Tribunal Europeo de Derechos Humanos: gestión pública del medio ambiente, derechos participativos y ética ambiental

AutorOmar Bouazza Ariño
CargoProfesor Titular de Derecho de Administrativo, Universidad Complutense de Madrid
Páginas115-133
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IV
Tribunal Europeo de Derechos Humanos:
gestión pública del medio ambiente, derechos
participativos y ética ambiental
OMAR BOUAZZA ARIÑO
Profesor Titular de Derecho de Administrativo, Universidad Complutense de Madrid
Sumario.VALORACIÓN GENERAL.–1. DERECHO A LA VIDA: CONSTRUCCIÓN DE VIVIENDAS EN ZONAS
RIESGOSASY NEGLIGENCIA DE LA ADMINISTRACIÓN EN LAGESTIÓN DE RIADAS.–2. EDIFICACIÓN ILEGAL, ACTI-
VIDADES MOLESTAS Y DERECHO AL RESPETO DEL DOMICILIO.–3. LOS DERECHOS DE PARTICIPACIÓN Y DE
ACCESO A LA INFORMACIÓN MEDIOAMBIENTAL EN EL SENO DEL DERECHO AL RESPETO DE LA VIDA PRIVADA Y
FAMILIAR.–3.1. La violación del Derecho al respeto de la vida privada y familiar y del domicilio como conse-
cuencia de la inactividad de la Administración frente a un problema medioambiental y el Derecho de acceso a
la información medioambiental en el marco del artículo 8 CEDH: la «crisis de la basura» en la región italiana
de Campania.–3.2. La sentencia Hardy Maile c. el Reino Unido, de 14 de febrero de 2012.–4. RUIDO.–5.
LIBERTAD DE EXPRESIÓN Y GESTIÓN PÚBLICA DEL MEDIO AMBIENTE.–6. DERECHO AL RESPETO DE LOS
BIENES.–6.1. La recepción de la jurisprudencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos por el Tribunal
turco de Casación en materia de dominio público forestal y derecho al respeto de los bienes.–6.2. Impuestos
medioambientales, libre circulación de mercancías y Derecho al respeto de los bienes.–6.3. Derecho al respeto de
los bienes, caza y conciencia ambiental.–LISTA DE SENTENCIAS Y DECISIONES.
* * *
VALORACIÓN GENERAL
En los últimos meses el Tribunal Europeo de Derechos Humanos ha dictado
sentencias muy destacadas en el ámbito de lo medioambiental. Destacan tres líneas.
Una primera línea, la referida a la inadecuada gestión pública del medio ambiente y
sus consecuencias en la interferencia en los derechos fundamentales de las personas.
Así, se habrá considerado una violación del Derecho a la vida de las personas afecta-
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Observatorio de políticas ambientales 2013
das por las inundaciones de sus domicilios a causa de la suelta incontrolada de agua
de un embalse (sentencia Kolyadenko y Otros c. Rusia, de 28 de febrero de 2012), así
como una violación del Derecho al respeto del domicilio por la incapacidad de los
gobiernos regionales y municipales en la gestión del servicio de recogida de basuras
(sentencia Di Sarno y Otros c. Italia, de 10 de enero de 2012). Una segunda línea
vendrá dada por el reconocimiento del derecho de los ciudadanos a participar en el
proceso de decisión administrativa, como derecho integrado en el Derecho al respeto
de la vida privada (sentencia Hardy Maile c. el Reino Unido, de 14 de febrero de 2012
y sentencia Flamenbaum y otros c. Francia, de 13 de diciembre de 2012). Una tercera
línea, desde la óptica de la ética ambiental, se considera contrario a la libertad de
expresión sancionar penalmente por malas prácticas periodísticas, cuando éstas
tienen su origen en la denuncia de una mala gestión pública del medio ambiente
(sentencia Kaperzynski c. Polonia, de 3 de abril de 2012); y se recordará que la obliga-
ción de tolerar a caza en la propiedad supone una carga desproporcionada en los
propietarios de las tierras que se oponen por razones éticas (sentencia Herrmann c.
Alemania, de 26 de junio de 2012 y Chabauty c. Francia, de 4 de octubre de 2012, a
sensu contrario). Finalmente, el Tribunal Europeo de Derechos Humanos también
dará un tirón de orejas a aquellos abogados que entorpecen el buen funcionamiento
de esta sede jurisdiccional europea intentando sacar un beneficio económico de situa-
ciones de infracción de la Ley urbanística (sentencia Martínez Martínez y Pino Manzano
c. España, de 3 de julio de 2012).
1. DERECHO A LA VIDA: CONSTRUCCIÓN DE VIVIENDAS EN ZONAS
RIESGOSAS Y NEGLIGENCIA DE LA ADMINISTRACIÓN EN LA GESTIÓN DE
RIADAS
El problema de las construcciones ilegales y sus consecuencias nos traslada a Rusia
y, en concreto, a un supuesto en el que el Tribunal Europeo de Derechos Humanos
(«el Tribunal» o «el TEDH», en adelante) considera la violación del Derecho a la vida
de los afectados de unas riadas tras la apertura descontrolada de las compuertas de un
embalse. A continuación me referiré con más detenimiento a los hechos y argumen-
tación del Tribunal.
En la sentencia recaída en el caso Kolyadenko y Otros c. Rusia, de 28 de febrero de
2012, los demandantes son seis ciudadanos rusos que viven en Vladivostok, cerca del
río Pionerskaya y un embalse. Fueron víctimas de una fuerte riada que se produjo en
la zona en agosto de 2001, tras una evacuación urgente y masiva de agua del embalse.
Reaccionando a unas fuertes lluvias excepcionales –la cantidad de agua recogida
en ese día superaba la media de todo un mes– y al riesgo de una ruptura del pantano,
la empresa estatal que gestiona el embalse decidió la suelta de una gran cantidad de
agua al río. Según los demandantes, las autoridades no dieron ninguna advertencia
de emergencia. El agua alcanzó sus casas y rápidamente llegó a alturas de hasta un
metro y medio. Tres de los demandantes –de entre ellos, una mujer discapacitada de

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