conversión de aquella deuda en especie en una obligación pecuniaria, fijando como decisivo el precio del productor.

Otro problema resulta del paro forzoso producido por la alarma por razón de aviones enemigos. El 30 de noviembre de 1939 recomendó el Ministro de Trabajo a los empresarios que intentasen, en primer lugar, recuperar el tiempo perdido mediante horas extraordinarias dentro de seis semanas; y caso de que eso no fuese posible, en segundo lugar, que entregasen a los obreros pagados por horas o a destajo el 50 por 100 del salario perdido. El 17 de mayo de 1940 cobró la mencionada recomendación fuerza obligatoria. La indemnización se aumenta hasta el 90 por 100 del salario perdido, en la medida en que el obrero tiene que alimentar un menor o un mayor número de personas. El Estado indemniza a su vez a los empresarios particulares (Ordenanzas del 7 y del 19 de junio de 1940). Los daños producidos por el bombardeo pueden ocasionar también un paro forzoso. En este caso, hay que intentar utilizar a los obreros en la misma empresa para otros trabajos o en otras empresas. Si eso no fuera posible, los obreros parados pueden reclamar el 75 por 100 de su salario (Ordenanza del 6 de junioPage 620 de 1940). El Estado indemniza también, en este caso, al empresario particular. La falta de alumbrado ha ocasionado una multitud de ordenanzas que se ocupan de la pintura de ciertas partes de la calle, etc., y que pueden dar lugar a una responsabilidad.

Sugerencias para una nueva institución en el Derecho de sociedades mercantiles.

En el núm. 36, del 7 de septiembre de 1940, de la Revista Deutsches Recht, el Notario Dr. Dietrich critica severamente ciertas ideas expuestas en el renombrado periódico alemán Frankfurter Zeitung. El periódico propone la creación de un procedimiento especial, encargado a peritos mercantiles, para fijar autoritariamente el valor de acciones, así como las bases de ciertos contratos de alianza entre sociedades mercantiles. La vida económica parece revelar, con frecuencia, en Alemania ofrecimientos de acciones de parte de grandes accionistas a otros accionistas de la misma sociedad. Sin embargo, se opone el Notario Dr. Dietrich a la competencia de los peritos mercantiles en este caso. Se trata de un contrato de compraventa o de permuta de interés particular, y no se justifica, por ende, la intervención autoritaria de...

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