El derecho al sufragio activo y pasivo de los inmigrantes, una utopía para el siglo XXI

AutorMiguel Ángel Ramiro Avilés
Cargo del AutorInstituto de Derechos Humanos «Bartolomé de las Casas», Universidad Carlos III de Madrid
Páginas322-353

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I

La reivindicación del derecho al sufragio activo y pasivo para los inmigrantes es, efectivamente, una utopía. No es algo que exista en este momento temporal, tampoco parece que en el futuro próximo vaya a lograrse en España. Como señala Javier de Lucas, «la construcción de un concepto de ciudadanía que permita abrir a los inmigrantes la condición de ciudadanos es un objetivo que aún está lejos» (De Lucas 2006, 107). Este trabajo no es una predicción segura sobre el futuro. El tipo de utopía que se defiende, la utopía realista, tampoco hace predicciones basadas en datos —como haría un economista— (Ramiro Avilés 2004, 454) sino que el utopista realista, partiendo de un cierto objetivismo moral (los derechos humanos) y debido a la desafección que mantiene con la realidad, imagina una sociedad diferente, más justa, la cual es posible realizar. Esto convierte a su propuesta de reforma política en algo más que un simple sueño. Por el contrario, el utopista no-realista está completamente alejado de la realidad y de las posibilidades de reforma que ésta admite y se contenta con los simples sueños. En esa categoría de simple sueño entraría, por ejemplo, la propuesta de Luigi Ferrajoli de supresión de las fronteras, la extinción de la soberanía, la desaparición de los Estados y con ello el fin de la ciudadanía (Ferrajoli 1999, 117). A diferencia de la anterior, la propuesta que contiene este trabajo es perfectamente realizable porque simple- mente trata de cambiar el criterio de la nacionalidad por el criterio de la residencia a la hora de acceder a los derechos que implica la ciudadanía, entendida ésta como «la relación entre un individuo y el orden político-jurídico en el cual está inserto» a través de la cual se enfocan «las expectativas y las exigencias, los derechos y los deberes, las modalidades de pertenencia y los criterios de diferenciación o las estrategias de inclusión y de exclusión» (Costa 2006, 35). Esta propuesta de conceder los derechos de sufragio activo y pasivo a los inmigrantes simplemente supone ampliar el número de derechos que disfrutan las personas y no trata de subvertir el orden político mundial persiguiendo la desaparición de las fronteras y de los Estados.

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El realismo *de una parte significativa del pensamiento utópico consiste en la presentación de una alternativa política positiva y posible. El utopista genuino «no se entrega a fantasías sobre Jardines del Edén inalcanzables, sino que propone remedios prácticos, aunque a veces muy drásticos, para los defectos de su sociedad» (Eliav-Feldon 1982, 2). El pensamiento utópico realista educa los deseos (limitándolos) y expande el sentido de lo posible, retando de esa manera a las instituciones jurídico-políticas existentes (Hudson 2003, 4). El realismo de este tipo de utopismo se acentúa por el hecho de que no depende de una condición supranatural o de una intervención divina que cambie el cosmos, la naturaleza humana o el curso de la historia, y permanece dentro de las posibilidades científicas y tecnológicas de su época (Eliav-Feldon 1982, 2). La idea de que las utopías son realizables o realistas se basa, pues, en que muchas de las obras que forman parte del pensamiento utópico no son simples jeux d’esprit sino verdaderos programas de reforma que pueden implementarse siempre y cuando existan voluntad y poder (Trousson 1995, 40).

El objetivo principal del utopista realista es eminentemente político pues no se contenta con describir sociedades que no existen sino que trata de encontrar vías a través de las que producir cambios que transformen radicalmente la sociedad en la que vive, proponiendo un ejercicio mental sobre los posibles laterales. En este sentido, Tomás Moro en Utopía, acentuando el carácter político de su obra y la dificultad de la empresa, señala: «Nuestro interés, en efecto, se cernía sobre una serie de temas importante, que él [Rafael Hitlodeo] se deleitaba a sus anchas en aclarar. Por supuesto que en nuestra conversación no aparecieron para nada los monstruos que han perdido actualidad. Escilas, Celenos feroces y Lestrigones devoradores de pueblos, y otras arpías de la misma especie se pueden encontrar en cualquier sitio. Lo difícil es dar con hombres que están sana y sabiamente gobernados. Cierto que observó en estos pueblos muchas cosas mal dispuestas, pero no lo es menos que constató no pocas cosas que podrían servir de ejemplo adecuado para corregir nuestras ciudades, pueblos y naciones» (Moro 1998,Page 32473). Como afirma Raymond Trousson, el utopista «se persuade de buen grado de que bastaría poca cosa para que su pensamiento abstracto afrontara victoriosamente la realidad, para que se reconociera la superioridad de su construcción sistemática respecto de la existente. Hay en él un legislador impaciente por trabajar en lo concreto, en la materia viva. En la calma del despacho en el que ha construido su ciudad ideal, patalea al pensar en lo que podría realizar, si tuviera el poder (…) Sueña, literalmente, con el poder que le permitiría transformar su teoría en realidad. Si acaso, se contentaría con inspirar a alguien que tenga dicho poder, con ser el genio benefactor que dicte su uso, aceptaría reinar por persona interpuesta. Así se explica la ingenuidad de algunos utopistas que ofrecieron a los poderosos de su tiempo la inmaculada maqueta de su ciudad» (Trousson 1995, 40).

