Sobre algunas anomalías y convergencias del sistema de relaciones laborales en Italia

AutorGianni Loy
Páginas127-146
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SOBRE ALGUNAS ANOMALÍAS Y CONVERGENCIAS DEL
SISTEMA DE RELACIONES LABORALES EN ITALIA
Gianni Loy
Catedrático emérito de Derecho del Trabajo
Università degli Studi di Cagliari
1. Ouverture 2. El origen de la anomalía italiana 3. El ordenamiento intersindical 4. Convergencias entre
modelos aparentemente diferentes 5. Las primeras señales de la crisis 6. El caso Fiat 7. Cuando, al final, la
pirámide empieza a tambalearse 8. ¿Y en Italia qué pasa?
1. OUVERTURE
Ahora que (casi) todo ha pasado, podemos afirmar que siempre hemos
sabido que hemos dedicado tiempo y pasión a una materia cuanto me-
nos ambigua y cambiante. Pese a que nos ha tocado la suerte de afron-
tarla desde una vertiente que debería ofrecer más certezas, aquella del
Derecho, también hemos sido conscientes de su provisionalidad. Si
“todo discurre”, como hemos aprendido de Heráclito, también es ver-
dad que, durante mucho tiempo, hemos imaginado, o era una ilusión,
que la historia pudiese ir en una dirección diferente.
A hacérnoslo creer han sido los grandes movimientos de trabajadores
y sus organizaciones, los temblores violentos que, dentro del mundo
capitalista, han convertido a los trabajadores en protagonistas. El ob-
servar cómo el “contrayente débil”, en su dimensión colectiva, a veces,
haya superado al tradicional adversario, aquel que durante un tiempo
en Italia, sin que el término indicase desprecio, llamábamos “el pa-
trón”.
Como juristas hemos razonado, sobre todo, desde la vertiente del dere-
cho sindical, es decir, de aquellas normas que los Estados se dan para
gobernar el conflicto, proponiéndose canalizarlo mediante reglas, con
el reconocimiento de derechos individuales y colectivos, pero también
fijando unos límites capaces de evitar los efectos negativos del mismo
conflicto.
Se trata de un derecho que por su naturaleza, incluso cuando finge ser
equilibrado, nunca podrá ser neutral. Si es verdad que el fenómeno de
gobernar no es otra cosa que un conflicto entre intereses contrapues-
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giaNNi loy
tos, también la regla que pretenda favorecer un equilibrio entre las
partes, al final, es fuente de desequilibrios porque altera el flujo natural
del río que discurre según un instinto primordial.
Por lo demás, el fenómeno sindical ha nacido fuera y en antagonismo
respecto del poder que se expresa mediante las leyes. El legislador,
atemorizado por aquel fenómeno natural que, a veces, iba más allá de
los márgenes naturales de las condiciones de trabajo para atentar con-
tra la misma existencia del Estado burgués o que, a veces, incluso se
desinteresaba del conflicto con el patrón pretendiendo individualizar
como contraparte directamente al Estado, ha reaccionado, y en verdad
reacciona aún hoy, con normas represivas. Normas que, en la actuali-
dad, aun sin poseer la virulencia militar de los orígenes, salvo en casos
extremos, no por ello hay que considerarlas menos represivas.
El movimiento sindical, entendido como fenómeno que organiza y guía
a los trabajadores en su natural aspiración de tutela y mejora de las
condiciones de trabajo, puede vivir una vida propia, puede organizar el
conflicto, pero también la tregua, prescindiendo del marco de referen-
cia normativo o incluso fuera de la legalidad formal. Recuerdo cómo,
en las últimas décadas del siglo pasado, venía clasificada la huelga den-
tro de algunos de estos sistemas jurídicos de centro América que pre-
tendían regular todas las manifestaciones de la actividad sindical hasta
el más mínimo detalle, con frecuencia subordinando su legitimidad al
respeto de procedimientos vinculantes o incluso a una autorización ad-
ministrativa. La existencia de una rígida normativa no impedía, y sigue
sin impedir, manifestaciones sindicales o huelgas aun sin autorización:
se terminaba por distinguir y clasificar las abstenciones de trabajo en-
tre aquellas legítimas, si contaban con autorización, y las otras, indi-
cadas sintéticamente con las iniciales “H.H.”, esto es Huelga de Hecho
(sciopero di fatto). Desde el punto de vista estadístico, al final del año,
las huelgas “autorizadas” se podían contar con los dedos de una mano,
mientras que aquellas “de hecho” podían ser centenares.
Aquel movimiento, capaz de autonomía, e incluso de indiferencia, res-
pecto de las leyes, ha sufrido relevantes contaminaciones, sobre todo
en algunas partes del mundo a nosotros (dos) más cercanas. Esto ha
ocurrido, en algunas partes de Europa, incluso antes de la llegada de
las modernas democracias: los principales filones del movimiento sin-
dical han estrechado un pacto de sangre con organizaciones políticas,
creando con ellas una indisoluble relación con la finalidad de derrocar
al Estado burgués, después de un movimiento revolucionario o de un
proceso democrático, con la perspectiva de construir un Estado dirigi-

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