Una aproximación al Reglamento 650/2012 (y II): ley aplicable, residencia habitual y certificado sucesorio

AutorElisabeth García Cueto
CargoNotaria de Barcelona. Profesora colaboradora con la URL-ESADE
Páginas101-110
LA NOTARIA | | 3/2014 101
XX/XXXX
Internacional
Una aproximación al Reglamento 650/2012(1) (y II): ley
aplicable, residencia habitual y certificado sucesorio(2)
Elisabeth García Cueto
Notaria de Barcelona
Profesora colaboradora con la URL-ESADE
I. INTRODUCCIÓN
Como ya se comentó en la primera parte
de este mismo trabajo (publicado en la revista
La Notaria 2/2014, en esta misma sección), las
relaciones entre personas o sujetos de distin-
tas nacionalidades en un Estado del que no son
nacionales generan situaciones, hechos y reali-
dades que deben tener el amparo de una cierta
regulación jurídica. La movilidad creciente de
un gran número de personas, especialmente
en el marco europeo y debido a la aplicación
del principio de libre circulación de los na-
cionales miembros de un Estado de la Unión
Europea, ha creado un espacio sin fronteras.
La regulación española, desde la entrada en la
Unión Europea, ha sufrido grandes variaciones,
adaptándose a la normativa europea con el fin
de conseguir ese anhelado espacio europeo
de libertad, seguridad y justicia. El contacto
de la gente entre sí, así como con los bienes
de un país, puede afectar al ámbito personal,
al patrimonial o a ambos, que, en el caso su-
cesorio, vienen regulados por el Reglamento
de la Unión Europea del año 2012. Con él se
ha conseguido unificar la regulación sucesoria
internacional a nivel europeo, respetando la
planificación propia del causante.
La regulación de las sucesiones internacio-
nales —y, en particular, las transfronterizas en-
marcadas en la Unión Europea— debe ofrecer
soluciones a los problemas que se generen, de-
terminando la ley que aplica, el procedimiento
y la determinación del título de heredero. Y es
que es determinante establecer la ley aplica-
ble a una sucesión, especialmente en lo que
se refiere a temas tan relevantes como: a) la
sucesión intestada y el orden de llamamiento,
así como las partes atribuidas a los parientes in-
testados; b) la existencia de ciertas figuras que
no existen en otros ordenamientos jurídicos
SUMARIO
I. INTRODUCCIÓN
II. EL CERTIFICADO SUCESORIO
EUROPEO (ARTS. 62 Y SS.)
III. BIBLIOGRAFÍA

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