Abono de salarios de tramitación

AutorPedro Méndez González
CargoMéndez Méndez Abogados

Siempre que se cumplan determinados requisitos, el empresario puede limitar el pago de los salarios de tramitaciÛn, abonando tan sÛlo los que correspondan hasta la fecha del acto de conciliaciÛn. Para ello, en dicho acto la empresa ha de reconocer el despido como improcedente y hacer el ofrecimiento de la indemnizaciÛn y de los salarios de tramitaciÛn en dicho acto, sin que sea necesario una puesta a...

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