Herencia con título sucesorio otorgado conforme a la ley personal del causante. Prueba del derecho extranjero

AutorJosé Félix Merino Escartin
CargoRegistrador de la propiedad
Páginas197-199

Page 197

Cuando analicé esta resolución sentí que la Dirección General había dejado pasar una oportunidad única para clarificar la forma de afrontar sucesiones con título procedente de Derecho anglosajón cuando se producen situaciones claudicantes.

En el presente caso se trata de una escritura de adjudicación de herencia en la que el título de la sucesión es un testamento otorgado por el causante conforme a su ley personal, esto es, la de su nacionalidad australiana, y parece que también conforme a la forma del lugar de otorgamiento y parece conforme a la forma del lugar de su "domicile". Es un testamento "privado" firmado por testador y testigos junto con la de un notario público, sin que conste declaración alguna del Notario. El testador nombra heredera y albacea a su esposa. La Resolución mezcla cuestiones de fondo de la sucesión, validez material de la disposición mortis-causa y temas de forma, validez formal de la disposición mortis-causa y se centra únicamente en la prueba del Derecho extranjero.

Y señala: "Con el fin de probar el derecho extranjero se presenta una declaración o «Statement» del abogadonotario (solicitor y notario público) en la que hace constar que el «Grant of Legal Probate» es el documento legal emitido por la división correspondiente del Tribunal Supremo de Nueva Gales del Sur «el cual confiere al albacea testamentario la capacidad para recibir las propiedades del caudal hereditario, abonar deudas y distribuir los bienes del mismo a los beneficiarios de acuerdo con las disposiciones del testamento» y después afirma que los tribunales de Nueva Gales del Sur «otorgaran validez a las disposiciones testamentarias del testador tal y como aparecen en el testamento». Esta declaración o «Statement» no contiene una prueba del derecho extranjero, pues en él ni se transcribe el contenido de la norma sobre sucesiones ni tampoco consta en él su vigencia. Ni siquiera tras referirse al «Grant of Probate» explicita por qué no puede obtenerse en el presente caso. Ni hay prueba del texto literal del derecho extranjero ni tampoco una determinación del alcance de este derecho basado en las decisiones de los tribunales".

Parece que no se pudo obtener el Grant of Probate y el notario hace una escritura complementaria en la que los hijos del causante- herederos abintestato con arreglo a Derecho australiano y legitimarios y herederos abintestato con arreglo a Derecho español, si operase el reenvío- prestan su conformidad y consentimiento, asumen la validez del testamento y la eficacia de las operaciones de adjudicación de la herencia.

Desestima el recurso, la DGRN porque no se ha acreditado debidamente el derecho...

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