Tratamiento jurídico penal y procesal del dopaje en el deporte

AutorIgnacio Lledó Benito
CargoDoctor en Derecho Internacional y Abogado Penalista
Páginas288-290

Page 288

BENITEZ ORTUZAR, Ignacio (Coordinador) (2016). Tratamiento jurídico penal y procesal del dopaje en el deporte. Dykinson. Madrid.

Benitez Ortuzar Ignacio, es coautor y coordinador de esta magnífica obra, que aborda un tema de candente actualidad como es la lucha contra el dopaje en el deporte. En la obra colectiva participa un elenco de prestigiosos penalistas, entre los que destaca el profesor Morillas Cueva L y un plantel notabilísimo de expertos penalistas que abordan las distintas cuestiones que analiza la obra con rigor, seriedad, profundidad, criterio, y siempre reflexiones útiles. Es así, que junto con el coordinador Benitez Ortuzar I, y el citado Morillas Cueva L, concurren penalistas de la talla de Burgos Garrido Belén, Cabrera Mercado Rafael, Cruz Blanca Ma José, Domínguez Izquierdo Eva Ma, Fernández Pantoja Pilar, Morillas Fdez, David Lorenzo, Quesada López Pedro Manuel, Suarez López José Ma, y Terol Gómez Ramón.

La obra está dividida en doce capítulos bien extractados y con una sistemática que denota un conocimiento profundo de la materia y que el lector enseguida percibe un tono didáctico y clarificador en las diferentes materias en las que se divide la obra que comentamos.

Así en este sentido en el primer capítulo del propio coordinador de la obra, Benitez Ortuzar, se refiere al marco general del dopaje deportivo en el ordenamiento jurídico español, y como bien explica el profesor Benitez Ortuzar, es en el ámbito integral del deporte en el que debe abordarse el problema del dopaje. Y para ello debe delimitarse como bien explica el propio concepto de deporte, para luego explicar el problema del dopaje. En el aspecto metodológico si se adopta, explica el autor y coordinador de la obra, la definición del dopaje elaborado por la Conferencia Mundial sobre Dopaje de 1.999, se definiría como el uso de un artificio (sustancia o método) potencialmente peligroso para la salud de los atletas y/o susceptible de mejorar su rendimiento o la presencia en el organismo del atleta de una sustancia o la constatación de la aplicación de un método que figuran en la lista anexa al código antidopaje del movimiento olímpico. Es de destacar asimismo en el recorrido legislativo la Ley Orgánica 3/2013 de 20 de Junio que deroga la Ley Orgánica 7/2006 que incorpora directamente las obligaciones derivadas del convenio internacional contra el dopaje en el deporte de la UNESCO de 2005, garantizando la eficacia en España del Código Mundial...

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