En tema de anagramas

AutorAlberto Sáenz de Santa María Vierna
CargoNotario
Páginas155-186

Page 175

El Diccionario define anagrama como "la palabra que resulta de una trasposición de letras" y señala un ejemplo que ha devenido clásico: Amor es anagrama de Roma, y Roma lo es de Amor.

No es éste, sin embargo, el sentido en que se habla de anagramas en tema de Sociedades, ya que bajo esta expresión se hace referencia a un vocablo único, generalmente acrofónico, que expresa condensada y abreviadamente la denominación social propiamente dicha y con la que se identifica a la sociedad misma.

Forma parte (junto con otros como el logotipo, ideograma o pictograma) de una serie de elementos que persiguen fines de identificación de la persona jurídica y a los que se engloba modernamente bajo la denominación genérica de "signos de identidad corporativa". Tales signos, a pesar de que en determinadas ocasiones se utilizan en el tráfico "junto a" la denominación social o "a modo" de denominación social, no son denominación social ni parte de ella.

Decimos que el anagrama es generalmente acrofónico porque con frecuencia se forma por el encadenamiento de las primeras letras de todas las palabras integrantes de la denominación, incluida la indicación del tipo social. De lo que podemos citar muchos ejemplos: "Empresa Nacional de Electricidad, Sociedad Anónima" se expresa en anagrama "ENDESA"; "Fábrica Española de Magnetos, Sociedad Anónima" hace en anagrama "FEMSA"; "Fomento de Obras y Construcciones, Sociedad Anónima" hace "FOCSA"; "Sociedad Anónima Española de Cartón Ondulado" hace "SAECO"; "Compañía Española de Petróleos, Sociedad Anónima" hace "CEPSA"; "Fuerzas Eléctricas de Cataluña, Sociedad Anónima" hace "FECSA". Y así sucesivamente.

Una pequeña variante se produce cuando del anagrama se excluyen tan sólo las siglas relativas a la indicación social. Es el caso, por ejemplo, de "Banco Bilbao Vizcaya, Sociedad Anónima", que hace "BBV"; o de "Construcciones y Auxiliar de Ferrocarriles, Sociedad Anónima", que hace "CAF"; o de "Sociedad Nacional de Industrias y Aplicaciones de la Celulosa Española, Sociedad Anónima", que hace "SNIACE".

Page 176Otro grupo importante de anagramas (igualmente acrofónicos) se forma por encadenamiento no ya de las primeras letras, sino de las primeras sílabas de las palabra que integran la denominación social, a las que unas veces se añaden las siglas S. A., correspondientes al tipo social de la Anónima, y otras veces no. Así sucede, por ejemplo, con "Cartera de Títulos, S. A.", que hace "CARTISA"; con "Renta de Títulos, S. A.", que hace "RENT1SA", con "Banco Comercial Transatlántico, S. A.", que hace "BANCOTRANS".

Finalmente, pueden señalarse otros anagramas en que se combinan más o menos letras o sílabas de la denominación social, incluso a veces tomadas de las letras finales de algunas de sus palabras componentes, y con una cierta arbitrariedad. Es el caso de "Banco Español de Crédito, S. A.", que hace "BANESTO"; de "Banco del Desarrollo Económico, Español, S. A.", que hace "BANDESCO"; de Banco Intercontinental Español, S. A.", que hace "BANKINTER"; de "Petróleos del Mediterráneo, S. A.", que hace "PETROMED"; de "Aviación y Comercio, S. A.", que hace "AVIACO"; de "Hidroeléctrica de Cataluña, S. A.", que hace "HIDRUÑA", de "Hidroeléctrica Española, S. A.", que hace "HIDROLA".

Por último, en algunos anagramas es la discrecionalidad la única norma. Y así, "Cubiertas y MZOV, S. A." hace "CMZ"; como "Compañía Española de Tubos por Extrusión, S. A." hace "TUBACEX"; "Corporación Financiera Reunida, S. A." hace "COFIR"; "Mercados en Origen, S. A." hace "MERCO", o "Fabricación de Automóviles Renault de España, S. A." hace "FASA RENAULT".

Recapitulando: aunque se observa en la formación de los anagramas una clara tendencia a combinar letras o sílabas iniciales de la denominación social, la decisión final en términos empresariales se toma con absoluta libertad por razones de "marketing" o mercadotecnia, tomando en cuenta tan sólo su fuerza expresiva y, sobre todo, que el anagrama escogido resulte biensonante (en términos publicitarios y de mercado).

Ello, desde el punto de vista empresarial. ¿Qué decir jurídicamente? Parece que relativamente poco, pero veámoslo.

El punto de partida en Derecho debe ser el de hacer notar la escasez de normas que regulan los anagramas o abreviaturas de la denominación social.

Tan escasas son éstas, que hasta la reciente reforma de nuestra legislación mercantil puede decirse que casi no había ninguna, pues contábamos sólo -que nosotros sepamos- con las Resoluciones de 21 de junio de 1983 y las de 12 de enero y 25 de abril de 1984, más la Instrución de 16 de septiembre de 1987 (todas ellas de la Dirección General de los Registros y del Notariado), que...

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