Varia

AutorLa Redacción
Páginas809-824

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El establecimiento dé una justicia nacionalsocialista

El nombramiento del nuevo Ministro de Justicia alemán, doctor Georg Thierack, contiene la orden del Führer de edificar una justicia nacionalsocialista. Las revistas jurídicas alemanas atribuyen a este acontecimiento una capital importancia. He aquí un pasaje de las palabras introductoras del Deutsches Recht (1.942, núrn. 37/38) tituladas "La hora de la prueba: "Por los decretos del Führer se puso término a la ausencia de una dirección en la esfera de la Justicia. La ocupación definitiva del Ministerio imperial de Justicia por uno de los más altos Magistrados del Imperio echó por tierra los rumores sin sentido referentes al sino de la- Justicia o mediante una equiparación equivocada a la suerte del Derecho. Por medio sólo de la nueva dirección hemos superado el punto álgido de la crisis. Se ha creado un nuevo campo magnético, en torno del cual se reúnen los guardianes nacionalsocialistas del Derecho, para llevar a cabo nuevos esfuerzos. Los defensores del Derecho tienen sobrado motivo para saludar a la nueva dirección llenos de confianza. Los poderes especiales para la construcción de una Justicia nacionalsocialista expresan la confianza que, el mismo Führer brinda al nuevo Ministro imperial de Justicia. EJ Ministro y el Subsecretario han trabajado durante años como altos Magistrados del Imperio, han soportado las preocupaciones y la responsabilidad de esta gran profesión en años difíciles y con plena conciencia, y conocen la Justicia por su actividad en puestos políticos de la periferia de la jurisdicción: el Tribunal Popular y la Corte de Presas en Hamburgo. E1 Ministro, lo mismo que el Subsecretario, se tenían que enfrentar, como Magistrados prácticos y como miembros de la administración de justicia, con magnas tarcas, y las resolvieron. Con la ocupación unitaria del Minísterio de Justicia del Imperio, de la Asociación de los Guardianes Na-Page 810cional sócialistas del Derecho, y de la Academia del Derecho Alemán, hase conseguido, también en esta, esfera de la vida popular, la unidad del Partido y del Estado, y además la unidad de práctica e investigación, de justicia y de dirección sindical" (1.º, pág. 1.250).

No causa asombro que tamaño acaecimiento ha provocado numerosos artículos sobre la estructuración de la apeticída Justicia nacionalsocialista. Resumamos a continuación dos de dichos escritos programáticos, como botones de muestra.

