Sobre las virtudes cívicas. El lenguaje moral del republicanismo

AutorOscar Pérez de la Fuente
CargoUniversidad Carlos III de Madrid
Páginas145-181

Este artículo se enmarca en el Proyecto Consolider-Ingenio 2010 "El tiempo de los derechos" CSD2008-00007. Y en el marco del proyecto de investigación "Historia de los Derechos Fundamentales, S.XX" cuya referencia es DER2008-03941.

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1. Las virtudes cívicas en el renovado interés por el republicanismo

El éxito de la tarea de presentar el republicanismo como una alternativa viable al liberalismo depende de varios factores, especialmente del acierto de aportar nuevas propuestas de diseño institucional, que consigan el consenso adecuado para su implantación1. Para delimitar sus objetivos son necesarias algunas precisiones que ayuden a clarificar el perfil de su enfoque. Algunos han querido mostrar al republicanismo como una especie de síntesis superadora que tendría como tesis y antítesis las visiones de la polémica liberal comunitarista2. Los excesos de ambas posiciones serían descartados y se vehicularía un discurso que se centra en la noción de autogobierno con una fuerte incidencia en la participación y deliberación de los ciudadanos en los asuntos públicos. Lo que ocurre con estas posiciones de síntesis es que sus compromisos pueden ser leídos desde la compatibilidad con las anteriores posiciones y entonces, en ocasiones, su lectura dista de ser clara, aunque podría enmarcarse en nuevos horizontes.

El republicanismo, surgiría, o resurgiría desde el antecedente del republicanismo clásico, frente al individualismo del yo desvinculado -Sandel- y procedimentalismo del liberalismo rawlsiano y, a la vez, frente al perfeccionismo y el moralismo legal de algunas versiones del comunitarismo. Los autores republicanos forjarían sus postulados poniendo el acento, como explica Ovejero, en un "principio" distinto: la autorrealización y participación (Arendt); la virtud y los deberes cívicos (Pocock); la deliberación (Sunstein); la libertad (Pettit); el autogobierno y el patriotismo (Sandel)3. En el intento de marcar un perfil propio para su posición, Pettit propuso la noción de li-

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bertad como no dominación como alternativa a las clásicas categorías de libertad negativa y positiva de Berlin. Ruiz Miguel considera que aquélla es una noción "sobrevalorada"4. La clave reside, si no se quiere reducir a una cues-tión meramente teórica, en clarificar qué modificaciones en la práctica de las sociedades democráticas supone afirmar la libertad como no dominación. Es decir, si ésta representa realmente una nueva versión de los derechos y deberes y en qué consiste específicamente.

Otra novedad, que marca un perfil propio, de las visiones republicanas es el énfasis en las virtudes cívicas. Como ponen de manifiesto Bertomeu y Doménech, la tradición republicana no se mueve en el plano de las teorías ideales, como la propuesta por Rawls. Lo que es esencial para los republicanismos normativos es el problema de las motivaciones (plurales) de los agentes -de ahí su particular devoción al tema de la virtud-, así como sus programas de diseño institucional5. La deliberación y la participación en los asuntos públicos, la implicación en la comunidad, el ejercicio de la solidaridad requieren de ciudadanos que cultiven las virtudes cívicas. Esto puede inter-pretarse desde una lectura comunitarista en una práctica política de la virtud en la tradición aristotélica, como propone MacIntyre. Pero también cabe una lectura liberal de unas virtudes cívicas circunscritas a la participación en lo político, pero respetuosas de la separación entre público y privado y, en última instancia, de la autonomía individual. La viabilidad de esta lectura liberal de las virtudes cívicas podría estar en entredicho, pero eso sólo significaría que el republicanismo realiza una aportación original y requeriría justificar sus compromisos, lo que no sería un sinónimo ineludible, aunque posible, de una lectura comunitarista. Se analizará a continuación los extremos de esta cuestión en términos de Sandel y Rawls.

La versión fuerte del ideal republicano, explica Sandel, volviendo a Aristóteles, ve la virtud cívica y la participación política como intrínsecos a la libertad; dada nuestra naturaleza como seres políticos, somos libres sólo en la medida que ejercemos nuestra capacidad de deliberar sobre el bien común, y participar en la vida pública de una ciudad o república libre. Unas más modestas versiones de ideal republicano ven la virtud cívica y servicio público como instrumental a la libertad; la libertad de perseguir nuestros fi-

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nes depende de preservar la libertad de nuestra comunidad política, que se vincula a su vez a la buena disposición para poner el bien común encima de nuestros intereses privados6.

