Unión Europea: la política ambiental tras la entrada en vigor del Tratado de Lisboa

AutorDionisio Fernández de Gatta Sánchez
Páginas59-80
III
Unión Europea: la política ambiental tras la
entrada en vigor del Tratado de Lisboa
D
IONISIO
F
ERNÁNDEZ DE
G
ATTA
S
ÁNCHEZ
Sumario
Página
I. Valoración general .......................................................................... 59
II. Entrada en vigor del Tratado de Lisboa de 2007: los nuevos Trata-
dos de la Unión Europea y de funcionamiento de la Unión Euro-
pea ................................................................................................... 60
III. Cumplimiento de la estrategia de desarrollo sostenible ................ 65
IV. Cambio climático, energía y protección de la atmósfera .............. 68
V. Biodiversidad y recursos naturales ................................................. 73
VI. Residuos .......................................................................................... 74
VII. La agencia europea de medio ambiente y la red europea de infor-
mación y de observación sobre el medio ambiente ....................... 74
VIII. Sistema comunitario de gestión y auditoría medioambientales
(EMAS) ............................................................................................ 75
IX. Etiqueta ecológica de la Unión Europea ....................................... 76
X. Evaluaciones ambientales ............................................................... 77
XI. Seguridad de instalaciones nucleares ............................................. 78
Bibliografía y documentación básicas ...................................................... 79
***
I. VALORACIÓN GENERAL
Después del largo proceso de ratificación y de las incertidumbres creadas
en el mismo, finalmente el Tratado de Lisboa entró en vigor el 1 de diciem-
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bre de 2009, con lo que se espera una época de cierta tranquilidad en la
actividad de la Unión Europea. Desde el punto de vista de la Política Ambien-
tal, las novedades del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea son
insignificantes, si bien síson destacables la previsión del sistema de distribu-
ción de competencias entre la Unión y los Estados Miembros, la inclusiónde
la nueva Política Energética en el Tratado y, en el ámbito del Tratado de la
Unión Europea, la Carta de Derechos Fundamentales de la Unión Europea,
con el mismo valor normativo de los Tratados, y que incluye el derecho al
medio ambiente.
Por lo demás, la actividad de la Unión Europea en 2009 (al igual que
en 2007 y 2008) ha estado enfocada casi exclusivamente al debate, desarrollo
y adopción de las normas incluidas en el «paquete»sobre energía y cambio
climático, lo que le ha dado una posición de liderazgo mundial en la materia,
lejos de la titubeante y corta de miras política de la nueva Administración
americana, sobre la que tantas esperanzas se pusieron, y de China; y asíse
ha aprobado las nuevas normas sobre comercio de emisiones, reducción na-
cional de las mismas o fomento de las energías renovables, junto a otras
complementarias.
Finalmente, el resto de las normas se han dedicado, en el proceso de
«legislar mejor», a refundir algunas de las másclásicas (aves silvestres o sis-
tema de gestión y auditorías ambientales) o a introducir novedades para
relazarlas (etiqueta ecológica).
II. ENTRADA EN VIGOR DEL TRATADO DE LISBOA DE 2007: LOS
NUEVOS TRATADOS DE LA UNIÓN EUROPEA Y DE FUNCIONA-
MIENTO DE LA UNIÓN EUROPEA
La firma del «Tratado de Lisboa por el que se modifican el Tratado de
la Unión Europea y el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea»,
como se ha señalado en Observatorios anteriores, se llevóa cabo en la capital
portuguesa el 13 de diciembre de 2007, siendo publicado su texto en el
Diario Oficial de la Unión Europea C 306, 17.12.2007 (con Acta de correc-
ción de errores publicada en DOUE C 290, 30.11.2009), y las versiones conso-
lidadas de los nuevos Tratados de la Unión Europea y de Funcionamiento
de la Unión Europea en DOUE C 115, 9.5.2008. Finalmente, y despuésde
un complejo proceso de ratificación, el Tratado de Lisboa entróen vigor el
1 de diciembre de 2009, de acuerdo con su art. 6-2º(tal como precisa el
Instrumento de Ratificación del Reino de España de 26 de septiembre de
2008, BOE de 27 de noviembre de 2009; corrección de errores en BOE de
16 de febrero de 2010).
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