La violencia contra las mujeres en el ámbito familiar

AutorAntonio Jesús Yugueros García
CargoDoctor de la Universidad Pablo Olavide
Páginas145-159

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1. Cambio de perspectiva en el abordaje de la violencia contra las mujeres

Como consecuencia de las primeras reivindicaciones de los grupos de mujeres, y feministas, apoyados por los medios de comunicación social, en la lucha contra la violencia hacia las mujeres, en la década de los 80 (Valpuesta, 2008), comenzó un cambio de perspectiva de este

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problema social, tomando la ciudadanía conciencia de que en un Estado democrático y de derecho como España, estos sucesos no se podían permitir (Fagoaga, 1999; Cantos, 2010).

Coadyuvó de manera notable a este cambio, la fundación del Instituto de la Mujer en el año 1983, que llevó a cabo importantes acciones de sensibilización social, y se implementarían medidas de diversos tipos, para que en el ámbito político se le diera a la violencia contra las mujeres la importancia y gravedad que este tema tenía (Valiente, 2006; Hermosa, NietoMorales, 2011). Este organismo ha desempeñado una labor fundamental en los cambios de nuestra sociedad en cuanto a la situación de las mujeres en general y en la violencia contra ellas en particular.

Poco después, en 1984, España ratificó la Convención sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación contra la Mujer, conocida con las siglas CETFDCM o CEDAW (ONU, 1979), y en 1989 la Comisión de Derechos Humanos del Senado emitió un informe donde reconocía que la violencia contra las mujeres en la pareja no hace distinción de clases, se ejerce sobre mujeres e infancia. Los hombres que la cometen lo realizan como una forma de demostrar su autoridad en el seno de la familia, su dominio sobre las mujeres y está basada en la desigualdad y en concepciones ideológicas patriarcales (De Miguel, 2005; Lomas, 2011).

En este mismo año, se abrieron en Madrid y Pamplona, las primeras casas de acogida para mujeres maltratadas, que después serían implantadas en otras muchas ciudades.

En Europa, el artículo 2º del Tratado constitutivo de la Comunidad Europea (CE, 1992), en la versión dada por el Tratado de Maastricht de 7 de febrero de 1992, y el Tratado de Ámsterdam de 2 de octubre de 1997, proclama como principio fundamental la igualdad entre el hombre y la mujer.

A nivel global, la Organización de Naciones Unidas, realizó un gran esfuerzo en la promulgación de disposiciones contra la desigualdad entre hombres y mujeres y la lucha contra la violencia de género:

— II Conferencia Internacional sobre Derechos Humanos, celebrada en Viena (ONU, 1993a).

— Declaración sobre la eliminación de la violencia contra la mujer. Resolución de la Asamblea General de las Naciones Unidas número 48/104, de 20 de diciembre de 1993 (ONU, 1993b).

— IV Conferencia Mundial de las Mujeres, celebrada en Beijing (ONU, 1995).

Siguiendo con el relato de los cambios surgidos en España, un luctuoso suceso ocurrido en diciembre del año 1997, el asesinato de Ana Orantes, a manos de su pareja, después de haber contado en la televisión pública andaluza, el drama que estaba viviendo, sería el desencadenante para que en nuestro país, comenzaran a implementarse de manera diligente y con celeridad, medidas encaminadas a combatir la violencia contra las mujeres en las relaciones de pareja. Con este caso, además, se experimentó un cambio cualitativo en el abordaje periodístico de la violencia de género (Peralta, 2012; CAA, 2013).

Es de justicia advertir, que los movimientos feministas han desempeñado una importante labor en este proceso de visibilización de la violencia contra las mujeres, y de la atención a las mujeres víctimas, entre otras medidas, editando publicaciones como la revista Vindicación Feminista (1976), a modo de ejemplo, en el número 2 de esta revista, publicada en agosto de 1976, se puede leer un artículo de Lidia Falcón, titulado:”Las agresiones. Cada día puede morir una mujer” (Falcón, 1976), donde relata la violencia habitual que padecen las mujeres de esta época por parte de sus parejas. También, con la presencia activa en los

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medios de comunicación, se sensibilizaba a la población sobre la gravedad de la situación que sufrían muchas mujeres.

Con la llegada de Internet, se crearon páginas webs que abordaban temas relacionados directamente con estos movimientos sociales. Así, las plataformas virtuales como Fundación Mujeres (1994) y Red Estatal de Organizaciones Feministas contra la Violencia de Género (2002), serían modelos en este sentido, les proporcionarían unos medios eficaces para difundir sus campañas reivindicativas sobre temas relacionados con el mundo femenino, pero muy especialmente, sobre violencia de género, a un número cada vez más amplio de personas. Además, desde esta última plataforma se instaba a las administraciones públicas, a que llevasen a cabo acciones tendentes a la erradicación de esta violencia.

