En torno a la posible discusión de la valoración catastral del inmueble al hilo de la impugnación de liquidación por el IBI. A propósito de la Sentencia del Tribunal Supremo de 19 de febrero de 2019

AutorDaniel Casas Agudo
CargoProfesor Titular de Derecho Financiero y Tributario. Universidad de Granada
Páginas253-263
Nueva Fiscalidad 253
Jurisprudencia y doctrina administrativa.
Comentarios
En torno a la posible discusión
de la valoración catastral del inmueble al hilo
de la impugnación de liquidación por el IBI.
A propósito de la Sentencia del
Tribunal Supremo de 19 de febrero de 2019.
Daniel Casas Agudo
Profesor Titular de Derecho Financiero y Tributario
Universidad de Granada
RESUMEN:
Aunque, como regla general y por razones de seguridad jurídica, al impugnar la liquidación
por el Impuesto sobre Bienes Inmuebles no quepa discutir el valor catastral que adquirió
firmeza en vía de gestión catastral, el Tribunal Supremo admite excepcionalmente tal
posibilidad ante circunstancias extraordinarias y sobrevenidas a fin de salvaguardar otros
principios como el de la tutela judicial efectiva.
Palabras clave: Impuesto sobre Bienes Inmuebles, gestión catastral, gestión tributaria,
impugnación, tutela judicial efectiva.
ABSTRACT:
As a general rule and for reasons of legal certainty, when contesting the Property Tax
settlement, the property value that was determined as final through Property Registry
management is indisputable. However, the Supreme Court exceptionally allows to question
this value under extraordinary and unexpected circumstances in order to safeguard other
principles, such as a due process of law.
Key Words: Property Tax, Proper ty Registry management, tax management,
contestation, due process of law.

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR