Dinero electrónico

AutorMariliana Rico Carrillo
CargoProfesora de Derecho Mercantil, Universidad Católica del Táchira (Venezuela)
Páginas3-16
  1. Introducción

    Internet ha revolucionado los conceptos tradicionales, el comercio hoy en día se desarrolla en un entorno electrónico requiriendo nuevos soportes y el diseño de nuevos medios de pago que faciliten las transacciones entre vendedores y compradores; en sus inicios los pagos realizados en Internet se limitaban bien al sistema contrarreembolso o al uso de la tradicional tarjeta de crédito, el auge del comercio electrónico ha traído como consecuencia el desarrollo de nuevos medios de pago ofreciendo grandes ventajas tanto a empresas como a consumidores al proporcionar rapidez, agilidad y seguridad a las negociaciones.

    El uso del dinero efectivo electrónico ha surgido recientemente como una alternativa a los pagos realizados con tarjetas ya que muchos usuarios de Internet se abstienen de realizar sus compras con tarjetas por la facilidad de rastrear la compra, sus nombres, números de tarjetas, gustos, preferencias etc. el dinero electrónico aporta un elemento adicional de seguridad, al no dejar rastros de la compra, ya que en principio es anónimo. En las siguientes líneas nos proponemos abordar el estudio del dinero electrónico haciendo especial énfasis en las nuevas posibilidades que ofrece el uso del dinero efectivo electrónico, sus requisitos de emisión y el marco regulador existente hasta los momentos.

  2. Marco conceptual

    1. Consideraciones previas

      Hablar de dinero electrónico es un tanto complicado y algo confuso, si tenemos en cuenta que es cualquier modalidad de pago que utilice tecnologías electrónicas, como por ejemplo las tarjetas. Dada la amplitud del concepto se hace necesario restringir el campo de estudio, de ahí el título seleccionado para el desarrollo de la presente ponencia. Antes de proceder a definir el dinero electrónico, es necesario considerar dos aspectos fundamentales:el funcionamiento operativo de este medio de pago y las distintas modalidades que pueden ubicarse dentro de la denominación genérica 'dinero electrónico'.

      Al abordar la primera de las cuestiones indicadas, podemos observar que el dinero electrónico se configura como una modalidad de las ya conocidas transferencias electrónicas de fondos, en el sentido que su uso implica un movimiento de fondos de una cuenta bancaria a otra con el objeto de realizar un pago, a través de un medio electrónico. En el caso del dinero electrónico nos ubicamos dentro de la categoría de las transferencias de crédito ya que es el comprador quien pone en marcha la operación correspondiente al girar instrucciones a su banco para que ejecute un pago.

      El segundo de los aspectos planteados, nos conduce a una doble vertiente conceptual, la variedad de medios de pago existentes ubicados todos bajo la categoría general 'dinero electrónico', obliga a hacer una diferenciación, en este sentido distinguimos el dinero electrónico en sentido amplio y el dinero electrónico en sentido restringido.

    2. Dinero electrónico en sentido amplio y en sentido estricto

      En la primera de las orientaciones indicadas anteriormente, (dinero electrónico en sentido amplio), la noción 'dinero electrónico' se identifica con cualquier sistema de pago que requiera para su funcionamiento una tecnología electrónica, abarcando esta denominación, las tarjetas electrónicas, los títulos valores electrónicos (cheques y letras de cambio)[1], las cartas de crédito electrónicas, el dinero efectivo electrónico así como cualquier otra forma de pago que implique la existencia de un medio electrónico para hacerse efectivo.

      En sentido restringido, la noción 'dinero electrónico' alude al 'dinero efectivo electrónico' o dinero digital (en atención a la tecnología actualmente utilizada), utilizándose esta expresión únicamente para referirse a las monedas y billetes electrónicos como sustitutos del dinero metálico o del papel moneda tradicionalmente conocido.

    3. Un intento definitorio

      De las consideraciones expuestas, podemos definir en forma general el dinero electrónico como un instrumento basado en el funcionamiento de una transferencia electrónica de fondos (en lo sucesivo, TEF) que tiene por objeto facilitar el pago en operaciones generalmente concertadas a través de redes de comunicación pudiendo asumir distintas formas se-gún la voluntad de las partes negociantes.

      Decimos que se trata de operaciones generalmente concertadas a través de redes de comunicación pues hay algunos casos, como las tradicionales tar-jetas, que aún cuando implican el uso de medios electrónicos pueden ser utilizadas en cualquier establecimiento físico independientemente de la existencia de una red de comunicación. De otra parte, hablamos del elemento volitivo como requisito indispensable para el uso del dinero electrónico, en el entendido que su aceptación siempre estará supeditada a la voluntad de las partes ya que no puede obligarse a nadie a recibir ni a efectuar un pago distinto del dinero efectivo tradicional calificado como de curso legal en cada una de las legislaciones existentes; así como los cheques y las tarjetas tradicionales requieren para su aceptación la manifestación del concurso de voluntades entre el vendedor y el comprador -y en algunos casos hasta del emisor del medio de pago-, de igual manera sucede con el dinero electrónico en cualquiera de sus distintas modalidades.

    4. Regulación jurídica

      Al configurar una modalidad de las transferencias electrónicas de fondos, el dinero electrónico es regulado en forma general por la normativa que regula las TEF[2]. No obstante esta regulación de carácter general, la preocupación por regular el dinero electrónico propiamente dicho, se ha hecho sentir sobre todo en el ámbito comunitario, donde existen diversos textos legales reguladores[3].

      En materia específica de dinero efectivo electrónico, es de destacar la adopción de la Directiva 2000/46/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 18 de septiembre de 2000, sobre el acceso a la actividad de las entidades de dinero electrónico y su ejercicio así como la supervisión cautelar de dichas entidades (conocida comúnmente como Directiva sobre entidades de dinero electrónico), como único texto legal sistematizado orientado a regular la emisión del dinero efectivo electrónico. La normativa contenida en la Directiva citada, establece un marco reglamentario orientado hacia el...

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