Un análisis de la violencia de género en la adolescencia

AutorCarmen Ruiz Repullo
Páginas279-302

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1. Introducción

Hace escasamente dos décadas que nuestro país comenzaba a poner encima de la mesa un problema social muy silenciado hasta entonces, la violencia de gé-nero que sufrían miles de mujeres y que se consideraba perteneciente al ámbito privado. Unas décadas antes, a nivel internacional, gracias al impulso de las organizaciones feministas y bajo el respaldo de Naciones Unidas (ONU), comenzaron a celebrarse distintas Conferencias Mundiales sobre la Mujer que abordaron en mayor o menor medida la violencia que sufrían las mujeres en todo el mundo por el hecho de ser mujeres. En 1979, tras la primera Conferencia Internacional de la Mujer celebrada en México en 1975, Naciones Unidas redacta la Declaración sobre la Eliminación de todas las formas de Discriminación contra la Mujer, que entró en vigor en 1981, tras la segunda Conferencia Mundial de la Mujer, organizada en Copenhague en 1980. En esta conferencia los objetivos se centraban en evaluar los resultados obtenidos, así como los cambios que habían tenido lugar desde la reunión en México. La tercera de las Conferencias Mundiales de la Mujer tuvo lugar en Nairobi en 1985 y se centró en el tratamiento de la violencia contra las mujeres como una cuestión de política general. Pero no fue hasta 1993 cuando la Asamblea General de Naciones Unidas aprueba la Declaración sobre la Eliminación de la Violencia contra la Mujer, en la cual reconoce la responsabilidad de los Estados en cuanto a las violaciones de los derechos de las mujeres. El artículo 1 de esta declaración define la violencia contra las mujeres como

“todo acto de violencia basado en la pertenencia al sexo femenino que tenga o pueda tener como resultado un daño o sufrimiento físico, sexual o psicológico para la mujer, así como las amenazas de tales actos, la coacción o

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la privación arbitraria de la libertad, tanto si se producen en la vida pública como en la vida privada”.

Una definición que ya apuntaba tanto las formas de violencia hacia las mu-jeres, psicológica, física y/o sexual, como la necesidad de extraer este problema de la esfera de lo privado, de lo íntimo.

La última de las Conferencias Mundiales de la Mujer, celebrada en Beijing en 1995, fue un punto de inflexión en la lucha contra la violencia machista principalmente por dos motivos: el primero, al introducirse el término “género” como categoría para analizar las discriminaciones y violencias de las mujeres en el mundo; y el segundo, por la Declaración de Beijing en la que se recogen secciones dedicadas concretamente a la violencia de género, reconociendo que este tipo de violencia que se ejerce contra las mujeres por el mero hecho de serlo es la más extrema manifestación de las desiguales relaciones de poder entre hombres y mujeres y representa un grave obstáculo para el respeto de los derechos humanos fundamentales.

Estos acontecimientos internacionales, unidos a la presión de las organizaciones feministas, tuvieron como consecuencia que los Estados comenzaran a incorporar políticas nacionales para erradicar la violencia contra las mujeres y la promoción de la igualdad entre los géneros. En nuestro país se reflejó en la Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género, la cual establece:

La presente Ley tiene por objeto actuar contra la violencia que, como manifestación de la discriminación, la situación de desigualdad y las relaciones de poder de los hombres sobre las mujeres, se ejerce sobre estas por parte de quienes sean o hayan sido sus cónyuges o de quienes estén o hayan estado ligados a ellas por relaciones similares de afectividad, aun sin convivencia.2

Tal definición destaca las dos causas principales de esta violencia: por una parte, la causa estructural, que la violencia no se debe a rasgos singulares y patológicos de una serie de hombres, sino que tiene rasgos estructurales basados en una forma cultural de definir las identidades masculinas y femeninas, así como las relaciones entre ambos géneros; por otra parte, la causa instrumental, esto es, el poder de los hombres y la subordinación de las mujeres requieren un mecanismo de sometimiento. Se trata de una asimetría de poder que es aprendida y que, por tanto, se debe y se puede desaprender (Osborne, 2009).

Pese a que la Ley 1/2004 fue una de las más avanzadas a nivel internacional, concretaba la violencia de género a aquella que ocurría en relaciones de afectividad, esto es, en el marco de una relación de pareja. Hoy día este concepto se está modificando ya que en 2014 España ratificaba el Convenio del Consejo de

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Europa sobre prevención y lucha contra la violencia contra la mujer y la violencia doméstica de 2011 (Convenio de Estambul)3, que obliga a la ampliación del mismo incluyendo otras formas de maltrato y agresión contra las mujeres no relacionadas necesariamente con el marco de la pareja o de una relación de afectividad: acoso sexual, matrimonios forzados, mutilación genital femenina, trata de mu-jeres y niñas con fines de explotación sexual, etc.

