La violencia de género en España: estado de la cuestión y principales desafíos

AutorSandra López De Zubiría Díaz
Cargo del AutorProfesora del Departamento de Derecho Público II y Filología I de la Universidad Rey Juan Carlos (Madrid, España)
Páginas329-344
329
X V I . L A VI O L E N C I A D E G É N ER O E N E S PA Ñ A :
ESTADO DE LA CUESTIÓN Y PRINCIPALES
DESAFÍOS
Sandra López de Zubiría Díaz1
Sumario: I. Aproximación teórica al fenómeno de la violencia de género II.
La violencia reconocida III. datos y aspectos relevantes en el contexto español IV.
Principales desafíos y propuestas para acometerlos V. Hacia una reconceptualiza-
ción de la violencia de género como conclusión nal.
I. APROXIMACIÓN TEÓRICA AL FENÓMENO DE LA VIOLENCIA DE
GÉNERO
Considerando la importante sensibilización que presenta, en términos genera-
les, la sociedad española en contra del fenómeno de la violencia de género podría
parecer que es una cuestión actual, aconteciendo únicamente en los últimos años
y contra la que la ciudadanía ha reaccionado de forma inminente. Sin embargo, la
violencia de género ha estado presente durante toda la historia de la humanidad, a
escala global y la armación de que las reacciones sobre ella han sido inminentes se
sitúan lejos de la realidad (De Miguel, 2015, p. 45).
1 Profesora del Departamento de Derecho Público II y Filología I de la Universidad Rey Juan
Carlos (Madrid, España).
330 María Teresa Montalvo Romero y Carlos Fernández Abad
De esta forma, si bien las expresiones de violencia han acompañado a las muje-
res de forma consustancial a su existencia, la preocupación por la misma, incluso
su propio reconocimiento, se ha realizado de forma tardía, tanto en un contexto
nacional, como de forma internacional. Así, el propio derecho internacional obvia-
ba la situación especíca de las mujeres, alimentándose de un característico andro-
centrismo que evitaba cualquier perspectiva de género (Díez Peralta, 2011, p. 118).
Cuestión que afortunadamente ya ha ido cambiando.
En este sentido, conviene hacer alusión a importantes instrumentos que han per-
mitido identicar la situación de desigualdad vivida por las mujeres, reconocer sus
derechos como auténticos derechos humanos y condenar la vulneración de los mis-
mos, aspecto este último que se ha producido de forma constante en el mundo.
Si bien un desarrollo de todos aquellos instrumentos que han facilitado sentar las
bases de la identicación y tratamiento de la violencia de género, resultaría impo-
sible en un texto como el presente, sí conviene hacer una aproximación de aquellos
que han gozado de mayor repercusión en el contexto más cercano.
Así, como primer paso en la Comunidad internacional sobre esta cuestión con-
viene señalar la Declaración de las Naciones Unidas sobre la eliminación de todas
las formas de discriminación contra la Mujer, en 1979; considerado asimismo como
“el referente principal” en el contexto internacional en materia de igualdad de género
(Estévez y Martín García, 2018, p. 5). Este texto, a pesar de no reconocer la violencia
como clara expresión de discriminación contra las mujeres hasta 1992 (a través de la
recomendación nº 19 de la CEDAW2) supuso el primer paso de un largo camino que
aún estamos recorriendo, como es la protección de los derechos de las mujeres. De
esta manera, la Declaración supone el despertar internacional, que por n advierte
una vulneración sistemática de los derechos de las mujeres, iniciando la articulación
de principios de género (Engle, 2006, p. 72) que darían pie a su incorporación en
los siguientes textos.
En consecuencia, si bien años más tarde, nos encontramos con la Declaración y el
programa de acción de Viena; así como con la Declaración de la Asamblea General
de las Naciones Unidas sobre la eliminación de la violencia contra la mujer, ambos
textos de 1993.
Con ellos, se identica la violencia contra las mujeres como “categoría autónoma”
(Orjuela, 2012, p.98), se denen los diferentes tipos de violencia (destacando la sig-
nicación de la violencia psicológica) y se insta a los Estados a la adopción de meca-
nismos ecaces en la lucha contra este tipo de violencia, ya de relevancia pública, de
2 También resulta importante señalar la relevancia de la recomendación nº35, donde se reconocen
los diferentes ámbitos donde se pueden producir violencia contra las mujeres y donde se reitera la
responsabilidad de los Estados en esta cuestión.

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