La trata de seres humanos vinculada a la delincuencia organizada. Principales problemas interpretativos y concursales de la legislación penal española

AutorCarlos Vázquez González y Ana I. Luaces Gutiérrez
Cargo del AutorProfesor titular de universidad departamento de derecho penal y criminología. UNED/Profesora titular de universidad departamento de derecho procesal. UNED
Páginas91-129
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LA TUTELA DE LA VÍC TIMA DE TRATA: UNA PERSPECTI VA PENAL, PROCESAL E INT ERNACIONAL
SUMARIO 1. INTRODUCCIÓN. 2. RELACIÓN CONCURSAL DE LOS DELITOS DE TRATA DE SERES
HUMANOS. 2.1. PLURALIDAD DE VÍCTIMAS EN EL DELITO DE TRATA DE SERES HUMANOS. 2.2.
CONCURSO ENT RE TRATA DE SERES HUMANOS E INMIGRACIÓN ILEGAL . 2.3. L A RELACIÓN
CONCURSAL ENTRE LA TRATA DE SERES HUMANO S CON FINES DE E XPLOTACIÓN SEXUAL Y
LA EXPLOTACIÓN POSTERIO R DE LA PROSTITUCIÓN DE LA PERSONA VÍCTIMA DE L A TRATA.
2.4. RECAPITULACIÓ N. 3. RELACIÓN CONC URSAL ENTRE LOS ARTS . 570 BIS Y 570 T ER CON
LOS SUBTIPOS AGRAVADOS DE PERTENEN CIA A ORGANIZACIÓN, ASOCIACI ÓN O GRUPO CRI-
MINAL DE LA PARTE E SPECIAL DEL CÓDIGO PENAL. 3.1 . DUPLICIDAD NORMATIVA DE LA DE-
LINCUENCIA ORGANIZA DA: INCRIMINACIÓN AUTÓNOMA Y SUBT IPOS PENALES AGRAVADOS.
3.2. OPINIONES DOCTRINALES. 3.3. L A SOLUCIÓN LEGISLATIVA: L A REGLA DEL ART. 570
QUATER CP. 3 .4. INTERPRETACIÓN JURISPRUDENCIAL DE LOS PROBLEMAS CONCUR SALES
1 cvazquez@der.uned.es y ailuaces@der.uned.es
CAPÍTULO 3
La trata de seres humanos
vinculada a la delincuencia
organizada. Principales problemas
interpretativos y concursales de
la legislación penal española
Carlos VÁZQUEZ GONZÁLEZ
PROFESOR TITULAR DE UNIVE RSIDAD
DEPARTAMENTO DE DERECHO PENAL Y CRIMINOLOGÍA. UNED
Ana I. LUACES GUTIÉRREZ
PROFESORA TITULA R DE UNIVERSIDAD
DEPARTAMENTO DE DERECHO PROCESAL. UNED1
CAPÍTULO 3 | CARLOS VÁZQUEZ GO NZÁLEZ Y ANA I. LUACES GUTIÉRREZ
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JOSÉ DE LOS SANTOS M ARTÍN OSTOS (DIR.) | PI LAR MARTÍN RÍOS (CO ORD.)
DEL DELITO DE TR ATA DE SERES HUMAN OS VINCULADO CON LA DELINCUENCIA ORGANIZA-
DA. 4. CONCLUSIONES. 5. BIBLIO GRAFÍA.
El delito de trata de seres humanos debido a su habitual dinámica
comisiva suele cometerse frecuentemente junto a otras conductas ilícitas,
lo que da lugar a una extensa y compleja casuística de relaciones concur-
sales, entre las que destacan las relativas a la determinación de la ley penal
aplicable en los casos de coexistencia de agravaciones específicas basadas
en la pertenencia a un grupo u organización criminal (art. 177 bis 6 CP)
con la incriminación como delitos autónomos de estos mismos grupos u
organizaciones criminales en los arts. 570 bis y 570 ter CP. En este trabajo,
realizaremos una exposición analítica de los principales problemas inter-
pretativos y concursales que, en nuestra opinión, presenta la regulación en
nuestro Código penal del delito de trata de seres humanos realizado en el
ámbito de la delincuencia organizada.
