Las tensiones del Estado autonómico ante el proceso de Reforma Estatutaria

AutorRafael Bustos Gisbert
CargoProfesor titular de Derecho Constitucional. Universidad de Salamanca
Páginas69-87
LAS TENSIONES DEL ESTADO AUTONÓMICO
ANTE EL PROCESO DE REFORMA
ESTATUTARIA (*)
Rafael Bustos Gisbert
Profesor titular de Derecho Constitucional
Universidad de Salamanca
SUMARIO
I. PLANTEAMIENTO: APROXIMACIÓN GENERAL AL MODELO AUTONÓMICO. LA
STC DE LA LOAPA COMO PUNTO DE PARTIDA DE TAL MODELO.
II. PRIMERA TENSIÓN: CENTRALIZACIÓN FRENTE A DESCENTRALIZACIÓN. EL
ESTADO AUTONÓMICO MÁS QUE UN MODELO SUSTANCIAL ES UN PROCE-
SO DE ARTICULACIÓN DE TENSIONES CENTRÍFUGAS Y CENTRÍPETAS QUE
NO PUEDEN SER RESUELTAS UNILATERALMENTE.
III. SEGUNDA TENSIÓN: HOMOGENEIDAD FRENTE A DIVERSIDAD. AUTONOMÍA
E IGUALDAD EN UNA DESCENTRALIZACIÓN EN ENTIDADES TERRITORIALES
DE DIVERSA NATURALEZA.
IV. LAS SOLUCIONES A LA DOBLE TENSIÓN. ¿UN SISTEMA INTRÍNSECAMENTE
INESTABLE? LAS CLÁUSULAS DE CIERRE DEL SISTEMA SON VÁLVULAS DE SE-
GURIDAD LIMITADORAS Y ESTABILIZADORAS DEL PROCESO AUTONÓMICO.
V. UNA CONCLUSIÓN IMPOSIBLE: EL RENACIMIENTO DE LAS TENSIONES Y LA
APERTURA DE LOS PROCESOS DE REFORMA ESTATUTARIA.
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*Este trabajo procede (con las pertinentes modificaciones y adaptaciones al tema de la reforma estatutaria)
del incluido en el Libro Homenaje a D.ª Gloria Begué Cantón. Agradezco a los directores de éste el permiso
concedido para la utilización de algunos de sus contenidos.
I. PLANTEAMIENTO: APROXIMACIÓN GENERAL
AL MODELO AUTONÓMICO. LA STC DE LA LOAPA
COMO PUNTO DE PARTIDA DE TAL MODELO
Uno de los problemas que aquejan, inevitablemente, a los estudiosos del Estado au-
tonómico es la ausencia de un modelo de referencia claro en el cual insertar la vía es-
pañola hacia la descentralización política. La falta de definición constitucional del
modelo (sin declaración expresa de la adopción de un esquema federal o de un es-
quema regional), así como la disponibilidad de buena parte de los contenidos de la
autonomía (como desarrollaremos más adelante) provoca que no podamos buscar
soluciones en otros modelos y experiencias comparadas. No existía, y probablemen-
te siga sin existir, una Teoría General del Estado autonómico comparable a la inspira-
dora de un Estado federal. En gran medida dicha Teoría General fue escrita lenta,
trabajosa y casuísticamente por el Tribunal Constitucional, especialmente en sus pri-
meros años de funcionamiento.
Los procesos de reforma estatutaria y constitucional han vuelto a poner sobre la me-
sa tales problemas y, en especial, han hecho renacer el debate sobre la pretendida
absoluta indefinición constitucional del modelo autonómico. Y decimos «renacer»,
porque no se trata de un problema nuevo, sino una cuestión que ya preocupó a los
expertos, que inspiraron, y al legislador, que aprobó, la LOAPA, y a los que la STC
76/1983 dio cumplida respuesta. Bueno es, pues, que recordemos ahora, precisa-
mente ahora, el contenido de aquella decisión. Pero no pretendemos hacer en las pá-
ginas que siguen un extemporáneo comentario a esa fundamental sentencia. Más
bien nos detendremos un momento a tratar de pensar en el modelo constitucional de
descentralización política a partir de lo que hemos aprendido en los últimos años. Lo
que pretendemos, por tanto, no es escribir un artículo científico al uso. Más bien pre-
tendemos intentar exponer de forma ordenada, a partir de algunos extractos de la
Sentencia 76/1983, la personal comprensión del modelo territorial del Estado ante la
perspectiva de su reforma. Comprensión que parte de la presencia en el Estado Au-
tonómico de una doble tensión: la existente entre centralización y descentralización y
la presente entre homogeneidad y diversidad competencial.
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