La relevancia social que el tema de la violencia contra las mujeres ha adquirido en España, hace que pueda hablarse de la existencia de un verdadero movimiento social contra los malos tratos (Bermúdez, Rosal, 1999; Cantos, 2010), con unos niveles de sensibilización y acción particularmente elevados en comparación a otros países de nuestro entorno; a este respecto, los datos de una encuesta del Centro de Investigaciones Sociológicas de marzo de 2005 (CIS,2005), pusieron de manifiesto que el 91,7% de las personas encuestadas declararon que la violencia de género es totalmente inaceptable, el 5,4% que es algo inevitable porque siempre ha existido, y el 1% que era aceptable en algunas circunstancias, con lo cual la perspectiva de cambio por parte de la población española ante este problema, ha sido considerablemente positivo.

Abundando sobre la aprobación de medidas legales en la lucha contra la violencia de gé-nero, se destaca que en 1997 este tipo de violencia fue introducida como área específica en el III Plan de Igualdad entre Hombres y Mujeres del Instituto de la Mujer (Plan, 1997), con un nuevo ámbito de actuación que no aparecía en los dos planes anteriores, poniendo de manifiesto la estrecha relación existente entre la desigualdad de género y la violencia de género.

Progresivamente, saldrían a la luz planes de acción. El I Plan de Acción Contra la Violencia Doméstica (Plan, 1998), abarcaría el período 1998-2000, y establecía seis áreas de actuación:

  1. Sensibilización y prevención.

  2. Educación y formación.

  3. Recursos sociales.

  4. Sanidad.

  5. Legislación y práctica jurídica.

  6. Investigación.

    Estaban involucrados varios departamentos ministeriales y Comunidades Autónomas, y tenía como objetivo erradicar los actos de violencia contra las mujeres en el ámbito doméstico, así como ayudar a paliar las consecuencias ocasionadas en las mujeres víctimas como resultado de estos sucesos de violencia. A pesar de que todavía utiliza el término violencia doméstica y no de género, este documento manifiesta que la violencia contra las mujeres es un problema que afecta a la sociedad, y va en contra de los valores democráticos.

    El informe de ejecución de este plan, ofrecía la creación de más de 200 programas destinados a mujeres víctimas de violencia y a sus hijos e hijas. La implantación de 130 servicios de atención especializada de la Policía (SAM) y de la Guardia Civil (EMUME). La habilitación de 125 centros de acogida y también centros de información y oficinas de asistencia a víctimas en juzgados y fiscalías, etc.

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    El II Plan Integral contra la Violencia Doméstica abarcaría el período 2001-2004 (Plan, 2001) con cuatro objetivos principales:

  7. Promover una educación encaminada a evitar la reproducción de comportamientos violentos basados en estereotipos de género.

  8. Perfeccionar la legislación y el procedimiento legal para conseguir una mayor eficacia en los procesos, una mejor protección de la víctima y una penalización más contundente del agresor.

  9. Optimizar los recursos sociales y servicios de atención a las mujeres víctimas y potenciar la coordinación de los diferentes organismos sociales implicados.

  10. Medidas asistenciales y de intervención social e investigación.

    En el marco de este plan continuaron las actuaciones tendentes a mejorar la asistencia a mujeres víctimas de violencia de género, incluyendo, entre otras cuestiones, la promulgación de la Orden de protección a las víctimas de violencia doméstica y de género, que se aprobaría en el año 2003.

    En septiembre de 2002, por convenio entre el Consejo General del Poder Judicial y los Ministerios de Justicia, Trabajo y Asuntos Sociales, se creó el Observatorio de Violencia Doméstica, llamado a partir de julio de 2003, Observatorio contra la Violencia Doméstica y de Género.

    Con la promulgación de la Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género (LO, 1/2004), se implementarían un elenco de medidas de atención y prevención a las mujeres víctimas, sin parangón. Más adelante se detallará en este trabajo.

    En el año 2006, inspirado en esta LO. 1/2004, se aprobó el Plan Nacional de Sensibilización y Prevención de la Violencia de Género (Plan, 2006) para el período 2007-2008, el cual preveía varios niveles de intervención, a corto medio y lago plazo.

    Con el objeto de dotar de un nuevo impulso a la LO.1/2004, se aprobó en este mismo año un catálogo de medidas urgentes de lucha contra la violencia de género, con el fin de proteger a las víctimas. Se adoptaron 20 disposiciones, agrupadas en cuatro grandes grupos.

    Para completar estos planes, salió a la luz el acuerdo por el que se adoptan medidas adicionales en la lucha contra la violencia de género, aprobado por el Consejo de Ministros el día 2 de marzo de 2007, y el acuerdo por el que se adoptan acciones para dar cumplimiento a las propuestas aprobadas por unanimidad por el Congreso de los Diputados en materia de violencia de género de 22 de junio de 2007.

    Igualmente, el Plan estratégico de...

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