La participación social por acciones y los Valores mobiliarios en el Derecho español (dos figuras jurídicas en elaboración)

AutorLa Redacción
Páginas194-196

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FRANCISCO GUIJARRO ARISZABALAGA, Abogado, Inspector, Técnico de Timbre del Estado: La participación social por acciones y los Valores mobiliarios en el Derecho español (dos figuras jurídicas en elaboración). Con un prólogo de RODRIGO URIA, Catedrático de Derecho Mercantil-Escelicer, S. A., San Sebastián.

Un tomito cuya materia comprende dos partes: "La participación social por acciones" y "Los valores mobiliarios en el Derecho español".

I

Después de afirmar que el concepto de la "participación social por acciones" se halla en trance de elaboración, apoya su tesis no sólo en los razonamientos que prodiga, sino en la discrepancia de los autores nacionales y extranjeros, respecto de cuáles son las características del concepto aludido por la palabra acción.

Desenvuelve con gran copia de datos los antecedentes que señalan el origen de la participación social por acciones, que, según el autor, arranca de los siglos XVII y XVIII, en cuyo transcurso queda plenamente desenvuelta conceptualmente. La pugna general entre las potencias navales (Holanda, Francia e Inglaterra, principalmente) para desenvolver sus empresas coloniales, hizo surgir la necesidad de reunir grandes capitales, cuya cuantía se hallaba muy por encima de las posibilidades de los armadores y aun de las empresas. Para remediar este inconveniente se ideó lo que se llamó "Compañía o Sociedad por acciones", en la que además del miembro de la "reederei" (socio partícipe por vínculo de condominio en la propiedad de un buque), aparece el partícipe meramente capitalista o financiero, con aportaciones que lle-Page 195garon a ser muy pequeñas para que tanto el esfuerzo como el beneficio pudieran extenderse extraordinariamente.

Desenvuelve el autor con prodigalidad todo lo referente a los caracteres de esas acciones, transmisibilidad, acepciones de la palabra acción, evolución y conclusiones, terminando esta parte con una referencia al descrédito en que cayó la participación social por acciones a causa de diversas consecuencias desagradables producidas en el orden financiero que culminaron con el desastre de la "Company nie d'Ocsident".

Al estudiar el concepto de la participación social por acciones en el derecho contemporáneo, concretamente a partir del siglo XIX, que es el de la codificación en todas las ramas del Derecho, incluso en el Mercantil, arranca el examen del Code francés, que regula ya dos formas de sociedad por acciones: la que llama Sociedad...

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