Ya terminó el mes de agosto...

AutorDiego Crespo Lasso de la Vega
CargoCMS Albiñana & Suárez de Lezo

... lo que significa para muchos de nosotros el deber de reincorporarse a nuestros puestos de trabajo y de ponernos al día respecto de todo lo acontecido durante, quiero pensar, un merecido descanso. Pero el verano ya no es lo que era. Y es que, a pesar del calor y de la famosa "crisis", las noticias sobre concentraciones, denuncias por prácticas restrictivas o por ayudas indebidas no han remitido en este último mes.

En efecto, ya con ocasión del Consejo de Ministros de 2 de agosto, el Gobierno acordó autorizar sin condiciones una de las concentraciones de mayor relevancia en los últimos meses y que había sido remitida a segunda fase por el SDC para su estudio en profundidad: la fusión entre Andersen España y Deloitte & Touche. Probablemente, la decisión adoptada no ha sorprendido a casi nadie, y ello a pesar de la elevada cuota de la entidad resultante en el mercado de los servicios de auditoría y contabilidad para grandes empresas, de la sorprendente capacidad de Andersen España para sobreponerse al desmoronamiento del grupo a nivel mundial (hasta el momento, tan solo ha perdido un cliente del Ibex tras el escándalo Enron) así como de la reducción del número de operadores presentes en el mercado de 5 a 4 (argumento este último que ha sido utilizado reiteradas veces por las autoridades españolas para oponerse a operaciones de concentración). En efecto, los incrementos en la cuota no son sustanciales -Andersen España se cuidó muy bien de escoger el socio más débil de entre los grandes-, parece que no se da el riesgo de posición de dominio colectivo -a pesar de que no se diga nada expresamente en el informe del SDC-, pero sobre todo, el riesgo de que, de no realizarse la operación, Andersen España acabara disgregándose en perjuicio de sus clientes.

Pero, sin duda, la noticia estrella ha sido la decisión de la Comisión de remitir la evaluación del expediente de concentración de las plataformas digitales a las autoridades españolas. Es la tercera vez que se remite un asunto a España en aplicación de la "cláusula alemana" (art. 9 del Reglamento 4064/89), tras los casos Heineken/Cruzcampo y Carrefour/Promodès, lo cual ha de ser interpretado como un espaldarazo a las autoridades españolas en materia de defensa de la competencia. Por tanto, será el Consejo de Ministros quien se pronuncie finalmente sobre la operación para lo cual tiene de plazo hasta mediados de diciembre. Se trata, sin duda, de una operación extraordinariamente compleja, como ha...

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