Treinta y uno. Se modifica el artículo 33

AutorDra. Encarnación Abad Arenas
Páginas917-919

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Treinta y uno. Se modifica el artículo 33, que queda redactado como sigue:

«Artículo 33. Ley aplicable a otras medidas de protección de menores.

La ley aplicable a las demás medidas de protección de los menores se determinará con arreglo a los Tratados y Convenios internacionales y otras normas de origen internacional en vigor para España, en particular por el Convenio de La Haya, de 19 de octubre de 1996, relativo a la competencia, la ley aplicable, el reconocimiento, la ejecución y la cooperación en materia de responsabilidad parental y de medidas de protección de los niños.»

COMANTARIO

Dra. Encarnación Abad Arenas

Profesora Contratada Acreditada. UNED

La LAI ha incorporado en su Título III un amplio elenco de disposiciones que regulan el acogimiento familiar y otras medidas de protección de menores, que abordan tanto la problemática de las normas de competencia judicial internacional de la ley aplicable, como el eventual reconocimiento en España de decisiones en la materia dictadas fuera de España.

No obstante, conviene precisar que ni señala de forma exacta cuáles son dichas medidas, ni diferencia entre aquéllas que tienen lugar dentro o fuera de la familia.

De esta forma, la genérica referencia a "Otras medidas de protección de menores" presente en la rúbrica del Título conecta con el entendido de la adopción como mecanismo de protección del menor, permitiendo soslayar problemas de calificación.

A mayor abundamiento esta excesiva generalidad que presenta la rúbrica, origina problemas respecto a su ámbito de aplicación y, en consecuencia, en lo relativo a la concreción de cuál es el régimen jurídico de la protección del incapaz menor en España. Cuestión que en la práctica se ha visto reducida en

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su transcendencia, debido a la generalizada referencia realizada al Convenio de La Haya, de 19 de octubre de 1996.

Por lo que aquí interesa, conviene precisar que con el artículo 33 LAI referido a la Ley aplicable a otras medidas de protección de menores, se afirma de forma genérica que tanto la Ley aplicable como la competencia de las demás medidas de protección de menores se regirá por los criterios recogidos en los Tratados y Convenios internacionales y otras normas de origen internacional en vigor para España 1.

De forma tal, que con el precepto se alude en particular al Convenio de la Haya de 1996. Convenio al que nos remite el art. 9.6 CC y que con anterioridad a la reforma se encontraba...

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