Soluciones extrajudiciales de conflictos familiares: arbitraje, conciliación, mediación
Actualización del derecho de familia y sucesiones (2005)
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Resumen
1. INTRODUCCIÓN. 1.1. La crisis del proceso judicial contencioso como instrumento para la solución de los conflictos familiares. 1.2. Una hipótesis que explica esa crisis: singularidad de los conflictos y procesos de familia. a) Por su finalidad. b) Por la naturaleza de las relaciones jurídicas de que se ocupan. c) Debilitamiento del principio de legalidad positivista. d) No coincidencia entre partes procesales y partes en conflicto. e) Carácter interdisciplinario del Derecho de Familia e intervención de profesionales no jurídicos. 1.3. El estado de la cuestión en Europa. El «Libro verde sobre las modalidades alternativas de resolución de conflictos en el ámbito civil y mercantil» de 19.04.2002 de la Comisión de las Comunidades Europeas. 2. LA MEDIACIÓN FAMILIAR. 2.1. Introducción. 2.1.1. La mediación familiar en España. 2.1.2. Ventajas de la mediación familiar. 2.2. Conceptos básicos de la mediación familiar. 2.2.1. Definición y diferencias con el arbitraje y la conciliación 2.2.2. Notas esenciales de la mediación. a) La voluntariedad. b) Imparcialidad c) Confidencialidad. d) Carácter personalísimo. 2.2.3. Desarrollo de la mediación. 2.3. El marco jurídico de la mediación en España. 2.3.1. Ausencia de una legislación estatal uniforme. 2.3.2. Medición prejudicial 2.3.3. Mediación intrajudicial. 2.3.4. Legislación autonómica: Aspectos más relevantes.. a) Ley 1/2001, de 15 de marzo de Mediación Familiar en Cataluña. b) Ley 7/2001, de 26 de noviembre, reguladora de la mediación familiar, en el ámbito de la Comunidad Valenciana c) Ley 4/2001 de 31 de mayo, reguladora de la mediación familiar en Galicia d) Ley 15/2003 de 8 de abril de la Mediación Familiar de Canarias. 2.4. Mediación y abogacía. 3. LA CONCILIACIÓN. 3.1. Introducción. 3.2. La conciliación en la nueva LEC 3.3. El Juez conciliador: Pros y contras. 3.4. Praxis judicial en los procesos de familia. 4. EL ARBITRAJE. ESPECIAL REFERENCIA A LA LEY 60/2003. 4.1. Introducción 4.2. Definición 4.3. El marco jurídico del arbitraje. 4.4. Arbitraje y proceso. 4.5. La Ley 60/2003 de Arbitraje. 4.6. Arbitraje y procesos de familia 4.6.1. Introducción. 4.6.2. Las materias de libre disposición en Derecho de Familia. 4.6.3. El arbitraje en los procesos de familia 5. OTROS RECURSOS PARA LA SOLUCION EXTRAJUDICIAL DE LOS CONFLICTOS FAMILIARES. LOS PUNTOS DE ENCUENTRO FAMILIAR. 5.1. Introducción. 5.2. El marco jurídico de la intervención de los PEF en los procesos de familia.
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Extracto
Soluciones extrajudiciales de conflictos familiares: arbitraje, conciliación, mediación
1. INTRODUCCIÓN
Cualquier observador atento que se mueva habitualmente en el campo de la aplicación práctica del Derecho de Familia y concretamente en el ámbito de los procesos de familia, habrá detectado que en los últimos tiempos «algo se mueve» en esta parcela del derecho. Tras veintitrés años de vigencia de la Ley 30/81, comienza a abrirse paso la idea de que es necesario un cambio profundo en la forma de abordar la solución jurídica de los conflictos familiares y en los instrumentos con los que jueces y abogados «gestionamos» los proceso en los que se proyectan esos conflictos. No se trata ya de reformas mas o menos amplias del marco jurídico de los procesos de familia (que son necesarias), sino de un replanteamiento de la propia finalidad de tales procesos, cuyo objetivo último debería ser, en la medida de lo posible, la pacificación del conflicto familiar que subyace bajo ellos1. En esa línea de renovación profunda de la praxis del Derecho de Familia, es en la que se inscribe esta ponencia que abordará el arbitraje, la conciliación y la mediación como métodos alternativos a la solución judicial de los conflictos familiares, así como otros recursos que están contribuyendo muy eficazmente en el «entorno» de tales procesos a la pacificación de los conflictos y a mejorar la calidad de la respuesta jurídico-legal a los ciudadanos en este campo del derecho. 1.1. La crisis del proceso judicial contencioso como instrumento para la solución de los conflictos familiares No es aventurado apuntar que en el origen de este movimiento renovador está la profunda insatisfacción que el resultado final de los procesos contenciosos de separación, divorcio o ruptura de parejas de hecho genera no ya en los operadores jurídicos que intervenimos habitualmente, sino sobre todo en los propios ciudadanos que los protagonizan. Esa inadecuación entre el problema a resolver (conflicto familiar) y el instrumento que se utiliza (proceso contencioso) se manifiesta de muy diversas formas, siendo las mas significativas una agudización del conflicto interpersonal de los adultos, un deterioro cuando no ruptura de las relaciones paterno-filiales y un rosario de incumplimientos post-sentencia (económicos y de régimen de guarda y visitas sobre todo) que ha llevado a acuñar esa máxima de los procesos contenciosos de familia: «... tras la sentencia empieza el verdadero pleito»2. 1.2. Una hipótesis que explica esa crisis: singularidad de los conflictos y de los procesos de familia La explicación a esta crisis del proceso contencioso de familia ha de buscarse necesariamente en las notas distintivas que singularizan a este tipo de conflictos y a los procesos sobre los que se proyectan, que entre otras muchas, podemos resumir en las siguientes notas: a) Por su finalidad Como ya hemos dicho la finalidad esencial de este tipo de procesos ha de ser la pacificación del conflicto familiar que subyace bajo el mismo, ayudando a la redistribución de los nuevos roles familiares. Son procesos cuya sentencia debe tener más de proyección de futuro, fijando nuevas reglas de juego, que de análisis del pasado (salvo el estrictamente necesario), resultando por tanto especialmente inadecuado para ello el reparto de los papeles tradicionales que genera la dinámica del proceso civil contencioso de victima/culpable, ganador/perdedor y que tiende a poner el acento en criterios de negativización del contrario, pues ello provoca una mayor dificultad para las relaciones personales futuras de todo el núcleo familiar3. b) Por la naturaleza de las relaciones jurídicas de que se ocupan Las relaciones jurídicas que se ventilan en los procesos de familia son en muchos casos de carácter personalísimo y todas están teñidas de una inevitable carga emocional que ha de ser tenida en cuenta por todos los operadores jurídicos que de una u otra forma intervenimos en ellos. Desconoc...Ver el contenido completo de este documento
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