El tecnoestrés como factor de riesgo para la seguridad y salud del trabajador

AutorOlaya Martín Rodríguez
CargoUniversidad de UDIMA, España
Páginas164-183
ISSN 1575-7048eISSN 2444-5819
Lan Harremanak, 2020, 44, 164-183
https://doi.org/10.1387/lan-harremanak.22239
EL TECNOESTRÉS COMO FACTOR DE RIESGO
PARA LA SEGURIDAD Y SALUD
DEL TRABAJADOR
Technostress as a risk factor for worker health and safety
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Universidad de UDIMA, España
RESUMEN
En este artículo se aborda cómo la implantación y generalización de las nuevas tecnologías de la infor-
mación y de la comunicación, así como el incremento de la modalidad del trabajo a distancia y del teletrabajo
han provocado la aparición de nuevos riesgos laborales, como el síndrome de tecnoestrés. La razón de este
nuevo síndrome se debe a la carencia de una adecuada desconexión digital lo que genera una invasión de la
vida laboral en la persona. Se analizará la normativa existente en materia de teletrabajo, desconexión digital y
de prevención de riesgos laborales, con el fin de determinar si dicha normativa es suficiente o se requiere una
reforma legal de mayor calado como garantía de la seguridad y salud de los trabajadores ante este nuevo riesgo
laboral.
Palabras clave: tecnoestrés, teletrabajo, trabajo a distancia, prevención de riesgos laborales.
ABSTRACT
This article discusses how the implementation and generalization of new information and communication
technologies, as well as the increase in the modality of remote work and telework, have led to the appearance of new
occupational risks, such as the technostress syndrome. The reason for thus new syndrome is due to a bad digital dis-
connection that generates an invasion of work life in the person. The regulations on teleworking, digital disconnec-
tion and prevention of occupational risk are analyzed to determine if said regulations are sufficient or if a more pro-
found legal reform is required to guarantee the safety and health of workers in the face of this new occupational risk.
Keywords: technostress, telework, remote work, prevention occupational risk.
* Correspondencia a: Olaya Martín Rodríguez. C/ Los Nogales, 11, Magan (Toledo), España.–olayamr@gmail.com–https://orcid.
org/0000-0002-0075-9426
Cómo citar: Martín Rodríguez, Olaya. (2020). «El tecnoestrés como factor de riesgo para la seguridad y salud del trabajador»; Lan
Harremanak, 44, 164-183. (https://doi.org/10.1387/lan-harremanak.22239).
Recibido: 15 noviembre, 2020; aceptado: 30 noviembre, 2020.
ISSN1575-7048 - eISSN2444-5819 / © 2020 UPV/EHU
Esta obra está bajo una licencia
Creative Commons Atribución 4.0 Internacional
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https://doi.org/10.1387/lan-harremanak.22239
1. Implicaciones de las TIC´S en el desempeño laboral
La forma de prestar servicios ha experimentado grandes transformaciones
en las últimas décadas, y ello ha tenido importantes consecuencias tanto para
la organización empresarial como para quienes desempeñan sus labores para la
empresa. Esta realidad ha tenido, como no podía ser de otra manera, cierta re-
percusión en aspectos sociales, económicos y por supuesto jurídicos. Las institu-
ciones jurídicas básicas sobre las que se construyó el Derecho del Trabajo están
cambiando. El tipo de trabajo sobre el que se configuró la normativa laboral era
predominantemente industrial, con unas características organizativas muy par-
ticulares. En este sentido, la relación laboral se caracterizaba fundamentalmente
por existir regularidad en la duración de las jornadas laborales, y un lugar de tra-
bajo bien identificado y definido (Yáñez, et.al, 2001:100). Sin embargo, obser-
vando la realidad actual en cuanto a las formas de trabajo se refiere, atisbamos
que el trabajo caracterizado por las notas laborales tradicionales (artículo 1.1
del Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba
el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores (en adelante ET,
BOE n.º 255, de 24 de octubre de 2015) se ha desvirtualizado en cierta medida.
Es decir, las características en cuanto a la forma de prestar servicios tienen unos
parámetros diferentes de los que dieron lugar al nacimiento del Derecho del
Trabajo en el siglo xix (Goerlich, 2016:183).
Este proceso de cambio lleva unos años siendo objeto de preocupación y es-
tudio, de ello dan cuenta el creciente número de documentos que abordan la
llamada «Industria 4.0» o «Cuarta Revolución Industrial». Por citar algunos es-
tudios de relevancia en este sentido, cabe mencionar a nivel internacional los
documentos del World Economic Forum Davos; los informes de la Organiza-
ción para la Cooperación y el Desarrollo Económico (en adelante, OCDE) so-
bre Economía digital: innovación, crecimiento y prosperidad social; el Informe
sobre desarrollo mundial 2016 sobre Dividendos digitales del Banco Mundial.
A nivel de la Unión Europea, cabe destacar la Comunicación de la Comisión
Europea sobre una estrategia para un mercado único digital en Europa; Reso-
lución del Consejo Económico y Social (en adelante, CES) sobre digitalización,
hacia un trabajo digital justo; y la Declaración de los agentes sociales europeos
sobre «El partenario digital europeo en la digitalización» (Aragón, 2016:13).
La implantación y el desarrollo de las nuevas tecnologías de la información
y de la comunicación en el mundo laboral ha alterado la manera tradicional de
prestar servicios y quizás los mecanismos normativos no se han adaptado a la
misma velocidad. Como se ha adelantado, bajo la forma tradicional de organi-
zación del trabajo tanto el lugar de prestación laboral como el tiempo dedicado
a las labores propias del puesto estaban bien definidas e identificadas tanto para
el empresario como para los propios trabajadores. Sin embargo, la conectividad
permanente que nos facilita las nuevas tecnologías hace que se diluya o desvir-

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