El surgimiento del genocidio como crimen internacional

AutorElia Patricia Neri Guajardo
Páginas361-367

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Como es posible observar, el Estatuto del Tribunal Militar Internacional de Nuremberg, no incluyó en su competencia material el tipo penal de genocidio, pues en realidad no existía esta figura como tal, aún cuando el término fue utilizado en distintas ocasiones durante los procesos, como fue el caso del Concluding Speech de Sir Hartley Schawkross, quién manifestó que el ataque realizado sobre el pueblo judío se relaciona íntimamente con la doctrina nazi, que rechaza la guerra dirigida únicamente a los Estados y sus ejércitos, porque la dirige también contra la población civil. Alemania no pretendía únicamente la germanización de otros pueblos, sino que buscaba además el exterminio científico y sistemático de millones de personas y muy especialmente de ciertos grupos cuya existencia obstaculizaba la hegemonía de la raza germana.38Estas acciones, si bien no eran nuevas para la moderna civilización, si que lo eran los medios utilizados por los alemanes para alcanzarlas. En razón a ello, Churchill expresó en 1941 con relación a la matanza de los judíos: «Estamos en presencia de un crimen sin denominación».39

Sin embargo desde 1933, es decir seis años antes del inicio de la Segunda Guerra Mundial, Lemkin buscaba que los países que entonces conformaban la comunidad internacional, incluyeran dentro de sus legislaciones internas, el delito de barbarie y vandalismo. El primero tipificaba como delito el tomar parte en masacres u otras atrocidades colectivas sobre la población indefensa;40mientras

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que el delito de vandalismo consistía en la destrucción dolosa de obras de arte y de cultura de una importancia reconocida, sin tomar en consideración el hecho de que dichas obras pertenecieran a un determinado grupo.41

A finales de ese mismo año, Lemkin reelabora ambas figuras y se perfilan los elementos que más tarde integrarían el tipo penal de Genocidio, aun cuando este término no aparece en sus trabajos sino hasta 1944, en donde inventa el vocablo y perfila su concepto, que según la explicación del propio autor, proviene de la palabra griega genes, que significa tribu o raza y de la palabra latina cide, que significa matanza,42de esta forma, un genocidio implica la destrucción de un grupo nacional, racial o religioso.

Mientras Lemkin buscaba en diferentes foros internacionales, el reconocimiento del genocidio como un crimen internacional, se llevaba a cabo el procesamiento de los principales criminales de guerra alemanes, en el Tribunal Militar Internacional de Nuremberg, que se convirtió en uno de los antecedentes más sólidos para el establecimiento de una jurisdicción penal internacional, 60 años después de que se dictaron sus sentencias principales. Es importante mencionar, que la realización de estos juicios en la ciudad de Nuremberg, no fue una casualidad, sino que tuvo una enorme carga simbólica. Situada en el Land de Baviera, fue el sitio geográfico adecuado para establecer centros de concentración, además de ser la ciudad donde se emitieron las leyes de segregación racial.

Este Tribunal, según el artículo 6º de su Estatuto, tenía competencia para juzgar y castigar a los que actuando a favor de los intereses de los países europeos del Eje, como individuos o como miembros de sus organizaciones, hubieran realizado Crímenes contra la Paz, Crímenes de Guerra o Crímenes contra la Humanidad, hechos por los cuales se determinó la responsabilidad penal de los individuos. Esto constituye uno de sus principales méritos, pues al centrar la responsabilidad en los dirigentes y principales ejecutores, destruyó el principio de la

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responsabilidad colectiva del Estado,43que junto a otros principios derivados de su Estatuto y sus sentencias, fueron confirmados por la Asamblea General de las Naciones Unidas en 1947.44

La aprobación de los Principios de Nuremberg, inicia el llamado proceso de codificación del Derecho Internacional en el seno de las Naciones Unidas y esto allanó el camino hacia la aprobación de una Convención sobre el crimen de Genocidio en el seno de la misma organización.

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Aprovechando la coyuntura, Lemkin redacta un proyecto de resolución que fue firmada por Cuba, India y Panamá y con el apoyo de la delegación de Estados Unidos, logra que se incluya dicha resolución en la agenda de la Asamblea General que se llevaría a cabo en octubre de 1946. Así las cosas, el 11 de diciembre del mismo año, se prueba la resolución 96 (I) en la que se declara:

...El genocidio es la negación del derecho a la existencia de grupos humanos enteros, como el homicidio es la negación del derecho a la vida de seres humanos individuales; tal negación del derecho a la existencia conmueve a la conciencia humana, causa grandes pérdidas a la humanidad en la forma de contribuciones culturales y de otro tipo representadas por esos grupos humanos y es contraria a la ley moral y al espíritu y los objetivos de las Naciones Unidas...

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Posteriormente, se encomienda al Consejo Económico y Social y al Secretario General de las Naciones Unidas la elaboración de un proyecto de Convención, mismo que es redactado por el propio Lemkin, con la colaboración de Pella y de Vabres. Integrada por un preámbulo, 24 artículos y un anexo que incluía disposiciones relativas a un tribunal penal internacional, fue aceptada...

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