VV.AA.: La prueba civil: aspectos problemáticos. Aranzadi y Revista Jurídica de Catalunya, Barcelona, 2017. 356 páginas. Obra colectiva

AutorSantiago Aragonés Seijo
CargoJuez. Profesor asociado de Derecho procesal de la Universidad de Barcelona
Páginas545-548
Revista Crítica de Derecho Inmobiliario, N.º 771, págs. 545 a 548 545
VV.AA.: La prueba civil: aspectos problemáticos. Aranzadi y Revista Jurídica de
Catalunya, Barcelona, 2017. 356 páginas. Obra colectiva.
por
Santiago Aragonés Seijo
Juez
Profesor asociado de Derecho procesal de la Universidad de Barcelona
La presente obra recoge los estudios presentados en el Colegio de Abogados
de Barcelona el 24 y el 25 de noviembre de 2016 en el Congreso Internacional
sobre prueba judicial organizado por la Revista Jurídica de Catalunya. Se divide
en cinco partes, con cuatro ponencias cada una, que se titulan: aspectos generales
de la prueba; la prueba en los procesos especiales; problemática de las pruebas
periciales, documentales y de interrogatorio; las nuevas tecnologías aplicadas a
la prueba y una mirada hacia afuera. La mayoría de los ponentes tienen una
experimentada carrera profesional tanto en la Universidad, como en la judicatura
o en la abogacía.
Todas las ponencias suman un total de dieciocho artículos, de los que solo
podremos destacar los aspectos más relevantes de algunas de ellas.
El primer capítulo, a cargo del catedrático Joan PICÓ I JUNOY sintetiza
diez sentencias sobre materia probatoria civil del Tribunal Supremo y menciona
numerosas sentencias sobre los distintos medios de prueba. Entre todas ellas, la
sentencia de 2 de marzo de 2011 restringe al máximo el alcance de la ilicitud de
la prueba y la de 7 de marzo de 2013 considera que el articulo 429 LEC es una
mera facultad de sugerencia judicial. Por su parte, la sentencia de 13 de julio
de 2016 —entre centenares de resoluciones mencionadas— reitera que las nor-
mas sobre la carga de la prueba solo entran en escena cuando no hay actividad
probatoria. También debe destacarse, que la Sala Primera ha concluido que la
pericial privada y la del perito judicialmente designado gozan de plena igualdad
respecto de la valoración judicial de su contenido, sin que prime una sobre la
otra (STS de 21 de julio de 2016).
En el segundo capítulo, el magistrado Juan F. GARNICA MARTÍN exami-
na la dificultad de la prueba del lucro cesante, entendido este como ganancia
probable. La jurisprudencia no exige certeza absoluta sobre la existencia de las
ganancias futuras frustradas, sino una fundada probabilidad de que las mismas
se produzcan en el normal desarrollo de las circunstancias del caso. Debe acredi-
tarse tanto la existencia del lucro cesante —con el daño y el nexo causa— como
su cuantificación, siendo esta última la que mayores problemas genera. Para el
cálculo del lucro los tribunales suelen acudir a criterios estandarizados basados
en la experiencia, tales como las declaraciones fiscales o certificados gremiales.

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