Licencia para la construcción de 25 viviendas en terrenos del parque natural de La Albufera. Sueca (Valencia)

AutorAntonio Ramos Medrano, Jose - Ramos Díez, Francisco Javier
Cargo del AutorLicenciado en Ciencias Ambientales
Páginas285-286

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ASUNTO: Licencia para la construcción de 25 viviendas en terrenos del parque natural de La Albufera. Sueca (Valencia)

SENTENCIA: STSJ de Valencia de 16 de diciembre de 2008

RECURRENTE: Generalitat Valenciana

El municipio de Sueca tiene el 78,62% de su término municipal dentro del parque natural de La Albufera, representado un 34,43% del total del parque, de aquí la influencia que sus decisiones urbanísticas tienen de cara a la conservación y mejora de este hábitat natural, declarado Lugar de Importancia Comunitaria y con una fuerte presión urbanística al estar situado dentro de un área metropolitana con una muy elevada densidad de población, lo que obliga a extremar las medidas de protección y conservación para evitar la paulatina pérdida de sus valores naturales.

Lamentablemente, en este municipio encontramos otro supuesto de concesión de licencia de edificación al margen de lo previsto en el planeamiento, si bien las obras se pararon en su inicio lo que ha evitado una situación consolidada con los problemas que hubiera supuesto la finalización y venta de estas viviendas. De esta forma, al pararse las obras en fase de cimentación la indemnización por los daños causados no será muy elevada y no existen terceros adquirentes de buena fe, lo que facilita la labor de restauración de los terrenos.

La licencia fue concedida el 14 de septiembre de 2004, apenas dos meses antes de la aprobación, el 19 de noviembre, del Plan Rector de Usos y Gestión del Parque Natural la Albufera, que incluye estos terrenos dentro de las Áreas de Actuación Preferente denominada Regeneración de Ambientes Rurales, destinada a la pervivencia, conservación y mejora del ambiente de huerta. Pero no se trataba de correr a ver quien llegaba primero, ya que se había suspendido el planeamiento de Sueca en la zona incluida dentro del parque natural, precisamente como medida cautelar para redactar el Plan Rector de Usos y de Gestión, pero el Ayuntamiento llevó a cabo una interpretación que entendía que a este terreno no le afectaba la suspensión del planeamiento por tener la consideración, según ellos, de suelo urbano de litoral y tener todos los servicios para ser considerado como urbano, interpretación que carece de todo tipo de apoyo, como señala el tribunal1, ya que la suspensión del pla-

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neamiento en el ámbito del parque natural no tenía excepciones y la interpretación de que no afecta al suelo urbano es una simple argumentación para conceder la...

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