El concepto de terrorismo. ¿Qué terrorismo? ¿Por qué el terrorismo? ¿Hasta cuándo el terrorismo?

AutorNicolás López Calera
CargoUniversidad de Granada
Páginas51-71

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1. Introducción

Las preguntas que encabezan este trabajo no son nuevas, porque se han hecho muchas veces, en muchas sedes y desde hace ya muchos años. Sin mucho riesgo a equivocarme diría que deben ser miles los artículos y centenares las monografías y los libros que, sobre todo a partir del 11 de septiembre, andarán por ahí en lenguas y argumentos diversos haciéndose las mismas preguntas. Además todas ellas refieren, se planteen como se planteen, a viejas cuestiones irresueltas de la historia humana. Porque preguntarse por el terrorismo es, en definitiva, preguntarse por la violencia en la historia de las relaciones sociales.

¿Qué se persigue en este escrito? Simplemente, u osadamente, se trata de un deseo, el deseo de que tales preguntas tengan una respuesta. Porque haya o no haya respuesta, todos quisiéramos que la hubiera. Habrá que reconocer que esta clase de preguntas (como otras sobre el dolor, las injusticias o la muerte) son preguntas que «existencialmen-te» no hay más remedio que hacer, aunque «epistemológicamente», se sabe, no van a tener contestaciones definitivas. Pertenecen a esa clasePage 52 de preguntas-límites, las famosas «Grenz-Situationen» de las que hablaba Karl Jaspers. De todos modos estoy convencido o tengo la esperanza de que hay «respuestas», lo que no hay es «una» respuesta. Más aún, creo que no tenemos más remedio que dar «algunas respuestas», o todo este tinglado en el que algunos andamos metidos (las llamadas ciencias sociales, el derecho, la política, la ética y en definitiva la razón humana) estaría siendo condenado a ser un conjunto de trabajos inútiles que habría que desechar, aunque de esta manera se estaría dejando el camino libre para que se implantara ese burdo y negativo realismo que afirma que la historia se hace por medio de la razón de la fuerza y no por la fuerza de la razón. Con esto quiero decir que no se debe tirar la toalla en retos de esta naturaleza y que se debe seguir insistiendo en argumentos, sin duda conocidos y repetidos, para intentar explicar mejor por qué sucede lo que sucede (en Nueva York, en el Oriente Medio o en España) y colaborar así, si en alguna medida es posible, a evitar o disminuir cualquier clase de terrorismo (local o global). Quizás para algunos sobra ya tanta teorización sobre problemas tan graves. Sin embargo, personalmente creo que la palabra debe tener siempre una nueva oportunidad. Tal vez convendría recordar en estas ocasiones aquel aforismo que está lleno de sentido que dice: «no sé si las palabras salvan, pero los silencios matan.»

2. ¿Qué terrorismo?

Uno de los debates más complejos del derecho y la política de los últimos tiempos, tanto en el ámbito internacional como en el estatal, ha girado en torno al concepto de «terrorismo». La necesidad de definir el terrorismo, o si se quiere en términos más filosóficos o trascendentales, la necesidad de su conceptualización, ha sido y es una necesidad derivada fundamentalmente de las nuevas formas y medios con que la violencia organizada causa terror en la sociedad contemporánea desde hace ya algunos decenios.

Quizás por una deformación profesional que me hace poco competente o hábil en las cuestiones prácticas y concretas, mantengo que los aspectos teóricos de problemas de esta naturaleza, como el terrorismo, son importantes, porque inexcusablemente conducen a plantearnos las cuestiones de sus raíces o causas. La conceptualización del terrorismo no debe entenderse como un juego intelectual inútil, sino como una colaboración a esa dinámica compleja de su diagnóstico y en este sentido sirve, sin quedarse demasiado tiempo en sutilezas, para preparar una buena terapia, unos correctos remedios.

Por otro lado debo reconocer que a veces el discurso teórico sobre el terrorismo se lleva a veces demasiado lejos, pues entiendo que evitar una forma de violencia no depende tan decisivamente de su comprensión. Como sucede con otros retos sobre el «buen orden social»,Page 53 la cuestión clave del terrorismo no es fundamentalmente conceptuali-zarlo, sino sobre todo evitarlo. Algo parecido a esto decía hace ya muchos años Norberto Bobbio en relación con los derechos humanos. En su opinión, el gran reto de los derechos humanos no era ya su con-ceptualización o su fundamentación, sino simplemente su realización. En todo caso, debo insistir en que la desaparición o un efectivo control del terrorismo depende en gran medida de que lo entendamos, de que lo delimitemos como hecho social, como fenómeno humano. La Comisión de las Comunidades Europeas, en su propuesta de decisión marco para el Consejo de la Unión Europea, realizada en Bruselas el 19 de septiembre de 2001, afirmaba que «es necesario que la definición de los elementos constitutivos del terrorismo sea común en todos los Estados miembros». Solamente de esta manera -decía- se podrá alcanzar la aproximación de las normas sustantivas de los Estados miembros y como resultado directo de esto se facilitará la cooperación policial y judicial. Y en otro momento afirmaban que «los delitos terroristas pueden definirse como delitos cometidos intencionalmente por un individuo o un grupo contra uno o más países, sus instituciones o ciudadanos, con el fin de intimidarles y de alterar gravemente o destruir las estructuras políticas, económicas, medioambientales o sociales de un país». Y el Parlamento Europeo, incluso antes del 11-S, concretamente el 5 de septiembre de 2001, definía como acto terrorista «todo acto cometido por personas o grupos de personas que utilizan la violencia o la amenaza de utilizar la violencia contra un país, sus instituciones, su población en general o contra personas concretas, y que, por aspiraciones separatistas, concepciones ideológicas extremistas o fanatismo religioso, o inspirados por el afán de lucro, tratan de someter a un clima de terror a los poderes públicos, a determinadas personas o grupos de la sociedad, o bien a la población en general».

En mi opinión, el concepto de terrorismo integra, entre otras, las siguientes características:

2.1 El terrorismo es ante todo un atentado contra los derechos fundamentales de la persona humana (vida, libertad, propiedad, etc.). El terrorismo no puede definirse solamente como el uso de violencia o la amenaza de su uso contra un Estado, porque los Estados también pueden ser terroristas. El terrorismo no es tampoco un delito común (individual o de un grupo). Un asesinato no puede ser calificado como acto terrorista, si bien los actos terroristas pueden ser asesinatos. ¿Qué es lo que puede especificar a un asesinato (o muchos asesinatos) como acto terrorista?

2.2 La especificidad del terrorismo está sin duda, aunque sea una obviedad, en que se trata de acciones humanas que producen terror.

Puestas las cosas así, lo que inevitablemente habría que preguntar es si el terror, en general, como una situación individual o colec-Page 54tiva permite parámetros objetivos para su determinación, esto es, si se puede explicar con rigor científico cuándo, por qué o ante qué los seres humanos se aterrorizan. Incluso habría que preguntarse por qué los seres humanos crean terror, esto es, si hay alguna explicación científica sobre por qué los seres humanos se hacen «terroristas».

En principio, es evidente que no todos los seres humanos se aterrorizan por los mismos motivos, circunstancias, hechos o acciones que experimentan. Hay gentes que siente horror o terror (¿horror y terror son un mismo sentimiento?) ante la oscuridad, ante las serpientes, ante los ratones o ante las tormentas. Pero hay otras gentes que no se aterrorizan en iguales circunstancias o por iguales motivos. ¿Qué pasa aquí? ¿El terror es un realidad evaluable con pautas objetivas o es una reacción irracional, aunque sin duda motivada o inducida?

2.3 Sin darle muchas vueltas al asunto, la cantidad de gente que se puede horrorizar por un motivo es una pauta para objetivar qué es o qué puede ser «terror». Cuando muchas personas se aterrorizan por un mismo motivo es porque ese motivo es «terrorífico», produce terror. Por ejemplo, parece claro que un terremoto causa terror, porque muchas personas sienten miedo, horror ante un fenómeno de esta naturaleza. El terror ante las serpientes podría decirse que es un terror más «particularista», pues depende -parece- más de la sicología o de las experiencias concretas de una persona. Cuando hablamos del terror del llamado «terrorismo político» es importante la cuestión de la cantidad de personas «aterrorizadas».

¿Cuántas personas tienen que sentirse aterrorizadas en una sociedad política para que se pueda decir que estamos en presencia de un «terror objetivo» y que consecuentemente esa sociedad política deba tenerlo en cuenta y no considerarlo como un simple delito común o tal vez un problema individual que debiera ser atendido por el psicólogo? No lo sé. No se puede decir una cantidad. Desde luego, el terrorismo no se puede relacionar con «terrores aislados» o «terrores individualizados», como el que siente la mujer continuamente amenazada por su compañero o esposo. Sin duda tales amenazas son también un terror a eliminar o a reprimir, pero en el contexto cultural y social de nuestro tiempo nadie, por ahora, llama a la violencia doméstica «terrorismo». En cualquier caso, creo que la especificidad del terrorismo conduce inexorablemente a un problema de cantidad: cuántas personas sufren el terror.

2.4 La especificidad del terrorismo es también una cuestión de tiempo. Creo que el concepto de terrorismo se ha de determinar en relación con un dato: la cantidad de tiempo en que permanecen aterrorizadas unas personas. Un individuo puede asaltar un colegio y tener secuestrados a unos alumnos e incluso matar a algunos. Tal acción delictiva causa evidentemente terror, pero ¿es eso terrorismo?Page 55

En mi opinión, el «terror terrorista» es...

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