Decreto 183/2012, de 25 de septiembre, por el que se regula la utilización de los servicios electrónicos en los procedimientos administrativos medioambientales, así como la creación y regulación del registro de actividades con incidencia medioambiental de la Comunidad Autónoma del País Vasco (BOPV núm. 193 de 3 de octubre de 2012)

AutorCelia Gonzalo Miguel
CargoPersonal Investigador en Formación del CIEDA-CIEMAT
Páginas36-37

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Temas clave: Información ambiental; Servicios electrónicos; Registro de actividades con incidencia ambiental

Resumen:

El presente Decreto tiene por objeto regular la utilización de los servicios electrónicos en los procedimientos administrativos medioambientales competencia de la Administración Pública del País Vasco, y la creación y regulación de un Registro que integre la información relativa a todas las actividades con incidencia ambiental en la Comunidad Vasca.

El Decreto, será de aplicación: a las entidades en sus relaciones con la Administración Pública de la Comunidad del País Vasco asociadas a procedimientos administrativos medioambientales de su competencia; a las relaciones entre la Administración general de la Comunidad Autónoma y las restantes Administraciones Públicas y entes del sector público asociadas asimismo a procedimientos administrativos medioambientales de su competencia; y a todos aquellos procedimientos administrativos del área de medio ambiente competencia del Gobierno Vasco que se recogen en el Anexo I de la norma.

Una vez establecidas las Disposiciones Generales en el Capítulo I, el Capítulo II se centra en la regulación de la tramitación telemática de procedimientos administrativos medioambientales.

Así, se establece el Sistema IKS-eeM, como instrumento de gestión telemática orientado a las nuevas tecnologías que la Administración Pública de la Comunidad Autónoma del país Vasco pone a disposición de las entidades y ciudadanía en general para dar cobertura a la tramitación de los procedimientos administrativos medioambientales de su competencia, y en el que se incluye toda la información y metadatos que las entidades deban suministrar a la Administración vasca para tramitar los distintos procedimientos administrativos medioambientales, cubriendo así, la totalidad de transacciones de información tanto de dichas entidades a la Administración pública como de la propia Administración Pública a dichas entidades y a otras administraciones públicas tanto locales, como estatales y comunitarias.

La estructura, formatos, funcionalidades y normas generales de funcionamiento del Sistema IKS-eeM, estarán publicadas en la Sede Electrónica de la Administración Pública de la

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Comunidad Autónoma vasca (artículo 6). El acceso y la interacción con el sistema, se efectuará según los dispuesto en el Decreto 21/2012, de 21 de febrero de Administración Electrónica (artículo 7). Y en relación a la habilitación para...

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