Testamento sin institución de heredero

AutorJosé Félix Merino Escartin
CargoRegistrador de la propiedad
Páginas98-99

Hechos: Se formaliza una escritura de compraventa de una participación indivisa de un local garaje, otorgada por el apoderado del contador partidor de una herencia. Esta herencia se había autorizado en base a un testamento ológrafo, en el que no se instituía heredero, sino que se ordenaban diversos legados a varias personas, pero sin mencionar la participación indivisa vendida. En dicho testamento se nombraba a dicho contador partidor con atribución de "todos los poderes para llevar a cabo todos mis deseos, hacer y deshacer" y además en la escritura de herencia y respecto de la cuota vendida se indicaba "«... Por lo que dicha propiedad..., al no existir herederos forzosos, se considera que la voluntad de la testadora, que se extrae de una interpretación global del contexto del testamento, y de acuerdo con el Código Civil, es el que todos sus bienes fueran repartidos como legados, por lo que el inmueble será vendido por la contadora partidora, por el precio máximo obtenible en mercado, y una vez realizado, con su producto..., procederá a liquidar, por este orden, las cargas de los legados, el pasivo inventariado y los gastos derivados de las operaciones de protocolización y partición. De no ser suficiente, los legados habrán de ser aminorados en proporción a fin de saldar dichos conceptos».

Registrador: Rechaza la inscripción en base a que en el testamento ológrafo en que se han distribuido todos los bienes, no se ha incluido la participación de garaje vendida, por lo que se hace necesario abrir la sucesión intestada.

Notario: Para el notario lo que se discute es una interpretación del testamento, pues mientras el registrador considera que no toda la herencia se distribuye en legados y por tanto debe aplicarse el art 912 del c.c., el contador partidor piensa que en el testamento se dispone de todos los bienes y por tanto estamos en...

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