Tzitzis, Stamatios, La personne criminel et victime, Les Presses de l'Université Laval

AutorGuillermo Hierrezuelo Conde
Páginas1135-1138

Page 1135

Tzitzis, Stamatios, La personne criminel et victime, Les Presses de l'Université Laval, Québec, 2004, 176 páginas

Stamatios Tzitzis, que ha publicado diversos trabajos en italiano, francés, portugués, español y griego, pertenece al Institut de Criminologie de la Universidad de París II Panthéon-Assas y recientemente ha coordinado (2004) su soberbio Dictionnaire de criminologe. Sus publicaciones de Criminología y Filosofía penal son muy abundantes, y ha dirigido durante años la Revue de philosophie pénale et de criminologie de l'acte. Sin embargo, Tzitzis no es muy conocido entre los penalistas españoles.

La persona, en el sentido laico del término, es una concepción de los tiempos modernos, ya que ello implicaba la consideración del individuo como portador de Derechos fundamentales y como sujeto de Derechos individuales, y en el escalón más alto de estos Derechos se encuentra la dignidad humana. De hecho, el existencialismo griego consagraba al hombre como el guardián de la «morada» del ser, al tiempo que era su huésped (p. 4). El planteamiento penalista de los clásicos estaba sometido a las exigencias de un Derecho natural propio de su ontología, y a su humanismo, rechazando todos aquellos valores que se conformaban a partir de la voluntad individual. Por el contrario, en el humanismo moderno, y más aun en el ocaso de la modernidad, se impusieron una serie de prohibiciones que empezaron a violar la naturaleza absoluta de la persona humana. En otras palabras, la pena y, por ende, el Derecho penal como idea ontológica perdió valor en la protección de un castigo utilitario conforme a las reglas del personalismo fenomenológico de hoy (p. 5). Sin embargo, con la llegada del personalismo posmoderno, la filosofía penal y los nuevos planteamientos, desde un punto de vista de la Criminología, cambiaron la mentalidad y colocaron en el mismo nivel de valor existencial al «verdugo» y la víctima. Este humanismo posmoderno atribuía a la interioridad humana como un estado de gracia que recaía sobre el mismo semblante; de forma que en este momento se prestaba una atención particular al estatuto ontológico del hombre, y se hacía un análisis de las relaciones entre el delincuente y la sanción y se describía al hombre declarado culpable, desde el punto de vista penalístico, como ciudadano que debía cumplir ciertas funciones en el orden sociopolítico. Page 1136

El Derecho penal tiene un contenido básicamente ontológico, según Stamatios Tzitzis...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR