Trascendencia del arbitraje como forma de solucionar los conflictos surgidos en los contratos de franquicias en España

AutorRosa Pérez Martell
Cargo del AutorProfesora titular de Derecho Procesal, ULPGC
Páginas91-102

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La Recomendación 12/1986 del Comité de Ministros del Consejo de Europa, a la que se aludió anteriormente, señala que el arbitraje es un procedimiento que contribuye decisivamente a evitar la acumulación de asuntos en una administración de justicia cada vez más saturada.

El arbitraje se ha transformado en el sistema idóneo para resolver las controversias derivadas del tráfico mercantil. Concretamente, en el ámbito del contrato de franquicia, cuando los franquiciadores y los franquiciados quieren resolver los conflictos que han surgido en el ámbito de los contratos de franquicia, pueden solventar sus disputas acudiendo a diferentes vías: la vía judicial y la vía extrajudicial y teniendo en cuenta las ventajas y desventajas que presenta cada una de ellas, poder elegir la que más convenga a sus intereses, con una complementariedad158 que le otorga la jurisdicción estatal,Page 92 al juicio privado de los árbitros, la cual se manifiesta en tres ámbitos diferentes159, siguiendo a MERINO MERCHÁN:

  1. La intervención jurisdiccional (art. 8 LA) se manifiesta si las partes no se pusieren de acuerdo en la designación de los árbitros, a instancia de cualquiera de los interesados, mediante la formalización judicial del arbitraje. Lo mismo ocurre en los casos de intervención jurisdiccional para la práctica de pruebas, que afectando a la partes o alguna de ellas hayan de realizarse ante el juez, practicándolas bajo su exclusiva dirección.

    Los casos en los que la Ley de Arbitraje admite la intervención judicial son las siguientes: El nombramiento judicial de los arbitros previsto en los arts. 8 y 15 de la Ley 60/2003, de arbitraje; La adopción de medidas cautelares por un Juzgado de lo Mercantil o de Primera Instancia antes del inicio de las actuaciones arbitrales o durante las mismas del art. 11.3 de la Ley de arbitraje; La asistencia judicial para la práctica de las pruebas del art. 33 de la Ley de arbitraje; El procedimiento para la acción de anulación del art. 42 de la Ley de arbitraje; El procedimiento para la ejecución forzosa del laudo a seguir en los arts. 44 y ss. de la Ley de arbitraje.

    En materia de arbitraje y respecto a la intervención judicial, en los casos en que ello sea posible, habrá que distinguir, a la hora de determinar el órgano judicial competente, según se trate de materias incluidas en el art. 86 ter.2 LOPJ, para las que serán competentes los Juzgados de lo Mercantil de esa provincia, y el resto de materias para las que serán competentes los Juzgados de Primera Instancia160 La intervención de los Juzgados de lo Mercantil en materia de arbitraje se referirá a todos aquellos casos circunscritos a alguna de las materias contempladas en el art. 86 ter.2 LOPJ sobre las que las partes hanPage 93 pactado la sumisión a arbitraje de las controversias que se deriven de sus relaciones. (Así, establece el art. 9 de la Ley 60/2003 de arbitraje que El convenio arbitral, que podrá adoptar la forma de cláusula incorporada a un contrato o de acuerdo independiente, deberá expresar la voluntad de las partes de someter a arbitraje todas o algunas de las controversias que hayan surgido o puedan surgir respecto de una determinada relación jurídica, contractual o no contractual). Respecto del resto de materias no incluidas en el art. 86 ter.2 LOPJ (Ley 8/2003, de 9 de julio), se remitirán para su conocimiento a los Juzgados de Primera Instancia del partido judicial que resulte competente. Ello tendrá como consecuencia directa que en un mismo partido judicial conocerán Juzgados distintos de las materias sometidas a arbitraje según se trate de las incluidas, o no, en el art. 86 ter.2 LOPJ.

  2. Casos de la acción de anulación del laudo, la parte que se considere perjudicada con el laudo puede recabar la tutela judicial efectiva del órgano judicial competente, con lo que la jurisdicción del Estado, sin sustituir las actuaciones arbitrales practicadas puede entrar a conocer, dentro de los motivos que señala la LA si el laudo es anulable o no.

  3. En el aseguramiento de la plena efectividad del laudo una vez que éste sea firme.

    En todo caso, el Tribunal Constitucional ha calificado el arbitraje como "una actividad sustitutiva de la función jurisdiccional" siempre y cuando concurran determinados requisitos que fundamenten esa equivalencia.

