Arnaud, André-Jean: Les origines doctrinales du Codie civil français

AutorMariano Peset Reig
Páginas1066-1071

Arnaud, André-Jean: Les origines doctrinales du Codie civil français, Prefacio de Michel Villey, París, 1969, 326 págs.

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Un libro espléndido que -cosa poco frecuente- ha de Interesar tanto al historiador como al jurista. Un estudio realizado desde la filosofía del Derecho, con un método estricto y rigurosamente histórico. Trata de precisar la conexión de la doctrina con ese gran monumento legislativo que significa el Código civil francés del año 1804. Una obra de tanta envergadura no se improvisa y fue posible a los revolucionarios liberales, gracias a una larga tradición de pensamiento jurídico de los siglos XVII y XVIII. Era un código nuevo, con forma y contenido muy distintos a lo anterior, pero sus raíces se entrecruzan y nutren en los esfuerzos de dos siglos, al menos. Si algún día se estudia con detenimiento las fuentes e influencias de nuestro Código civil de 1888-1889 el método de trabajo será muy distinto. Las bases de su contenido, de sus artículos, serán buscadas en los códigos europeos posteriores, además, de algunos preceptos de nuestra legislación patria. Esta es la forma certera en que García Goyena pulsó las fuentes del proyecto de 1851 en sus Concordancias. A fines del siglo XIX los diversos códigos inundan Europa, América. En contraste, el Código de los franceses es obra nueva, cabeza de serie, y sus antecedentes -aparte los proyectos anteriores- no son los Códigos, por tanto. En verdad que en él se encuentra presente el Derecho romano, como las costumbres francesas y las Ordenanzas generales de sus reyes, pero -como muy bien comprueba Arnaud- todo este material está elaborado, sistematizado y modernizado por la doctrina francesa anterior. La jurisprudencia doctrinal fue muy distinta a la actual, no sólo en Roma, sino también en los tiempos anteriores a los Códigos. Ante textos dispares y fragmentarios, restos del pensamiento romano y de costumbres muy diversas, apenas enderezados por algunas prescripciones de las leyes reales, los juristas tenían una tarea muy vasta, que se extendía desde el comentarlo a la sistematización, desde la concordancia de disparidades hasta el intento de lograr unos principios de solución única, respetando algunas excepciones. Todo este amplio conjunto de la doctrina francesa anterior al Code civil es el substrato en donde éste puede hallar explicación.

El Código francés es una creación de la Revolución de 1789. Evidentemente los nuevos principios políticos del liberalismo son decisivos para llegar a una legislación civil simple y clara, general para todos los franceses, inspirada en nuevas concepciones individualistas de la propiedad y de la persona. Pero este aspecto no es el que busca el autor. Por ello no le interesa la obra de Rousseau, ni tampoco Montesquieu en este sentido. Porque, aparte esta novedad del Código como leyes aprobadas en unas Cámaras, su interés persigue los antecedentes de esta masa de materiales que se estructuran en forma precisa y ejemplar en el Código civil. Esta obra revolucionaria se asienta sobre una copiosa tradición de pensamiento jurídico perteneciente a más de dos siglos. Pues bien, la determinación de la evolución progresiva de la doctrina es su objeto. El profesor Villey, en sus palabras preliminares, aventura que quizá el estudio de los grandes juristas del xvi -Connan, Doneau, Althusius- perfeccionaría el intento. La historia siempre pide seguir investigando hacia tiempos más antiguos.

Desde otro punto de vista también admira este estudio, por la amplitud y buen manejo de la bibliografía disponible, que reúne en cerca de cincuenta páginas. Mientras nuestros Códigos apenas han sido estudiados, la bibliofirafía francesa -aunque no toda sea histórica-Page 1067 muestra una abundancia admirable. Por ello aparte su consulta directa de las íuentes citadas, sea Pothier o Vinnio- el autor puede trazar un cuadro vivo, suficiente y atractivo de este periodo de la historia jurídica francesa. Puede seguir lineas e influencias en la literatura jurídica de los siglos XVII y XVIII, cosa para nosotros -para España- todavía en ciernes. Puede apoyarse -o revisar- estudios y trabajos, deparando una certera visión de la evolución doctrinal y de su influjo sobre los redactores del primer Código liberal de Europa.

Les origines doctrinales du Code civil frangais orienta su búsqueda desde tres perspectivas. Ante todo -en la parte fundamental, el libro primero-, traza un cuadro general de todas las tentativas de unificación del Derecho, en los distintos autores. Después c.onsiderará, en forma más específica y breve, sus influencias en la sistemática del Code y de dos de sus principios cardinales, el derecho de propiedad y la autonomía de la voluntad. Este es el núcleo central del estudio de André-Jean Arnaud. Pero antes de entrar en estas tres partes o libros, nos ambienta en el problema con una introducción y coloca un título preliminar -al igual que el Code- en donde presenta a los artífices del Código Napoleón. La riqueza de la bibliografía le permite describir su origen social y personalidad, sus estudios de Derecho y, en suma, su vida a través de los azarosos años de la Revolución. Tronchét, Bigot-Préameneu, Portalis y Maleville cobran vida, juntamente con otros, cambacéres, Merlin, Berlier, Treilhard y el mismo...

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