Aplicación en el tiempo de la norma de deducción fiscal del fondo de comercio financiero (Artículo 12-5 del TRLIS)

AutorBenoit Barriere
CargoCMS Albiñana & Suárez de Lezo

La normativa del IS prevÈ distintas normas que tienden a favorecer la internacional aciÛn de las empresas espaÒolas. En este sentido, el artÌculo 12-5 del TRLIS incentiva fiscalmente la adquisiciÛn de participaciones en empresas no residentes, al permitir la deducciÛn fiscal en 20 aÒos (es decir, 5% al aÒo), de la diferencia entre el precio de adquisiciÛn de los valores representativos de la participaciÛn en los fondos propios de la entidad no residente y su valor teÛrico contable en la fecha de adquisiciÛn, que no sea imputable a plusvalÌas latentes correspondientes a los activos de la entidad no residente (esta valoraciÛn se realiza aplicando los criterios establecidos en el Real Decreto 1815/1991 de 20 de diciembre, por lo que se aprueban las normas para la formulaciÛn de cuentas anuales consolidadas). Dicha diferencia ser· fiscalmente deducible siempre y cuando las rentas que provengan de la sociedad no residente puedan acogerse al rÈgimen de exenciÛn de dividendos y plusvalÌas de fuente extranjera (artÌculo 21 del TRLIS).

Desde que se aprobÛ esta norma en el 2002, han existido dudas en cuanto al alcance de la misma respecto del car·cter temporal o permanente de la deducciÛn practicada, en caso de venta posterior de las participaciones.

Parte de la doctrina considera que esta deducciÛn fiscal tiene un car·cter definitivo dado que se puede aplicar independientemente de que se haya registrado o no en contabilidad dicha deducciÛn (esta ausencia de obligaciÛn de la inscripciÛn contable ha sido confirmada por parte de la DGT).

Otra parte de la doctrina considera, al contrario, que dicha deducciÛn es simplemente temporal. En efecto, por un lado, dado que este rÈgimen fiscal est· regulado dentro del artÌculo 12 del TRLIS, se tiene que considerar como una simple correcciÛn de valor (provisiÛn), por lo que en caso de venta de las participaciones, la correcciÛn practicada podrÌa...

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