El utopista realista no basa su propuesta de reforma exclusivamente en una serie de ideales abstractos sino que está influido y determinado por la realidad social de su tiempo, con la que mantiene una relación crítica pues de ella extrae el material con el que alimenta su propuesta política de reforma. El pensamiento utópico desarrolla, de este modo, una crítica de las instituciones jurídico-políticas que construyen una determinada forma de gobierno de las personas y de administración de las cosas. La función crítica se hace evidente porque «la utopía demuestra que las alternativas al presente pueden y de hecho existen, aunque sólo sea en el pensamiento; la utopía sirve para desestabilizar y relativizar el presente, para mirarlo desde una perspectiva desde la que no es la única (y quizás tampoco la más deseable) posibilidad» (Stillman 2001,18). Junto a esta función crítica se encuentra la función compensatoria ya que el utopista no se contenta con expresar su malestar sino que propone una solución para aquello que considera imperfecto. Si la sociedad se caracteriza por la falta de alimentos, imagina una sociedad en la que el entorno natural satisfaga todos los deseos y necesidades sin requerir la realización de ningún tipo de esfuerzo; si, por el contrario, la crítica se centra en la falta de honestidad de las personas, se describe una sociedad en la quePage 325todas las personas se comportan siempre respetando el ideal de justicia; o si se considera que los problemas de la sociedad provienen de las estructuras formales de gobierno, se procede a reformar el Derecho desde el punto de vista formal, de su estructura, y desde el punto de vista material, de los contenidos de justicia (Tower Sargent 1994, 3-4).

En dónde se localice el problema y cómo pretenda resolverse dicho problema afecta a la tercera función que cumple toda descripción de una sociedad ideal. Esa tercera función es o bien la función escapista o bien la función terapéutica (Ramiro 2002, 78-80). Una anula a la otra. La función escapista principalmente se hace patente en aquellos modelos de sociedad ideal que centran la solución de los problemas políticos en la reforma del entorno natural o de la naturaleza humana. Se describe una sociedad en la que los remedios que se plantean a los males no se corresponden con el nivel tecnológico de la época o no dependen directamente de la voluntad humana. La función terapéutica se da en aquellas utopías que se ocupan de reformar las instituciones de gobierno de las personas y de administración de las cosas. En la Utopía de Tomás Moro, y en otras obras que siguieron su estela hasta llegar a la Ecotopía de Ernest Callenbach, la discusión se centra en temas relacionados con la propiedad, la participación política, la protección del medio ambiente, la libertad religiosa o la libertad de investigación científica. La función terapéutica hace referencia directa a la posibilidad de poner en marcha la sociedad ideal y la adecuación de las soluciones propuestas. Se refiere a la posibilidad y capacidad de implementar las propuestas que se realizan en cada sociedad ideal, reforzándose con ello su carácter constructivo y teándrico. En definitiva, hace referencia a la viabilidad material que existe en un determinado momento histórico de llevar a cabo los remedios establecidos para reparar las deficiencias sociales. La posibilidad de implementar y el éxito de la reforma, aunque no asegurados, están más al alcance de la mano pues se trata de reformar elementos que dependen de la voluntad humana.

La reivindicación del derecho de sufragio activo y pasivo para las personas que son inmigrantes y su acceso a la condi-Page 326ción de ciudadanos formaría parte de la terapia propia de una utopía realista, pues no es algo irrealizable sino algo que todavía no está realizado. No es imposible, ni impensable, ni inevitable, aunque a lo mejor es poco probable que algún día pueda ser, pero que de lograrlo contribuirá a aumentar la legitimidad de origen y la legitimidad de ejercicio del Estado, acercándole un poco más al gobierno óptimo, a la mejor forma de la república. Permitir que los inmigrantes participen activamente en la vida política es algo que es coherente con la propia idea de democracia, que es nuestra forma óptima de república, la cual aboga por la igualdad y el respeto a los derechos de los demás.

En España es posible alcanzar esta reivindicación y existen algunas propuestas teóricas e iniciativas políticas y jurídicas en ese camino aunque los pasos que se han dado en esa...

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