El arbitraje cooperativo, de Antonio Muñoz Vidal.

AutorCarlos Marín Albornoz
Páginas1570-1572

    MUÑOZ VIDAL, ANTONIO: El arbitraje cooperativo. Caja Rural Provincial de Murcia, 1978.

La obra en sí consta de un total de 254 páginas, seguidas de unas conclusiones y completadas por un extenso índice bibliográfico; apéndice, con las principales normas citadas en el texto y copiosa jurisprudencia, sin duda de gran importancia práctica a fines de resolver diversos problemas que sobre el arbitraje cooperativo pueden plantearse.

Page 1571Consta de una serie de capítulos, comenzando por el dedicado a la introducción, en el que destaca, ante todo, la importancia del arbitraje, sus efectos favorables de orden práctico, las particularidades del arbitraje cooperativo y la necesidad actual de su estudio.

El autor divide su trabajo en cuatro secciones. La primera de ellas dedicada a lo que pudiera llamarse parte general. Las tres últimas contienen la parte especial, y de ellas la segunda trata del objeto del proceso; la tercera, de los sujetos-árbitro y partes-, y la última, de la actividad misma: es decir, el procedimiento cognitorio, ejecutivo y vías de impugnación.

Comenzando con el examen de los antecedentes normativos y prescindiendo de datos históricos sobre el arbitraje en general, se circunscribe exclusivamente al arbitraje cooperativo, resultando que se trata de una institución de muy reciente aparición en nuestro ordenamiento. En este aspecto, tras hacer un ligero esbozo de la legislación anterior a 1971, examina el Reglamento de Cooperación de 13 de agosto de 1971 y la Ley General de Cooperativas de 1974.

Pasando al examen de las fuentes y tras referirse a la Ley General de Cooperativas y normas complementarias, estima que no existe, a su juicio, más que una solución posible, a falta de una regulación específica cooperativa, cual es la aplicación previa de analogía de la Ley de Arbitraje Privado de 1953, y como supletoria de ella, y por tanto de la normativa cooperativa, la Ley de Enjuiciamiento Civil.

Adentrándose en una de las cuestiones más debatidas en torno al arbitraje común que afecta en igual manera al arbitraje cooperativo, cree imprescindible dilucidar, en primer lugar, la naturaleza jurídica del arbitraje ordinario, es decir, el que es objeto de regulación por la Ley de Arbitraje Privado de 1953, para después comprobar si el arbitraje cooperativo se encuentra inserto dentro del ámbito de aquél o por el contrario supone una figura especial que, como tal, posee también naturaleza jurídica diferente.

En torno a este tema, la...

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