Bibliografía

AutorJosé Luis González Urrutia

JESÚS GONZÁLEZ PÉREZ:

El principio general de la buena fe en el derecho administrativo, 4.ª edición, Editorial Civitas, 294 págs.

Aunque se anuncia como una cuarta edición, se trata de un libro nuevo con más de cien sentencias antes no utilizadas. Voy a limitarme a transcribir puntos de este valioso trabajo en los que se habla de urbanismo de modo expreso. Veámoslo.

Una Sentencia de 23 de marzo de 1982 (Ar. 2328. Ponente: Martín del Burgo) se enfrenta con un supuesto típico de aplicación del principio de la buena fe. Los hechos que condujeron al fallo del Tribunal Supremo pueden resumirse así:

- Un Ayuntamiento concede licencia de edificación en suelo que, aun reuniendo todos los requisitos para ser considerado urbano, según la legislación urbanística, no había sido objeto de proyecto de delimitación de suelo urbano, tal y como exigía la Ley del Suelo, según la reforma de 1975 (art. 81.2 del Texto Refundido de 9 de abril de 1976).

- Se impregna la licencia por otros propietarios de la zona que habían obtenido asimismo licencia de construcción.

Y la Sentencia considera contrario al principio "el que unos particulares pretendan negar a otro particular el ejercicio de unos derechos cuando ellos los han ejercitado en base a situaciones semejantes o idénticas"

.

«En aplicación de un precepto de la Ley del Suelo (art. 232), que puede considerarse manifestación de uno de los supuestos típicos del principio, ha negado el titular de una licencia urbanística derecho a indemnización como consecuencia de su anulación si la licencia se obtuvo por haber facilitado el peticionario a la Administración conce-dente datos inexactos. Por lo que no cabe denegar indemnización al administrado que en todo momento tuvo una actuación diáfana, ya que, como dice una Sentencia de 26 de septiembre de 1981 (Ar. 3848. Ponente: MARTÍN MARTÍN), «el conocimiento de la posible ilegalidad no es determinante por sí solo de exoneración, sino que hace falta algo más, esto es, ver cuál haya sido la actuación del peticionario en el procedimiento».

También se ha considerado manifestación del principio la norma que únicamente reconoce indemnización como consecuencia de la suspensión de licencias a los que las hubieran solicitado con anterioridad a la publicación del acuerdo de suspensión. En Sentencia de 6 de julio de 1981 (Ar. 3155), se dice que "el precepto exige y la buena fe reclama que para dar lugar a esa indemnización la petición de licencia debe hacerse cuando no está...

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