La usucapión de la titularidad de la servidumbre predial de paso, de J. M. Busto Lago.

AutorFernando Peña López
Páginas767-773

    BUSTO LAGO, J. M.: La usucapión de la titularidad de la servidumbre predial de paso, EDERSA, Madrid, 2000.

La monografía, objeto de esta recensión, es la segunda que publica su autor, josé manuel busto lago, y teniendo en cuenta su trayectoria anterior, supone un cambio de rumbo desde un punto de vista temático. Hasta la publicación de este libro, el Profesor busto se había ocupado, casi con carácter exclusivo, del Derecho de obligaciones y contratos y, fundamentalmente, de problemas relativos a la responsabilidad civil extracontractual, publicaciones entre las que destaca su primera monografía, La antijuridicidad del daño resarcible en la responsabilidad civil extracontractual. El libro que comentamos supone, por lo tanto, una nueva orientación de sus investigaciones hacia otros sectores del ordenamiento jurídico-civil. A diferencia de sus anteriores trabajos, en los que había preferido abordar temas poco tratados en la doctrina española, esta monografía viene precedida, como el propio autor señala, de muchas páginas dedicadas al mismo problema por eminentes juristas de casi todos los tiempos. Sin embargo, esto no ha sido obstáculo para culminar una obra que, como veremos, combina aportaciones novedosas con una exposición completa y rigurosa de toda la tradición jurídica anterior.

La monografía está dividida en cuatro capítulos, precedidos de una breve introducción en la que se exponen los motivos que llevaron al autor a comenzar el estudio que contiene. La sistemática empleada en la que se estudian, por este orden, los caracteres de la servidumbre de paso que determinan su régimen de adquisición por usucapión, la adquisición por usucapión ordinaria de la servidumbre de paso, la adquisición por usucapión sin justo título de este mismo derecho y las cuestiones comunes a toda usucapión conduce al lector a un conocimiento cabal de todos los aspectos problemáticos del tema objeto de estudio. Precisamente de -exposición problemática- podemos calificar a la que efectúa el Profesor busto, porque el que lee tiene la sensación, durante la mayor parte del tiempo, de ser conducido de un problema a otro a través de una narración en la que exhaustivamente se van planteando todas las posibilidades y enfoques que se le han dado a las diversas cuestiones debatidas, su origen histórico y todas las soluciones posibles para las mismas. Todos los supuestos y situaciones que podemos encontrar, en relación con la usucapión de la servidumbre de paso, son analizadas y desmenuzadas a veces hasta la saciedad; y problemas que habíamos abandonado en el transcurso de las páginas, tras haberse aportado una solución más o menos convincente, vuelven a aparecer un poco más adelante para ser completamente exprimidas por el autor.

Obviamente, el volumen de notas a pie de página que exige una labor como la que acabamos de describir es grande. En muchas de ellas se demuestra una erudición poco común en las obras jurídicas actuales. Podemos resaltar espe- Page 767 cialmente la profundidad del estudio de la doctrina francesa, italiana y portuguesa, en todas las cuales se han planteado problemas similares al español. Pese a todo, el autor ha sabido redactar el texto principal de modo que puede ser leído y comprendido en su totalidad sin necesidad de acudir continuamente a las notas, respecto de las que se ha cuidado que funcionen sólo como simple indicador para consultar dónde podemos ampliar lo que se dice en el texto, o bien como medio de exposición de algunas cuestiones secundarias, cuyo tratamiento en la redacción principal dificultaría el seguimiento del hilo conductor del estudio.

Dejando ahora a un lado los aspectos formales, la obra comienza (Capítulo I) con la caracterización de la servidumbre de paso a los efectos de su posible adquisición por usucapión. Sobre la base de lo dispuesto en los artículos 537-539 del Código Civil, continuidad y apariencia de este derecho real in re aliena son los dos extremos tratados por el autor como presupuesto previo para examinar con posterioridad los diferentes regímenes de usucapión mediante los que puede ser adquirido. A mi juicio, una de las partes más notables de toda la monografía es, precisamente, esta primera en la que se aborda el problema de la continuidad/discontinuidad como criterio de discriminación entre las servidumbres a efectos de la usucapión. En el texto se expone con toda claridad cómo este criterio nació como consecuencia de una interpretación errónea de textos romanos procedentes de distintas épocas por parte de los juristas medievales, debida a las propias limitaciones del método que empleaban. Es sorprendente y aleccionador cómo un error termina convirtiéndose en un dogma, que resulta, finalmente, consagrado en un texto legal. Pero lo que es más trascendente es que, como se encarga de demostrar el autor, no existe justificación alguna para impedir la usucapión de las servidumbres discontinuas; y la presencia de la regla que las excluye sólo puede conducir, en el mejor de los casos, a una obediencia acrítica de la legislación, o a una solución como la de la jurisprudencia francesa en la cual se terminó reconociendo la propiedad de un terreno al que ejercitaba una servidumbre de paso sobre él. El ejemplo de varios Derechos, próximos al nuestro, como el italiano o el portugués, en los que se ha suprimido este criterio clasificador de las servidumbres, quizá debiera ser seguido por el legislador español en caso de que se considerase oportuno algún día reformar esta materia.

Menos problemas planteó al autor el tratamiento de la apariencia como modo de clasificar a las servidumbres. Se trata de un criterio más reciente y cuya presencia está mucho más justificada desde el punto de vista de la usucapión, como consecuencia de la publicidad que la apariencia conlleva. BUSTO considera, junto con HERNÁNDEZ GIL, que el signo externo que determina la apariencia ha de revelar el uso o aprovechamiento de la servidumbre. Asimismo entiende que no es un signo externo que anuncia la existencia de la servidumbre su inscripción registral; debido a que la letra del 532 del Código Civil exige...

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