El Subsecretario del Ministerio de Justicia imperial, doctor Curt Rothenberger, publica en la revista Deutsche Justiz (1942, págs. 565 y siguientes), "Los primeros pensamientos sobre la construcción de una Justicia nacionalsocialista". La actual guerra será la primera en la que el Derecho, en lugar de la fuerza, se impondrá. No obstante, el Derecho tiene que adaptarse a las necesidades de la guerra. Quien, como jurista de la anticuada tradición, lloriquee sobre ello o hasta se designe, o quien levante el grito al cielo a causa de la supuesta ausencia de Derecho o de seguridad de Derecho, carece de comprensión de la situación política e histórica. Mas todo ello no es obstáculo a que ya se prepare lo por venir. El Juez ha desempeñado, en todos los Imperios florecientes, un papel especial: así, en el Imperio romano e inglés. En marzo de 1939 adoptaron en Viena el Fascismo italiano y el Nacional; socialismo alemán, entre otras, las siguientes tesis: "El Juez, a diferencia de otros funcionarios, deriva su autoridad directamente de la dirección del Estado" (tesis 5.a) : "en la organización de ambos Estados, el Juez ocupa un puesto especial entre los funcionarios del Estado (tesis 8.ª). En esté sentido habló el Duce, en su discurso del 6 de mayo de 1942, de la "misión verdaderamente sagrada" de la Justicia. El Juez está sometido al Pührer, como Magistrado supremo del Imperio aleman. Por tanto, cada Juez debe juzgar como si juzgara el mismo Führer, o sea basándose exclusivamente en principios jurídicos nacionalsocialistas. Por otro lado, el Juez no está sometido sino al Führer; ningún otro funcionario debe darle órdenes referentes al ejercicio de la Justicia. Los Jueces alemanes encarnan altos valores morales. Sin embargo, nos encontramos con una crisis de la Justicia de un tamaño hasta ahora nunca conocido Este hecho aparentemente contradictorio se explica por dos causas: 1), en las tareas modificadas y dificultadas, provocadas por el tránsito a una nueva época y atribuidas por el legislador nacionalsocialista al Juez: 2), en el hecho de que el desarrollo histó-Page 811rico del Juez alemán, su educación y su elección han hecho surgir un tipo humano y una manera de pensar ínadecuados a estas tareas reformadas. En la época liberal se trataba de la interpretación de las Leyes; hoy hemos de hallar el Derecho. Y no sólo eso: además, el Juez debe crear Derecho. La recepción del Derecho romano había determinado este desenvolvimiento. Stölzel lo describe plásticamente en las siguientes palabras: "Hasta ahora la escuela del Juez había sido la vida; y en ella había aprendido lo recto, deviniendo en ella un Juez sabio. Ahora aprendemos derechos en las aulas de las Universidades, y se convierte en un Juez erudito." El punto de partida para toda reforma de la enseñanza ha de>ser el punto 20 del programa del Partido: "Los planes de enseñanza de todos los Institutos educativos deben adaptarse a las exigencias de la vida práctica." Dicha exigencia programática debe llevarse a cabo tanto en la educación universitaria como en la preparación práctica de la profesión judicial. Además, quien quiera ser Juez, debe conocer la vida. Así llegamos a las siguientes pretensiones: a) Nadie debe llegar a ser Juez demasiado temprano. El juzgar requiere un juicio maduro, cierta distancia interior y un carácter vigorosamente disciplinado; todas ellas cualidades que apenas se pueden esperar de un "asesor" de veintiocho años, que nunca tuvo que luchar en la vida b) Nadie que ya se ha conquistado una posición en otra profesión, querrá ser después Juez, a no ser que se cree un presupuesto el puesto de un Juez alemán debe ser, en el campo moral y material, dé tal forma que ofrezca alicientes aun para los mejores de la joven generación. La dirección del Estado brinda a los Jueces, por su legislación elástica y la libertad del Juez de órdenes, tal confianza, que sólo puede reputar dignos de ella a los mejores. Si puede haber en un Estado de caudillaje hombres libres de órdenes en la esfera de la Justicia, sólo pueden serlo pocos y hombres egregios.

El Magistrado de la Audiencia, doctor Hans Liedermann, aborda, en la revista Deutsches Recht (1942, págs. 1.377 y sigs.), el interesante tema "Interpretación de la Ley y formación del Derecho". Tres ejemplos evidencian la nueva manera de interpretan la Ley: 1.° Con arreglo a un precepto del Derecho alemán, el arrendador no puede desahuciar al subarrendatario, si éste posee con su familia, en la pieza subarrendada, un hogar independiente. En el caso en cuestión, el arrendador quiso desahuciar a la viuda de un soldado caído en el campo de batalla por no poseer ya, después de la muerte de su marido, un hogarPage 814de esta suerte a su mayoría de edad. "Difficile est satiram non scribere La teoría de la "comitas" confunde la soberanía, que consiste en la autonomía lógico-normativa del ordenamiento jurídico, con el poder real de" hacer lo que plazca a uno. Aunque dicha teoría ha experimentado hoy día una refutación unánime, conviene poner de relieve que el principio de la reciprocidad, admitida con idéntica unanimidad, no es sino un residuo de la "comitas", ya que no hace aplicar Derecho por razones jurídicas, sino por consideraciones políticas, o sea de conveniencia. La doctrina opuesta...

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