THOMALE, Chris: Leistung als Freiheit,Mohr siebeck, tübingen, 2012, 467+XXXVII pp.

AutorXabier Basozabal Arrue
CargoProfesor Titular de Derecho Civil. Universidad Carlos III de Madrid
Páginas276-282

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Prestación como libertad

es el título que Chris Thomale ha escogido para una obra en la que, con la loable intención de dar una respuesta más clara y homogénea a la extinción de las obligaciones por prestación y a la restitución de las prestaciones injustificadas, propone un nuevo concepto de prestación. La tesis que pretende demostrar es que, para que haya prestación, no es suficiente con llevar a cabo el comportamiento debido, sino que además hace falta una voluntad negocial, por parte de quien presta, de querer extinguir el crédito; de este modo a la prestación le serían aplicables las reglas de las declaraciones de voluntad negociales (validez, impugnabilidad), tanto en el contexto de la regulación del pago (prestación para cumplimiento) como en el del derecho de enriquecimiento (restitución de la prestación por falta de causa jurídica). Exigiendo que la prestación se acompañe de una voluntad negocial de extinguir el crédito, el autor pretende superar algunos problemas típicos del cumplimiento de las obligaciones (equivocaciones, sujetos inter-puestos, imputación de pagos, etc.) y, sobre todo, aspira a dotar al derecho de enriquecimiento alemán –especialmente complejo en las relaciones triangulares– del grado de simplificación y seguridad jurídica que hace tiempo viene necesitando; además, reducir el grado de complejidad con que ha sido tratado hasta ahora supondría un importante paso adelante en el acercamiento a otros ordenamientos, en el contexto de la preparación de un Código civil europeo.

Los principales fines del trabajo son ambiciosos: dar una nueva proyección a la teoría del negocio jurídico, utilizarlo para dar una explicación inteligible a las relaciones triangulares del derecho de enriquecimiento, y reconci-liar la regulación del pago y la del derecho de enriquecimiento dando un tratamiento negocial unitario al concepto de prestación. Aunque la última parte del trabajo se centra con cierto detenimiento en las relaciones triangulares del derecho de enriquecimiento, tanto por su complejidad como por su relevancia en conflictos que pueden considerarse cotidianos (ordenes bancarias, por ejemplo), no se trata de una obra que gire en torno a la resolución de un problema sectorial, más o menos importante. Su propuesta de simplificación en esta materia es el corolario de una serie previa de decisiones dogmáticas relevantes que, por provenir del ámbito más general de los conceptos o principios (prestación, declaraciones de voluntad, negocio jurídico), permiten ofrecer una visión más coherente y sistemática del Derecho de obligaciones.

Lo primero que se pregunta es si el concepto de prestación se agota en el mero comportarse de acuerdo con lo previsto en la obligación –comportamiento al que le ley liga la extinción de ésta–, o si además exige, para producir el efecto extintivo, la existencia de una declaración de voluntad negocial por parte del prestador –unilaterial, por tanto– que relacione la prestación con el crédito que se quiere extinguir. Este es el arranque del trabajo y su puerta de comunicación con la teoría del negocio jurídico: si se acepta que la voluntad de extinguir es parte de la prestación y que constituye una declaración negocial, los conflictos típicos del pago podrían resolverse con las reglas propias de las declaraciones de voluntad negociales. Su atractivo como hipótesis es que, no sólo conseguiría resolver de modo satisfactorio algunas cues-tiones importantes que hasta la fecha –en opinión del autor– no han recibido una solución adecuada, sino que se trataría de una solución apoyada en uno de los fundamentos del sistema, como es la doctrina del negocio jurídico y su presupuesto, el principio de libertad patrimonial (de aquí el título de la obra).

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Si la «determinación extintiva» –una traducción algo forzada de Tilgungsbestimmung–, esto es, la voluntad de extinguir forma parte de la prestación, tanto si se trata de cumplir la prestación debida como de restituir la prestación indebida, se entiende que el concepto mismo de prestación queda ligado de otro modo al principio de libertad (de quien realiza la prestación).

Precisamente, el primer gran reto al que se enfrenta el trabajo es tratar de demostrar que la «determinación extintiva» es un requisito esencial y negocial del concepto de «prestación» (pp. 5 y ss.) y, en mi opinión, la generosa argumentación del autor no resulta suficiente para convencer de que el carácter negocial de la prestación (libre, autónomo, impugnable, etc.) sea una necesidad de coherencia en el sistema del BGB, aunque ciertamente permite resolver algunas cuestiones de modo más satisfactorio. Cuando se discrepa de la opinión dominante, como hace el autor, resulta prudente extremar los argumentos que le llevan a ello, pues de otro modo podría dar la impresión de que es la bondad de la meta a la que se quiere llegar la que justifica ese proceder.

Salvadas las distancias entre ordenamientos, en nuestro ámbito también se ha planteado la cuestión sobre si el animus solvendi (un modo clásico de referirnos a esa voluntad extintiva) es requisito esencial del pago. y me...

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