Bibliografía

AutorJosé Luis González-Berenguer Urrutia

FRANCISCO JAVIER JIMÉNEZ DE CISNEROS y JORGE AGUDO GONZÁLEZ, Expropiación y grandes infraestructuras, Editorial Montecorvo, 2004.

1. El tema de las grandes infraestructuras preocupa a los urbanistas. Sin embargo, no ha sido tratado por éstos con la debida coherencia. Este libro, por fin, lo hace. Y dice cosas sorprendentes.

2. El problema aquí es el económico. El suelo para las grandes infraestructuras se logra expropiando. ¿Cuál es el justiprecio? ¿Quién debe pagar las expropiaciones de suelo para ellas? En principio parece que, si son parte de las previsiones de un plan (esto es, son un sistema general), debe pagarlas el Ayuntamiento (no los particulares, diga lo que diga la ínfima Ley de 1998), porque entonces son un problema urbanístico. Si forman parte de la red interciudades, no son un tema urbanístico, aunque se ha de recordar que «El artículo 25 del Reglamento de Planeamiento Urbanístico parece decir lo contrario y se ha de recordar que este Reglamento desarrolló el concepto de sistema general en las tres vertientes funcionales principales definidas por el Texto Refundido, en concreto sistemas de comunicaciones, espacio libres y zonas verdes y equipamientos. Por lo que se refiere al primero, el Reglamento lo define como:

El sistema general de comunicaciones, tanto urbanas como interurbanas, estableciendo las reservas de suelo necesarias para el establecimiento de redes viarias y ferroviarias, áreas de acceso a las mismas, y todas aquellas otras instalaciones vinculadas a este sistema, como son estos de ferrocarril y autobuses, puertos, aeropuertos y otras instalaciones análogas

.

Los autores dicen:

No es necesario poner de relieve que el concepto de sistema general de comunicaciones es formulado de un modo muy amplio, incluyendo todas las infraestructuras y elementos vinculados a las comunicaciones interurbanas e intramunicipales. Esta concepción amplia es coherente con la concepción horizontal e integral de la ordenación urbanística del planeamiento municipal general, según la cual todos los sistemas de comunicación han de quedar reflejados en el Plan General. El planeamiento general, al tener que definir todos los elementos de la estructura orgánica general (artículos 12.1.b del Texto Refundido de 1976 y 15.1, 19.1 y 25 del Reglamento de Planeamiento Urbanístico), ha de incluir todos los elementos que estructuran el territorio con independencia de su dimensión y trascendencia, así como de la Administración competente o de los instrumentos de planeamiento y/o programación de los que traigan causa originaria. En esta misma línea, los artículos 38.2.j, 41.2 y 42.3 del Reglamento de Planeamiento establecen...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR