BERNAD SEGARRA, Lucía: La pluralidad hipotecaria. Excepciones al principio de prioridad temporal en Derecho Romano y en el Derecho Civil español, Dykinson, Madrid, 2011, 140 pp.

AutorFrancisco J. Andrés Santos
CargoCatedrático de Derecho romano. Universidad de Valladolid
Páginas1402-1405

Page 1402

El presente volumen constituye una adecuada aproximación y puesta al día de los antecedentes históricos de las normas referentes a ciertos privilegios crediticios que aún hoy subsisten en nuestro Derecho hipotecario. Como puede observarse del propio título, se trata de un trabajo básicamente romanístico, pero no de un Derecho romano de corte anticuario (sin perjuicio del interés intrínseco que este pueda tener), sino uno presidido por la idea de la continuidad histórica de las formas jurídicas, capaz de nutrir y dar sentido a las instituciones jurídico-civiles modernas a partir de la Historia; una línea de trabajo en la que destaca, entre nosotros, la obra del profesor Antonio Fernández de Buján y su escuela. La autora de este libro se inscribe en esta tendencia, por lo que el libro que nos ocupa conforma una monografía más de índole histórico-dogmática que de la tradicional romanística histórico-crítica. Ello se evidencia tanto por el tema elegido como, sobre todo, por la disposición de los materiales y el tratamiento de las fuentes, donde la discusión filológica de los textos es muy escasa y se sostiene un punto de vista metodológico fundado en la confianza en la genuinidad de los fragmentos transmitidos por el Corpus iuris civilis y, por tanto, la sustancial clasicidad del Derecho contenido en el Digesto justinianeo. No cabe esperar, por tanto, en esta obra grandes descubrimientos ni revelaciones sorprendentes en torno a la reconstrucción histórica de algunos extremos interesantes del Derecho hipotecario romano, sino más bien una puesta en limpio de los hallazgos de la romanística moderna a este respecto y su conexión con algunas normas aún contenidas en nuestro Derecho positivo. Para un tratamiento más exhaustivo de los textos romanos sobre la pluralidad hipotecaria habría que irse, pues, a los clásicos estudios de Ferdinand Regelsberger (Zur Lehre von Altersvorzug der Pfandrechte, Erlangen, 1858), Heinrich Dernburg (Das Pfandrecht nach den Grundsätzen des heutigen römischen Rechts, II, Leipzig, 1860-64) o, en la doctrina española, el magnífico trabajo de Juan Miquel («El rango hipotecario en Derecho romano», AHDE 29, 1959, pp. 229-316).

De conformidad con estos planteamientos, la obra se divide en dos partes, de desigual extensión e intensidad. La primera (pp. 21-94) referida al análisis de la aparición de la regla prior tempore, potior iure en el Derecho hipotecario romano antiguo (si bien esta regla solo sería acuñada como tal, sobre la base de los textos romanos, en la Edad Media, como se ve en el Liber pauperum del maestro vacario y en el Liber Sextus 5, 12, 54, de Bonifacio VIII) y las excepciones que a la primacía de ese principio se fueron introduciendo progresivamente en época romana hasta llegar a Justiniano. La segunda parte (pp. 95-119), en cambio, se dedica brevemente al estudio de las continuidades de esas excepciones en el Derecho civil común español.

La primera de estas dos partes se abre con un excursus, quizá un tanto innecesariamente largo para los propósitos de la obra, en torno a...

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