    De todas formas, el arbitraje es, en todas las economías desarrolladas un procedimiento ideal para resolver, de una forma más rápida, económica, eficaz y reservada los conflictos entre los agentes económicos, tanto a nivel nacional como internacional. Es un procedimiento muy usado en diferentes países para resolver los conflictos que pueden surgir entre franquiciador y franquiciado. En nuestro país, es el método extrajudicial más usado para resolver los conflictos surgidos en los contratos de franquicia.

    El arbitraje, entendido como técnica alternativa a la vía jurisdiccional ordinaria, no vulnera el derecho a la tutela judicial efectiva. Como decía la Exposición de Motivos de la Ley 36/1988, de 5 de diciembre de Arbitraje: "el convenio arbitral no implica renuncia de las partes a su derecho fundamental de tutela judicial, consagrado en el art. 24 de la Constitución" porque en dicha Ley se recogían las garantías necesarias que deben respetarse en el proceso y los medios para controlar el efectivo cumplimiento de las mismas. El arbitraje responde al desarrollo de unos principios procesales exigibles en el ámbito dePage 94 la tutela judicial efectiva. El arbitraje, con apoyo en garantías básicas, como la audiencia, la oralidad, y la contradicción, es esencialmente antiformalista, en un procedimiento de amplio contenido sustantivo y, en esa línea, un modo eficaz, rápido y seguro de acceder a la tutela judicial efectiva. Ello es así porque la actuación del ordenamiento jurídico privado, cuando se plantea cuestiones litigiosas, no sólo es posible a través de la vertiente jurisdiccional que llevan a cabo los Juzgados y Tribunales y mediante unas normas de procedimiento regladas en la LEC, sino que también es posible que la actividad de llevar a cabo la resolución jurídica de la cuestión litigiosa pueda ser realizada a través de personas o sujetos denominados arbitros que, sin hallarse investidos de jurisdicción por el Estado en los términos del artículo 2 de la LOPJ, llevan a cabo su resolución, en unas ocasiones con arreglo a derecho y en otras resolviendo con arreglo a equidad.

    De este modo, la institución arbitral161 se presenta como un medio de tutela que el ordenamiento jurídico pone a disposición de los ciudadanos.

    El arbitraje, como la figura estelar de las soluciones extrajudiciales de conflictos, puede dar respuesta con mayores ventajas, a los conflictos que se generen entre los franquiciadores y los franquiciados, siempre que la materia objeto del conflicto sea disponible162. El artículo 2 de la Ley de Arbitraje señala que, serán susceptibles de arbitraje las controversias sobre materias de libre disposición conforme a derecho163. En el presente trabajo, las controversias existentes entre franquiciador y franquiciado, en lo referente al ejercicio de su actividad, entran dentro del campo de las materias disponibles164: cuestiones como, por ejemplo, que el franquiciador debe transmitir su método de trabajo aplicando sus métodos comerciales, que el franquiciado debe guardar secreto de lo revelado por el franquiciador... El objeto del arbitraje será siempre una pretensión, sin perjuicio de que la misma tenga su base en un conflicto o en Page 95 una controversia entre dos o más partes que, a su vez, puede encuadrarse dentro de materias determinadas165.

    Entre las principales ventajas que aporta el arbitraje como vía para resolver los conflictos surgidos en el ámbito de los contratos de franquicia podemos citar: la rapidez; que el arbitraje ofrece soluciones técnicas a conflictos complejos, específicos;...que las controversias no tienen repercusión pública si las partes no lo desean, y permanecen en el marco del secreto profesional de quienes desempeñan la función arbitral; que el arbitraje proporciona mayor confianza a las partes; su eficacia, sobre todo, en el ámbito internacional, en cuanto que existen normas encaminadas a facilitar la ejecución en los Estados de las resoluciones; también, que el arbitraje cuenta con la garantía de que el laudo produce efectos de cosa juzgada, como si de una sentencia judicial firme se tratara; la importancia de que el laudo puede ejecutarse judicialmente... En definitiva, el procedimiento arbitral es muy simple e informal, frente a las formas rígidas que adoptan los trámites procesales ante juzgados y tribunales.

    Para entender la importancia de que los conflictos que surgen en este sector de la actividad económica puedan resolverse a través del arbitraje, con las ventajas que ello representa, aludiré brevemente a qué supone la franquicia en la actualidad.

    Actualmente, el comportamiento de consumo de cualquier consumidor está influido por las franquicias: se vestirá con prendas de alguna franquicia referida a equipamiento personal; se alimentará con comida de cualquier franquicia de alimentación; se aseará con productos comprados en alguna franquicia dedicada a dar servicios a la persona; adquirirá muebles para su hogar en...

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