Doctrina deontolómca Pontificia

AutorCarlos Jesús Alvarez Romero
CargoDoctor en Derecho Registrador de la Propiedad
Páginas742-752

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En la madrugada del 9 de octubre del año pasado, Pió XII fallecía en su residencia estival de Castelgandolfo. El alborear luminoso de la campiña romana se ensombreció con las nubes de orfandad en que el mundo entero quedó sumido, porque lo que no puede dudarse es que entre los muchos títulos que aureolaron la egregia figura del Pontífice destaca el de su paternidad universal. La Iglesia se hizo durante su reinado tan palpable, valga la expresión, que resulta imposible encontrar a través de los siglos un período semejante. Ahora, cuando la emoción de los primeros momentos ha cedido paso a la contemplación serena de su obra dilatada, cobra un relieve especial la luz de su magisterio sin fronteras, irradiada a todos los sectores de la actividad humana.

Pío XII ha sido el Papa de la paz y el de los niños, el de los enfermos y las misiones, el de los médicos y los juristas..., el Papa de todos, en definitiva. Hay algo que llama la atención sobre manera desde el instante en que se inicia el estudio de su vida, y es su preocupación constante por el hombre, al margen incluso de cualquier consideración religiosa. Esto da a su palabra una agilidad y un sentido extraordinarios, y asi la suya no es la doctrina de un teórico de espaldas a la realidad, sino la de un hombre excepcional entre los hombres, que habla un lenguaje que todos pueden comprender.

Seria interesante en extremo realizar un estudio de su pensa-Page 743miento jurídico, pero una obra tan vasta desborda por completo nuestras posibilidades. Lo que ahora tratamos de expresar es esa relación más calurosa y directa entre Pío XII y los juristas, a través de las varias audiencias que les concedió en atención a su particular calidad.

Puede hablarse sin hipérbole de una especial preparación de Pío XII para el Derecho. Con anterioridad a su decisión de seguir el camino sacerdotal, había cursado ya tres años de estudios jurídicos, siguiendo, aunque de modo vacilante, una tradición familiar, pues le estaba reservada una misión suprema. Iniciado en la vía del sacerdocio, siguió brillando su genio jurídico en las clases dictadas en el célebre Apollinaris, y, sobre todo, en su activa participación en el Código de Derecho Canónico, bajo la alta dirección de San Pío X. Su fama cruzó los mares, y la Universidad católica de Washington le ofreció la cátedra de Derecho Romano, a la que tuvo que renunciar solicitado en Roma por tareas de mayor envergadura. No es, por consiguiente, aventurada la afirmación de que monseñor Pacelli tuvo «unos conocimientos legales superiores a los de cualquier hombre que haya ascendido al trono papal» 1.

Como cardenal Secretario de Estado de Su Santidad Pío XI pronunció un importante discurso exaltando la vocación del jurista, al inaugurar el 12 de diciembre de 1934 el Congreso Jurídico Internacional, reunido en Roma para conmemorar el VII centenario de las Decretales de Gregorio IX y el XIV centenario del Código de Justiniano. Pero lo que aquí nos interesa es exponer, más que comentar, su pensamiento manifestado en las varias ocasiones en que se dirigió a los hombres de Derecho, una vez que recayó sobre sus hombros la grave responsabilidad de dirigir la barca de Pedro. Universitarios y profesionales de las especialidades jurídicas más diversas fueron recibidos corporativamente por el Padre común, y su palabra y su consejo constituyen ahora un legado de inestimable valor.

En los discursos y alocuciones a que nos referimos se distinguen inevitablemente dos aspectos. En primer término se dirige el Papa a los juristas, destaca la importancia de su función y señalaPage 744 los cauces de su quehacer profesional. En segundo lugar alude/a determinadas facetas del Derecho, distintas según la naturaleza del auditorio, pero siempre engarzadas en una serie de eslabones fundamentales.

Son cinco los discursos, entre los varios dirigidos a los juristas, en los que el Papa dedica una atención especial al estudio de su función. Entre ellos destacan los pronunciados el 6 de noviembre de 1949, a los participantes en el Primer Congreso Nacional de Juristas italianos; el 20 de marzo de 1956, a los alumnos de Derecho de Madrid, Deusto y Cardenal Albornoz de Bolonia, y el 5 de octubre del año pasado a los componentes del V Congreso de la Unión Internacional del Notariado Latino. Se da la circunstancia de que el discurso dirigido a los Notarios fue el último de los que pronunció Su Santidad.

Pero sin más preámbulos veamos ya qué significado tienen los juristas en el pensamiento pontificio. «Vosotros sois-dirá el Papa- cultivadores de aquella ciencia noble entre todas, que estudia, regula y aplica las normas sobre las que se fundamenta el orden y la paz, la justicia y la segundad en la convivencia civil de los individuos, de las sociedades y de las naciones» 2. Fijada ya, ab initio, la función del jurista, todo lo demás será fácil. No podemos olvidar que nuestra profesión no es «nuestra», entendiendo el posesivo en ese sentido patrimonial tan sugestivo y tentador. Está al servicio de la mejor convivencia entre los hombres y se nutre de ingredientes tan sublimes como la paz y el orden, la justicia y la seguridad. «Una vida social pacífica y ordenada en la comunidad nacional o en la de los pueblos-dirá en otra ocasión-, no es posible si no se observan las normas jurídicas que regulan la existencia y el trabajo en común de los miembros de la sociedad» 3. Las citas podrían multiplicarse. Bástenos traer aquí algunas palabras dirigidas a los Notarios latinos. «Nos tenemos la certeza de que estos trabajos contribuirán a poner más y más de relieve la importancia de vuestra profesión en el establecimiento de relaciones jurídicas, sanas y sólidas, base necesaria de una vida social pacífica» 4.Page 745

Cuando el Pontífice expresa el carácter noble de la ciencia jurídica, tiene muy presente, además de la trascendencia práctica que acabamos, de referir, el elevado puesto que la corresponde en la escala jerárquica de los saberes particulares. «La nobleza de vuestra profesión ha sido magníficamente descrita por Ulpiano, quien definía la jurisprudencia como divinarum atque humanarum rerum notitia, iusti atque iniusti scientia. ¡Qué noble objeto se asigna en esta definición a la...

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