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- De la Sustanciacion de las Actuaciones Arbitrales
Artículo 30 Forma de las actuaciones arbitrales
Autor | Gorgonio Martínez Atienza |
Cargo del Autor | Doctor en derecho y licenciado en criminología |
Páginas | 178-181 |
Page 178
ARTÍCULO 30 FORMA DE LAS ACTUACIONES ARBITRALES.
"1. Salvo acuerdo en contrario de las partes, los árbitros decidirán si han de celebrarse audiencias para la presentación de alegaciones, la práctica de pruebas y la emisión de conclusiones, o si las actuaciones se sustanciarán solamente por escrito. No obstante, a menos que las partes hubiesen convenido que no se celebren
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audiencias, los árbitros las señalarán, en la fase apropiada de las actuaciones, si cualquiera de las partes lo solicitara.
-
Las partes serán citadas a todas las audiencias con suficiente antelación y podrán intervenir en ellas directamente o por medio de sus representantes.
-
De todas las alegaciones escritas, documentos y demás instrumentos que una parte aporte a los árbitros se dará traslado a la otra parte. Asimismo, se pondrán a disposición de las partes los documentos, dictámenes periciales y otros instrumentos probatorios en que los árbitros puedan fundar su decisión".
Salvo acuerdo en contrario de las partes, los árbitros decidirán si han de celebrarse audiencias para la presentación de alegaciones, la práctica de pruebas y la emisión de conclusiones, o si las actuaciones se sustanciarán solamente por escrito.
Los árbitros deciden si la sustanciación de las actuaciones Arbitrales, salvo acuerdo contrario de las partes, se hace solamente por escrito o se celebrarán audiencias para la presentación de alegaciones, la práctica de pruebas y la emisión de conclusiones...
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- De la sustanciacion de las actuaciones arbitrales
- De la sustanciación de las actuaciones arbitrales
- Artículo 24 Principios de igualdad, audiencia y contradiccion
- Artículo 25 Determinación del procedimiento
- Artículo 26 Lugar del arbitraje
- Artículo 27 Inicio del arbitraje
- Artículo 28 Idioma del arbitraje
- Artículo 29 Demanda y constestacion
- Artículo 30 Forma de las actuaciones arbitrales
- Artículo 31 Falta de comparecencia de las partes
- Artículo 32 Nombramiento de peritos por los arbitros
- Artículo 33 Asistencia judicial para la practica de pruebas
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