XX Congreso del Instituto Internacional de Derecho Indiano, 16 al 20 de septiembre de 2019. La Rábida, Huelva

AutorSara Moreno Tejada
Páginas923-926
Varia
923
AHDE, tomo XC, 2020
relevantes en la reconfiguración del campo jurídico-académico duran-
te el siglo XIX.
XX Congreso del Instituto Internacional de Derecho Indiano, 16 al 20 de septiem-
bre de 2019. La Rábida, Huelva
El Instituto Internacional de Historia del Derecho Indiano celebró su XX Congreso
internacional el pasado mes de septiembre de 2019. En esta ocasión el encuentro fue
organizado bajo los auspicios de la Universidad de Córdoba y la Universidad
Internacional de Andalucía.
El simposio se inauguró el día 16 por el responsable de la sede de La Rábida,
Agustín Galán; el director del Instituto Internacional de Historia del Derecho Indiano,
Agustín Bermúdez; y el presidente del Comité Organizador, José María García Marín,
quien, en este mismo acto, recibió el «17.º Premio Internacional de Historia del Derecho
Ricardo Levene» por su obra La Justicia del Rey en nueva España. El catedrático emé-
rito de la Universidad Pablo Olavide impartió la conferencia inaugural bajo el título
Sobre el poder regio y la «razón católica» en las Indias. En su disertación nos ilustró
sobre la doctrina teocrática del poder reinante durante los siglos  y  en la Corona
de Castilla caracterizada, entre otros aspectos, por su naturaleza «confesional, patrimo-
nialista y dinástica». La aplicación de esta teoría, presente en las Partidas de Alfonso X
y en las Cortes de Madrigal de 1476, encontró serias dificultades en aquellos territorios
que, como América, Italia o los Países Bajos, sufrían la ausencia permanente del monar-
ca. Para vencerlas, «la doctrina política y la ciencia jurídico-moral, siempre del lado del
detentador del poder, logró afianzar el principio de que la obediencia a la ley regia era
una cuestión de conciencia», en tanto en cuanto el rey era considerado un vicario de
Dios. En este sentido, la garantía última de la aplicación recta de la justicia residía en
el soberano y, en su defecto, la materializaban sus jueces que «ponían en juego su pro-
pia conciencia». Se trata, como afirma el profesor García Marín, de «una utilización
instrumental del elemento religioso».
El evento científico, al que asistieron numerosos especialistas en derecho indiano,
se dividió en un total de dieciocho mesas repartidas a lo largo seis sesiones. Haciendo
gala de una gran interdisciplinariedad, se abarcaron temas como la Historiografía; el
Derecho público y privado; la Administración Pública, la Hacienda, el Ejército; la
Sociedad; o las Instituciones eclesiásticas en las Indias. Buena parte de las intervencio-
nes se centraron en la influencia de la literatura jurídica en la formación del orden
normativo colonial y, en concreto, el influjo de obras como la de Zorraquín Becú, De
Solórzano Pereira, Encinas, De León Pinelo o el Tractatus de Officialibus Reipublicae,
entre otras. Objeto de examen fueron también las aportaciones bibliográficas de
Gattinara, Juan Vicente Ugarte del Pino, Gaspar de Villarroel, Vasco de Quiroga, Pierre
de Belloy, Alamiro de Ávila o Manuel Salvat Monguillot. De igual forma, se analizó el
proceso de construcción del Derecho internacional como disciplina jurídica, a partir de
la comparación de los trabajos de José María Pando y Andrés Bello, delimitándose, al
tiempo, la figura de la Cátedra de Instituta en la Universidad de San Marcos. Por últi-
mo, se expusieron asuntos tan importantes como los orígenes de los congresos del
Instituto Internacional de Historia del Derecho Indiano, la Institución de la Visita en el
proceso recopilador colonial, el tratamiento de la extranjería en el ordenamiento jurídi-
co, o los elementos legislativos presentes en la cartografía hispanoamericana virreinal.

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR