Untersuchungen über die Anwendbarkeit schuldrechlicher Normen auf dingliche Ansprüche

AutorLa Redacción
Páginas382

Dr. HORST HORSTMANN: "Untersuchungen über die Anwendbarkeit schuldrechlicher Normen auf dingliche Ansprüche" (Investigaciones sobre la aplicabilidad de normas obligacionales a las reclamaciones reales). Abh. aus d. gesamt. Handelsr. 13

Para un ordenamiento jurídico que distinga tan rigurosamente los derechos reales de los personales o de crédito, como el alemán, resulta interesante el problema de escoger los preceptos del libro 2.° (obligaciones) que son aplicables cuando se ejercita una acción real. El autor, que, como discípulo de Heck, concede a la distinción clásica de los derechos patrimoniales y a las discusiones sobre su naturaleza poca utilidad, no deja, sin embargo, de reconocer que en ella han acumulado su saber varias generaciones de juristas y que responde a exigencias de la vida social. Sobre todo sí nos encontramos con un Código civil como el B. G. B., no hay más remedio que estudiar cuáles preceptos del Derecho de obligaciones pueden ser invocados al decidir cuestionesPage 382 del Derecho de cosas. El legislador ha dejado el problema a la jurisprudencia, y algunos han creído resolverlo de un modo general, afirmando que el Derecho de obligaciones es aplicable siempre que no contradiga la naturaleza de las acciones reales. Pero esta norma supletoria no es práctica, y según Horst Horstmann tampoco es única, de suerte que hay necesidad de examinar caso por caso las circunstancias y precedentes de las situaciones jurídicas creadas. Así, el artículo 242, que introduce el principio de buena fe en la regulación de los contratos (artículo 1.258 de nuestro C. c), no...

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