Por su parte, en las edades más jóvenes, en concreto en la adolescencia, la violencia de género se ha convertido en un tema de especial interés que ha centrado diversas líneas de sensibilización, intervención e investigación. Conocer la prevalencia de esta violencia a edades tempranas ha sido el objetivo prioritario de gran parte de los estudios realizados en este ámbito (Amurrio, 2008; Díaz-Aguado y Carvajal, 2011; Díaz-Aguado, 2013; entre otros). Sus conclusiones nos muestran una problemática social marcada por las desigualdades de género y la persistencia de un sistema de dominio patriarcal que sigue siendo la base de esta violencia machista.

La exposición de casos en los medios de comunicación ha conducido a tener la mirada puesta en la violencia de género en la adolescencia, pero estos datos, ¿deben alarmarnos?, ¿nos muestran un aumento considerable de la violencia de género en las edades más jóvenes? Como iremos analizando a lo largo del capítulo, no existen datos objetivos que pudieran afirmar que hoy día existe más violencia machista en la adolescencia que hace veinte años, ahora bien, sí existen datos objetivos que demuestran que la violencia de género en la adolescencia se denuncia cada vez más, aunque con ello no podemos afirmar que todas aquellas chicas que sufren violencia estén denunciando la misma, la mayoría, como muestran algunos informes, no denuncian4.

2. La violencia de género en la adolescencia

La violencia de género se puede definir concretamente como la expresión más extrema de las relaciones asimétricas de poder basadas en el género. Así, su finalidad principal es mantener estas desigualdades de poder de mujeres con respecto a los hombres y frenar los avances hacia la igualdad. De hecho, algunas autoras nos recuerdan, apoyándose en datos estadísticos oficiales, que la violencia de género aumenta en las sociedades en la medida en que las mujeres comienzan a alcanzar determinadas cotas de igualdad y poder (Osborne, 2009; Díaz Aguado, 2013).

Como se ha apuntado, aunque no existan datos estadísticos que muestren en las últimas décadas un aumento alarmante de la violencia de género en el noviazgo adolescente, la realidad es que no se ha roto la transmisión generacio-

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nal de la violencia contra las mujeres5: las más jóvenes siguen siendo víctimas de un sistema patriarcal que dista mucho de haber muerto, tal como anunciaban las feministas de la diferencia italianas (Puleo, 1995). Si bien ha habido cambios que han ido desdibujando muchas de las discriminaciones, estereotipos y roles de género, el sistema patriarcal sigue vigente, adaptándose a los nuevos tiempos (Lorente, 2009), actualizando sus presupuestos. En la actualidad, no basta con habernos puesto las “gafas de género”6, sino que han de ser graduadas continuamente a fin de no caer en falsos espejismos igualitarios.

La adolescencia siente lejana la violencia de género, no la reconoce en sus entornos y sus cotidianidades, la considera un hecho que ocurre en edades más adultas y, sobre todo, en espacios relacionados con el matrimonio o la convivencia, realidades lejanas a sus experiencias amoroso-sexuales (Amurrio et al., 2010; Caro, 2008; Caro, 2010; Cantera et al., 2009).

Como expone la Ley 1/2004, la violencia de género no ocurre únicamente en aquellas relaciones en las que hay convivencia, sino en todas aquellas donde exista o haya existido una relación de “afectividad”, entre las que incluimos, las relaciones de noviazgo adolescente. La primera en alertar sobre este tipo de violencia en el noviazgo fue Kanin (1957), llegando a la conclusión de que más del 30% de las mujeres sufrían algún tipo de agresión sexual durante esta etapa, aunque en su investigación el género no era un factor clave, además, el concepto como tal no estaba aún en los discursos científicos7. Posteriormente, en la década de 1980, comienzan a sobresalir otras investigaciones que vuelven a poner el acento en la importancia del análisis de la violencia dentro de las relaciones de noviazgo (dating violence), considerándola comparable a la ocurrida en las relaciones maritales (Makespeace, 1981; Stets y Straus, 1989).

En España, los estudios acerca de la violencia dentro de las relaciones de noviazgo son más recientes. González y Santana (2001) realizaron una investigación con estudiantes de educación secundaria en Santa Cruz de Tenerife, cuyas principales conclusiones reflejan que el 7,5% de los chicos y el 7,1% de las chicas reconocen que en una o más ocasiones han pegado o empujado a su pareja. Este estudio no incorpora el género como categoría...

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