1. INTRODUCCIÓN
La trata de seres humanos es un delito que reviste una especial grave-
dad, al consistir en la instrumentalización de las personas a través de proce-
dimientos que quebrantan su consentimiento o libertad de decisión, con la
finalidad de obtener un beneficio económico al someterlas a diversas situacio-
nes de e xplotación2, cometido a menudo dentro del marco de la delincuencia
organizada, constituyendo una grave violación de los derechos humanos3 y
2 SAP Orense nº 67/2017, de 14 de febrero.
3 Directiva 2011/36/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 5 abril de 2011,
relativa a la prevención y lucha contra la trata de seres humanos y a la protección de
las víctimas y por la que se sustituye la Decisión marco 2002/629/JAI del Consejo
(DOUEL 15 de abril de 2011). PÉREZ GONZÁLEZ, CARMEN: «La tipificación de
la trata de seres humanos como crimen contra la humanidad: una contribución al
LA TR ATA DE SERES HUMANOS VINCUL ADA A LA DELINCUENCIA ORGANIZADA. PRINCIPALES PROBLEMAS
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LA TUTELA DE LA VÍC TIMA DE TRATA: UNA PERSPECTI VA PENAL, PROCESAL E INT ERNACIONAL
un atentado contra la dignidad y la integridad de las personas4.
Aunque la conexión o vinculación entre el delito de trata de seres hu-
manos y la delincuencia organizada trasnacional no está ni mucho menos
acreditada5, no siendo además necesaria dicha vinculación para su comi-
sión, lo que no se puede soslayar es que el modus operandi habitual del de-
lito de trata de seres humanos, necesita de una cierta infraestructura orga-
nizativa, logística y personal, al realizarse mediante un proceso secuencial
dividido en tres etapas –comienza con la captación de una o varias perso-
nas en sus países de origen, continúa con el traslado de las víctimas a otro
lugar, lo más alejado posible de la localidad de captación, y termina con la
fase de explotación, donde la víctima se ve sometida y obligada a ejercer la
prostitución, trabajos forzados, mendicidad, etc.6–, lo que ha llevado a los
expertos en la materia a considerar que, por lo general, la trata de personas
se produce en el seno de la delincuencia organizada trasnacional7.
debate en torno al elemento político de los crímenes», Revista Electrónica de Estudios
Internacionales, 2016, pp. 8 y 36.
4 Convenio del Consejo de Europa para la lucha contra el tráfico de seres humanos, hecho
en Varsovia el 16 de mayo de 2005 (BOCG Serie A, Nº 78, 7 de noviembre de 2008).
5 Vid. VILLACAMPA ESTIARTE, CAROLINA: «Trata de seres humanos y criminalidad
organizada. Conexión entre ambos fenómenos criminales y su plasmación jurídico-
penal», InDret, 1, 2012, pp. 8 y 20. NELKEN, DAVID: «La trata de seres humanos y
la cultura legal», AFDUC, n. 16, 2012, pp. 619 y 622.
6 Como certeramente expresa la FGE en sus Diligencias de Seguimiento del Delito de Trata
de Seres Humanos [DSTSH]. 2016. Unidad de Extranjería de la Fiscalía General del
Estado, Madrid, 2017, p. 8, «La explotación de las víctimas de la trata no deja de ser
el último eslabón de una cadena firmemente conectada, dirigida y supervisada por
unas organizaciones perfectamente estructuradas».
7 UNODC: Manual para la lucha contra la trata de personas. Programa mundial contra
la trata de personas, Naciones Unidas, New York, 2009, p. 112. En este sentido,
GARCÍA DEL BLANCO, VICTORIA: «Trata de seres humanos y criminalidad or-
ganizada», ADPCP, Vol. LXVII, 2014, p. 197, opina que «la dinámica comisiva
habitual de este delito hace necesaria una infraestructura que permita precisamente
diversificar actividades por lo que la presencia de organizaciones criminales o re-
des mafiosas que operan a nivel internacional parece una realidad criminológica».

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