Respecto del republicanismo en sentido débil, Rawls considera que no hay nada incompatible con la propuesta del liberalismo político que representa la justicia como imparcialidad, ya que aquél no parte de ninguna doctrina religiosa, filosófica o moral comprehensiva. Rawls matiza que "como mucho, puede haber ciertas diferencias en asuntos de diseño institucional y de sociología política de los regímenes democráticos"7. Sin embargo, Rawls sí considera que el liberalismo político está en oposición al humanismo cívico, que describe como una variante del aristotelismo, según la cual, el hombre es un animal social cuya naturaleza esencial se realiza de un modo más pleno en una sociedad democrática en cuya vida política se dé una amplia y vigorosa participación. En esta visión, según Rawls, "ocurre más bien que la participación en la política democrática se entiende como el locus privilegiado de la vida buena. Se trata de un regreso a la entronización de lo que Constant llamó las ‘libertades de los anti-guos’ e incorpora todos sus defectos"8. Por lo que Rawls acepta parcialmente una versión del republicanismo, pero se opone a la idea del hombre como animal político y a que las visiones de la vida buena ocupen un papel en la vida pública.

El objetivo de las siguientes líneas será analizar la noción de las virtudes cívicas del ciudadano desde la perspectiva de la ética de las virtudes. La intuición inicial es que no se suelen atender lo suficiente los compromisos metaéticos del lenguaje de las virtudes cuando se trata de virtudes cívicas. Dicho en otras palabras, se analizará, de forma sintética, qué son y cómo funcionan las virtudes y se relacionará, como telón de fondo, con la lectura liberal y la lectura comunitarista de las virtudes cívicas. El objetivo es clarificar la noción de virtudes cívicas para el republicanismo y articular una aproximación a las implicaciones de esta noción para el discurso de fundamentación.

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2. Ética de las virtudes

Los enfoques éticos que suelen invocarse con asiduidad son el énfasis deontológico por los derechos o los principios correctos y la preocupación consecuencialista por los efectos de las acciones, en forma de utilidad, placer o bienestar. Sin embargo, las gramáticas morales ofrecen más posibilidades y ha suscitado un renovado interés la perspectiva según la cual la ética se compondría básicamente de virtudes morales. Desde esta perspectiva, Nussbaun afirma que "las virtudes están atrayendo un interés creciente en el debate filosófico contemporáneo. Desde diferentes lugares, uno escucha insatisfacción con las teorías éticas que están remotas de la concreta experiencia humana"9. La intención será analizar las características de la ética de las virtudes para poder comprender el entramado moral de las virtudes cívicas.

La ética de las virtudes ha sido caracterizada de varias formas. Según Hurtshouse, ha sido descrita: a) como una ética que está ‘centrada en el agente’ más que ‘centrada en el acto’; b) como concernida con el Ser más que con el Hacer; c) como dirigiéndose a sí misma la cuestión ‘¿Qué tipo de persona debo ser?’ más que a la cuestión ‘¿Qué tipo de acción debo hacer?’; d) como tomando ciertos conceptos areteicos (bien, excelencia, virtud) como básicos más que los conceptos deónticos (derecho, deber, obligación); e) como rechazando la idea que la ética es codificable en reglas o principios que pueden proveer una guía de acción específica10. No todos los defensores de la ética de la virtudes apoyarían todas y cada una de las características. No obstante, éstas proveen un buen marco de análisis para detectar algunas objeciones comunes a esta forma de argumentar éticamente y permiten vislumbrar como la ética de las virtudes tiene una idiosincrasia propia, un enfoque original para afrontar problemas y, especialmente, un lenguaje moral distintivo y con particular relevancia en contextos educativos y de justificación del discurso.

La percepción habitual de los debates morales tiende a centrase en las soluciones concretas, pero dedica poca atención a las cuestiones metaéticas. Para clarificar el panorama, se expondrán las premisas metaéticas de consecuencialismo, deontologismo,y ética de las virtudes:

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P1 Una acción es correcta si promueve las mejores consecuencias, es decir, si maximiza la felicidad (Consecuencialismo)11

P2 Una acción es correcta si está de acuerdo con una regla o principio moral correcto (universalizables por el imperativo categórico, establecidos por Dios, objeto de elección por todos los seres racionales, etc.) (Deontologismo)12P3 Una acción es correcta si es lo que un agente virtuoso haría característicamente (actuando según su carácter) en esas circunstancias. (Ética de las virtudes) 13

Para precisar los términos de la ética de las virtudes, se analizarán a continuación las siguientes cuestiones: a) Sobre la circularidad de la definición de la ética basada en el agente b) Sobre la indeterminación de la ética de las virtudes.

2.1. Ser o Hacer Sobre la...

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